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Varapalo del Constitucional al Supremo: la lista anulada no tiene vínculos con Batasuna
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LA CANDIDATURA DE ALFONSO SASTRE PODRÁ PRESENTARSE A LAS EUROPEAS

Varapalo del Constitucional al Supremo: la lista anulada no tiene vínculos con Batasuna

El fallo del Tribunal Constitucional conocido anoche es contundente: la candidatura encabezada por el dramaturgo Alfonso Sastre, la abogada Doris Benegas y la ex diputada de IU Ángeles

Foto: Varapalo del Constitucional al Supremo: 
la lista anulada no tiene vínculos con Batasuna
Varapalo del Constitucional al Supremo: la lista anulada no tiene vínculos con Batasuna

El fallo del Tribunal Constitucional conocido anoche es contundente: la candidatura encabezada por el dramaturgo Alfonso Sastre, la abogada Doris Benegas y la ex diputada de IU Ángeles Maestro no es un "instrumento" de ETA ni está "infiltrada" por Batasuna, y, por lo tanto, puede presentarse libremente a las elecciones europeas del próximo 7 de junio, al no estar contaminada por el entramado terrorista.

El Constitucional revoca, de esta forma, la sentencia del Tribunal Supremo que el pasado fin de semana declaró nula la candidatura al Parlamento Europeo de Iniciativa Internacionalista-La Solidaridad entre los Pueblos (IISP). Y, de paso, propina un nuevo varapalo al Supremo, aunque esta vez de mayor calado que todos los anteriores, ya que es la primera vez que ambos tribunales discrepan sobre la aplicación de la Ley de Partidos y que el Constitucional no apoya la ilegalización de una lista.

La decisión del Constitucional fue adoptada por unanimidad de los seis magistrados que componen su Sala Segunda. La sentencia critica la "insuficiente entidad probatoria de los indicios manejados por el Tribunal Supremo", y añade que, por ese motivo, no se puede "justificar el sacrificio de los derechos fundamentales de participación política en términos de igualdad, libre defensa y promoción de la propia ideología".

Esos "indicios" fueron aportados por la Abogacía del Estado y la Fiscalía -dos órganos controlados por el Gobierno- en sus respectivas demandas de ilegalización ante el Supremo. Pero su debilidad "probatoria" ya quedó de manifiesto en la sentencia ahora tumbada, que fue aprobada por 11 votos a favor y 5 en contra, muy lejos de la unanimidad alcanzada ayer por el Constitucional.

Procesos de ilegalización 

El pasado sábado, el Supremo anuló la lista de Sastre con el argumento de que "no es más que un instrumento de ETA-Batasuna, en tanto ha sido infiltrada al socaire de una aparente y simple proximidad ideológica, hasta instrumentalizarla para la consecución de sus fines". Esos "fines", según el Supremo, eran "garantizar la presencia de los partidos políticos ilegalizados en las instituciones democráticas, eludiendo así los procesos de ilegalización anteriores".

Para llegar a esa conclusión, el Supremo se basó en unos indicios que la sentencia del Constitucional echó por tierra anoche, al lamentar su debilidad probatoria. Entre ellos, un documento intervenido al comando Hego Aizea de ETA en el que la banda terrorista mostraba su voluntad de influir en los procesos electorales. O la "escasa significación" de los dos partidos coaligados en IISP -Izquierda Castellana y Comuneros-, que no les ha impedido, a juicio del Supremo, desplegar la infraestructura de medios humanos y materiales necesaria para presentarse a unas elecciones como las del 7 de junio, dando a entender, de esta forma, que ETA-Batasuna podría estar detrás de su financiación.

Otro de los indicios fallidos apuntados por la Abogacía del Estado y la Fiscalía, y avalados por el Supremo, es que Sastre, pese a encabezar la candidatura de IISP, no tiene ninguna vinculación con los dos partidos que integran la coalición. En cambio, el dramaturgo, sostenía el Supremo, es un referente para la izquierda abertzale, al haber sido desde 1989 candidato, sucesivamente, de HB, EH y ANV, además de promotor de Herritarren Zerrenda, la marca con la que Batasuna quiso presentarse a las anteriores elecciones europeas, celebradas en 2004, y que también fue ilegalizada. El Supremo también destacó como elemento de "especial relevancia" la negativa de IISP a condenar la violencia terrorista.

El auto del Supremo fue recurrido ante el alto tribunal por la coalición de Sastre. Y éste argumentó en su demanda de amparo que IISP "nunca ha utilizado medios que no sean estrictamente políticos para la obtención de sus objetivos programáticos, siendo el uso de la violencia completamente ajeno a su forma de acción y cultura política". Por si quedaba alguna duda, IISP expresaba claramente su condena del "uso de la violencia para la obtención de objetivos políticos en el marco de un Estado democrático".

El fallo del Tribunal Constitucional conocido anoche es contundente: la candidatura encabezada por el dramaturgo Alfonso Sastre, la abogada Doris Benegas y la ex diputada de IU Ángeles Maestro no es un "instrumento" de ETA ni está "infiltrada" por Batasuna, y, por lo tanto, puede presentarse libremente a las elecciones europeas del próximo 7 de junio, al no estar contaminada por el entramado terrorista.