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Estos son los pensionistas que no tienen que hacer la declaración de la renta
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CAMPAÑA 2022

Estos son los pensionistas que no tienen que hacer la declaración de la renta

La campaña de la declaración de la renta 2022 se pondrá en marcha el 11 de abril y son muchos los pensionistas que no saben si tienen que presentarla o no. Aquí lo aclaramos

Foto: Estos son los pensionistas que no tienen que hacer la declaración de la renta (iStock)
Estos son los pensionistas que no tienen que hacer la declaración de la renta (iStock)

El próximo 11 de abril comienza la campaña de la Renta de 2022 en la que millones de españoles tendrán que presentar su declaración de renta y patrimonio. Además, desde el 5 de mayo se podrá presentar por teléfono y durante todo el mes de junio también pueden presentarla presencialmente en las oficinas de la Agencia Tributaria. Todo ello, como siempre, con un plazo que termina el 30 de junio.

Este año, el Ministerio de Hacienda y Función Pública, a cuyo frente está la ministra María Jesús Montero, ha presentado importantes novedades como la que exime de presentar la declaración a aquellos contribuyentes que reciben rentas inferiores a 15.000 euros y cuyos ingresos procedan de más de un pagador. Hasta el año pasado, el límite era de 14.000 euros.

Foto: Calendario de la renta 2022-2023: fechas clave y cuándo se puede hacer la declaración. (Ilustración: EC Diseño)

En cuanto a los pensionistas, y según el artículo 7 de la Ley del IRPF, quedan exentos de presentar la declaración de la renta los siguientes beneficiarios:

  • Pensiones contributivas por incapacidad permanente en grado absoluto y de gran invalidez, ya sean reconocidos por la Seguridad Social o las mutuas de trabajo. El límite exento de tributación es el de la cuantía máxima de las pensiones. Estas pensiones pasarán a convertirse en pensiones de jubilación cuando el beneficiario cumpla 65 años.
  • Pensiones por incapacidad permanente del régimen de las Clases Pasivas.
  • Prestaciones por nacimiento y cuidado de menor, así como las de cuidado del lactante, prestaciones familiares no contributivas y pensiones y haberes pasivos de orfandad y a favor de nietos y hermanos, menores de 22 años o incapacitados para todo trabajo.
  • Pensiones concedidas por actos de terrorismo con entrega de medallas y condecoraciones. Queda también exenta la pensión de jubilación derivada de estos actos
  • Pensiones de la Guerra Civil en favor de personas con lesiones o mutilaciones durante la contienda.

Pensionistas que sí tendrán que presentar la renta

Por su parte, sí tendrán que presentar la declaración aquellos que reciban pensiones contributivas (las que paga la Seguridad Social) por jubilación que superen los 22.000 euros, según estipula el artículo 96 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre. También tendrán que hacerla aquellos que obtuvieron rendimientos íntegros del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidos a retención o ingreso a cuenta, con un límite conjunto de 1.600 euros anuales.

Asimismo, las pensiones procedentes del extranjero se consideran como un segundo pagador, por lo que, en el caso de que sean mayores de 1.500 euros, deberán hacer la declaración. También estarán obligados los pensionistas que hayan percibido el Ingreso Mínimo Vital o que formen parte de una unidad familiar en donde se haya percibido. Otro de los escenarios en el que los pensionistas tendrán que hacer la renta es en el que, aunque tengan ingresos inferiores a 15.000 euros, reciban ingresos por alquileres de inmuebles que superen los 1.000 euros.

La campaña de la renta 2022 se abre el 11 de abril y acabará, como cada año, el 30 de junio

Por otra parte, tampoco hay que olvidar a aquellos profesionales que hayan optado por la jubilación activa, lo cual significa que el año pasado mantuvieron alguna actividad profesional mientras se percibía la pensión de jubilación de la Seguridad Social.

El próximo 11 de abril comienza la campaña de la Renta de 2022 en la que millones de españoles tendrán que presentar su declaración de renta y patrimonio. Además, desde el 5 de mayo se podrá presentar por teléfono y durante todo el mes de junio también pueden presentarla presencialmente en las oficinas de la Agencia Tributaria. Todo ello, como siempre, con un plazo que termina el 30 de junio.

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