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Información y privacidad, por T. Alba

La conversación pública de una persona pública no afecta a su vida privada y por lo tanto es de interés público

Foto: EC.
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Estimado director,

en referencia al artículo de José Antonio Zarzalejos "La tranquilidad de Gabriel Rufián", publicado ayer en El Confidencial, quisiera señalar que hay un hilo muy fino entre el derecho a la intimidad, que está protegido, y el derecho a la información, que también está protegido. A lo que hace referencia don José Antonio en este caso es al derecho a la información sobre una persona pública dentro de una conversación pública, en el cual prevalecerá siempre el derecho a la información. Otra cosa sería una conversación entre sus familiares o amigos dentro del entorno privado; esto sí que pertenecería a su intimidad. Al igual que la información que aparece en los registros de la propiedad, mercantiles, etc., la conversación es pública y no afecta a su vida privada.

Toni Alba Borras

Estimado director,

Derecho a la intimidad José Antonio Zarzalejos Gabriel Rufián