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Un juez catalán obliga a un castellanoparlante a pagar la traducción de una demanda
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EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL AVALA LA DECISIÓN DE UN JUZGADO DE VIC (BARCELONA)

Un juez catalán obliga a un castellanoparlante a pagar la traducción de una demanda

El Tribunal Constitucional ha rechazado el recurso presentado por un abogado castellanoparlante al que un juez de Vic (Barcelona) denegó su solicitud de traducir gratuitamente a

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Un juez catalán obliga a un castellanoparlante a pagar la traducción de una demanda

El Tribunal Constitucional ha rechazado el recurso presentado por un abogado castellanoparlante al que un juez de Vic (Barcelona) denegó su solicitud de traducir gratuitamente a ese idioma toda la documentación procesal de una demanda redactada exclusivamente en catalán. El alto tribunal, en una providencia dictada el pasado 18 de octubre, basa su decisión, a la que ha tenido acceso El Confidencial, en la "manifiesta inexistencia de violación de un derecho fundamental".

El abogado José Luis Mazón, de origen murciano, recurrió en amparo al Tribunal Constitucional por considerar que el juez de Vic había vulnerado el artículo 14 de la Carta Magna, que consagra, en el capítulo de derechos y libertades, la igualdad de los españoles ante la ley. El letrado entendía que era víctima de una "evidente discriminación" frente al abogado de la parte contraria en la demanda, "que sí entiende tanto el catalán como el castellano".

El titular del Juzgado de Primera Instancia número 4 de Vic, en un auto fechado el 16 de noviembre de 2009, admitía que el desconocimiento del idioma catalán esgrimido por el abogado "puede suponer indefensión" de su cliente, Francisco Arquerons, un residente de aquella localidad barcelonesa que demandó a un vecino por la disputa de unas tierras. El juez, por esa razón, no se opuso a que el escrito de contestación a la demanda y toda la documentación anexa, redactadas en catalán, se tradujeran al castellano, pero advertía que la traducción "ha de ser costeada por la parte proponente". 

​El juez justificó su decisión de que el demandante pagase la traducción de su bolsillo con un argumento, cuando menos, llamativo: de la misma forma que todas las partes en un litigio han de hacer una provisión de fondos si solicitan -y el juez lo autoriza- el informe de un perito, también en este caso debía costearse la traducción del catalán al castellano pedida por el abogado de Arquerons. Éste, que llevaba más de 12 años pleiteando contra Joan Panicot, un vecino al que acusaba de haberle usurpado unas tierras, se quitó la vida un mes más tarde con un arma de fuego.

Diez días para pedir presupuesto

​Según el juez de Vic, la traducción debía ser costeada por el demandante "dado que las actuaciones se siguen en un partido judicial perteneciente a la comunidad autónoma de Cataluña", según consta en el auto dictado por el Juzgado de Primera Instancia número 4, al que también ha tenido acceso este diario. El magistrado, incluso, recomendaba al abogado que solicitase un presupuesto a una empresa de traducciones juradas, y le daba un plazo de 10 días para realizar ese trámite.

​Tras el suicidio de su cliente, Mazón presentó un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional en el que denunciaba la "discriminación lingüística" supuestamente cometida por el juez de Vic "al no permitir la traducción gratuita de la documentación redactada en catalán", lo que, a su juicio, vulneraba la Ley Orgánica del Poder Judicial. "Es evidente que me veo directísimamente afectado en mis derechos e intereses legítimos", señalaba el abogado, "al no poder ejercer mi labor en territorio español si no incremento mi factura de gastos con los de la traducción de documentos que, por ley, deben entregárseme traducidos al español y de forma gratuita".

​El letrado afirmaba que "Cataluña es parte del territorio español y sus tribunales están sometidos a la Constitución española, así como a las prescripciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial y de la Ley de Enjuiciamiento Civil", por lo que solicitaba amparo al Tribunal Constitucional frente a ese "atropello". Pero el alto tribunal, en una providencia dictada ahora por la Sección Segunda de su Sala Primera, rechaza todos los argumentos de Mazón. "La Sección ha examinado el recurso presentado y ha acordado no admitirlo a trámite dada la manifiesta inexistencia de violación de un derecho fundamental tutelable en amparo", por lo que decreta el archivo de las actuaciones.

El Tribunal Constitucional ha rechazado el recurso presentado por un abogado castellanoparlante al que un juez de Vic (Barcelona) denegó su solicitud de traducir gratuitamente a ese idioma toda la documentación procesal de una demanda redactada exclusivamente en catalán. El alto tribunal, en una providencia dictada el pasado 18 de octubre, basa su decisión, a la que ha tenido acceso El Confidencial, en la "manifiesta inexistencia de violación de un derecho fundamental".