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El TC rechaza el recurso de 16 presos de ETA contra la 'doctrina Parot'
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LA SALA DE VACACIONES ENTIENDE QUE LA SENTENCIA DE ESTRASBURGO NO ES DEFINITIVA

El TC rechaza el recurso de 16 presos de ETA contra la 'doctrina Parot'

La sala de vacaciones del Tribunal Constitucional rechazó este martes el recurso de 16 presos de ETA contra la aplicación de la llamada 'doctrina Parot', al entender

Foto: El TC rechaza el recurso de 16 presos de ETA contra la 'doctrina Parot'
El TC rechaza el recurso de 16 presos de ETA contra la 'doctrina Parot'

La sala de vacaciones del Tribunal Constitucional rechazó este martes el recurso de 16 presos de ETA contra la aplicación de la llamada 'doctrina Parot', al entender que la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) que amparó a la reclusa Inés del Río no tiene "carácter definitivo". 

De esta manera, la Sala de Vacaciones (compuesta por solo tres magistrados) mantiene el criterio del TC y aplicará la doctrina Parot a todos aquellos presos que no han sido afectados todavía por la liquidación de la condena. Es decir, a los que no se les hayan aplicado los beneficios penitenciarios a los treinta años efectivos de cumplimiento, lo que provoca una reducción significativa de los años en prisión. La doctrina Parot hace que estos beneficios se apliquen al total de la pena a la que fueron condenados.

La Sala de Vacaciones está compuesta por el presidente, Pascual Sala; el vicepresidente, Ramón Rodríguez Arribas; y el magistrado Pablo Pérez Tremps, por lo que existían ciertos temores sobre la posibilidad de que decidieran una revisión de la doctrina en ausencia del resto de los miembros del Pleno que abriese la puerta de la cárcel a otros 16 etarras valiéndose de la sentencia del Tribunal de Estrasburgo.

Esa opción iba en consonancia con con las últimas decisiones del Gobierno, que acaba de conceder el tercer grado al etarra Josu Uribetxeberría Bolinaga -dando pie a su puesta en libertad por la Audiencia Nacional por razones humanitarias- y con su plan de reinserción a los huidos de ETA con causas judiciales pendientes. A estas medidas se añade su apuesta por la vía Nanclares para el acercamiento de aquellos presos de ETA que muestren arrepentimiento.

En marzo se resolvieron una treintena de recursos, la mayoría de presos etarras, a quienes se les había aplicado esta medida creada por la Audiencia Nacional y confirmada por el Tribunal Supremo para evitar que a los reclusos con penas de prisión muy elevadas se les aplicaran los beneficios penitenciarios de tal manera que salieran antes de la cárcel. Es decir, se corrigió lo aplicado durante años para que este tipo de presos no queden libres antes de cumplir los 30 años máximo de cumplimiento, tal y como establece el Código Penal.

El Tribunal Constitucional sólo ha dado la razón a aquellos etarras que se les ha aplicado la doctrina Parot después de hacerles la liquidación de la condena, lo que para el órgano que defiende la Carta Magna implica que se ha establecido con retroactividad y, por tanto, no es constitucional. Una vez que al reo se le ha puesto fecha para su excarcelación, ésta no puede ser modificada. De ahí, que el TC diera la razón sólo a tres etarras, a quienes ya se les había confirmado la liquidación, y rechazase a 21. En una segunda tanda, tres meses después, amparó a otro y se opuso a dos más.

En espera de la decisión de Estrasburgo

El Gobierno ya ha anunciado que a partir de septiembre recurrirá el fallo del Tribunal Europeo de Derechos Humanos por el que da la razón a la miembro del Comando Madrid, Inés del Río, y confirma que la etarra, condenada a más de 3.000 años de cárcel por varios asesinatos terroristas, tendría que haber salido de prisión en 2008 y no en 2017, tal y como el Tribunal Supremo dictaminó tras aplicarle la doctrina Parot.

El TEDH sostiene que España, condenada a pagar a la etarra 30.000 euros, vulneró el Convenio Europeo de Derechos Humanos al hacer cumplir a un reo una pena más elevada que la que le era aplicable al delito en el momento de su comisión. Cierto es que Estrasburgo alega también la ilegalidad de la retroactividad, tal y como reconoce el TC.

Otros órganos como la Audiencia Nacional han optado por seguir aplicando la doctrina Parot hasta que la sentencia de Estrasburgo no sea firme. De ahí que se haya negado a firmar la libertad de Inés del Rio y que haya informado a Londres en contra de dejar libre de cargos a Antonio Troitiño, a quien por un error se dejó en libertad para acto seguido ordenar su búsqueda y captura para que terminara de cumplir su condena una vez aplicada la doctrina Parot.

La sala de vacaciones del Tribunal Constitucional rechazó este martes el recurso de 16 presos de ETA contra la aplicación de la llamada 'doctrina Parot', al entender que la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) que amparó a la reclusa Inés del Río no tiene "carácter definitivo".