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El Supremo absuelve a un empleado de RENFE que no paró el tren que amputó la pierna a una mujer
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El Supremo absuelve a un empleado de RENFE que no paró el tren que amputó la pierna a una mujer

El Tribunal Supremo ha absuelto al controlador de un tren que amputó la pierna a una mujer que se había bajado en marcha. Sin embargo, condena a RENFE,

Foto: El Supremo absuelve a un empleado de RENFE que no paró el tren que amputó la pierna a una mujer
El Supremo absuelve a un empleado de RENFE que no paró el tren que amputó la pierna a una mujer

El Tribunal Supremo ha absuelto al controlador de un tren que amputó la pierna a una mujer que se había bajado en marcha. Sin embargo, condena a RENFE, al considerar que la responsabilidad es de la compañía ferroviaria, y  no del empleado. Según el Alto Tribunal, la mujer se bajó en marcha del vagón en la estación de Figueras, y no está dentro de las funciones del maquinista ver las puertas de todos los vagones ni comprobar si estaban cerradas en el momento de la salida

RENFE deberá indemnizar a la víctima con 147.357 euros, como ya sentenció la Audiencia Provincial de Girona, que casó la sentencia absolutoria del Juzgado de Primera Instancia número 4 de esa provincia. Este juzgado había entendido que la culpa eara exclusivamente de la víctima por bajar en marcha.

Según recoge la Sala, la compañía es quien regula la actividad de los trenes, su configuración y los horarios. Por ello, achaca a RENFE que no hubiera prueba de que “los vagones del tren Costa Brava Express 371 llevaran un sistema de cierre automático de puertas que hicieran imposible la circunstancia de que el tren arrancara con personas en trance de descender, existiendo, además, un problema de coordinación de horario entre los billetes sacados en Francia y el flujo real de los trenes en España”.

Este dato fue determinante para que la víctima  confiase en que tenía tiempo para subir al vagón y prestar ayuda a un familiar, localizando su asiento y colocando su equipaje. Sin embargo, esto no permite trasladar ninguna responsabilidad al empleado dedicado al factor de circulación.

El Tribunal Supremo ha absuelto al controlador de un tren que amputó la pierna a una mujer que se había bajado en marcha. Sin embargo, condena a RENFE, al considerar que la responsabilidad es de la compañía ferroviaria, y  no del empleado. Según el Alto Tribunal, la mujer se bajó en marcha del vagón en la estación de Figueras, y no está dentro de las funciones del maquinista ver las puertas de todos los vagones ni comprobar si estaban cerradas en el momento de la salida

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