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El juez Silva arremete contra la Audiencia Provincial por sus “abiertas contradicciones”
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TAMBIÉN CRITICA EN EL AUTO A SU SUCESOR, JUAN ANTONIO TORO

El juez Silva arremete contra la Audiencia Provincial por sus “abiertas contradicciones”

El juez del caso Blesa, Elpidio José Silva, ha solicitado a la Audiencia Provincial de Madrid que aclare varias de sus decisiones, “abiertamente contradictorias” entre algunas

Foto: El juez Silva arremete contra la Audiencia Provincial por sus “abiertas contradicciones”
El juez Silva arremete contra la Audiencia Provincial por sus “abiertas contradicciones”

El juez del caso Blesa, Elpidio José Silva, ha solicitado a la Audiencia Provincial de Madrid que aclare varias de sus decisiones, “abiertamente contradictorias” entre algunas de ellas. En un auto, el instructor señala que tres secciones han dictado resoluciones “que no resultan, en principio, manifiestamente compatibles”.

El instructor pide que se aclare si tiene que ampliar la recusación planteada por la defensa del expresidente de Caja Madrid Miguel Blesa a la causa en la que investiga la compra del Banco de Florida, tal y como le insta la Sección 29, cuando este sólo ha presentado el incidente en la causa del crédito concedido a Gerardo Díaz Ferrán. Asimismo, no sabe tampoco si tiene que continuar tramitándolo porque la Sección 30 anuló la reapertura de esta última causa y, por tanto, todas las actuaciones que de ella se derivan.

A estas dos decisiones, se añade que la Sección 15 apuntó, días después de la anulación, que había indicios de criminalidad en la adquisición del denominado Banco de Florida y, por tanto, no alcanza a comprender si las diligencias abiertas por este proceso quedan salvadas o también están anuladas por el anterior auto.

De ahí que pide a la Audiencia Provincial de Madrid que aclare estos extremos para poder ejecutar “con la mayor optimización y congruencia” las tres resoluciones, en base a la Ley Orgánica del Poder Judicial, que reza que “las sentencias se ejecutarán en sus propios términos. Si la ejecución resultare imposible, el juez o tribunal adoptará las medidas necesarias que aseguren la mayor efectividad de la ejecutoria”.

El instructor ha dictado este auto en contestación a la Sección 29, que le ordena dar trámite al expediente de recusación planteado por Blesa en la causa del Banco de Florida, las diligencias 2173/2013, cuando la defensa del imputado no la ha planteado en ningún momento en este asunto.

Según explica el instructor, en sucesivas ocasiones se ha dado la opción al letrado del exbanquero para que tramitara la recusación en ese procedimiento, pero este sólo lo hizo en el que se investiga el crédito de 26,5 millones de euros a Díaz Ferrán, las diligencias 58/2010. Según Silva, la defensa de Blesa presentó la recusación el día 16 de mayo, momentos antes de comenzar el interrogatorio del imputado que desencadenó su ingreso en la prisión bajo fianza de 2,5 millones de euros. En ese momento, ya había un auto, de fecha 13 de mayo, en el que se deducía testimonio de la nueva denuncia de la acusación Manos Limpias para investigar la compra del Banco de Florida. 

En esa fecha, todavía no estaban formalmente abiertas las nuevas diligencias, pero las partes eran conocedoras de que había un nuevo proceso. Así, el juez explica que en la recusación, el abogado de Blesa sólo la plantea en las diligencias 58/2010, pero “en ningún momento el recusante va más allá manifestando expresamente que pretendió extender su recusación” a las nuevas diligencias. Es por ello que el incidente se tramitó sólo por la primera de las causas, “no poniendo en ningún momento de manifiesto el error de tramitación que pudiese estar concurriendo”.

“Confundir, obstruir y dilatar el procedimiento”

A su juicio, si el recusante verdaderamente hubiese querido salvar un posible error, habría manifestado por escrito la equivocación. Tal rectificación no se ha practicado por el letrado, “puede que con el ánimo de que implícitamente se entendiese que se pretendía corregir tal erro, o puede que con mero ánimo de confundir, obstruir y/o dilatar la tramitación del procedimiento”.

Varios días después, el 21 de mayo, justo antes de la declaración del testigo Gabriel Marías Subias, el abogado anunció una nueva recusación, de nuevo en el proceso del crédito a Díaz Ferrán. El juez informó que al estar ya tramitado el expediente de recusación no podía “re-recusar” y que, por tanto, la nueva recusación sólo podría tener efecto para las diligencias del Banco de Florida, criterio apoyado por el Ministerio Fiscal.

“De hecho, la confusión del letrado de la defensa en dicho acto se puso claramente de manifiesto porque mencionó expresamente que volvía a recusar porque en el procedimiento hay dos piezas”, tal y como consta en las transcripciones de aquella sesión. No advirtió el letrado, según el juez, que no se trataba de dos piezas, sino de dos procedimientos diferentes.

Por último, Silva alerta a la Sección de que su sustituto en la causa del crédito a Díaz Ferrán, Juan Antonio Toro, no le hizo llegar las transcripciones de las sesiones en las que se trató este asunto y que le podría haber ayudado a dilucidar lo acontecido. “Tal remisión de documentación es muy incompleta, pues no comprende extremos ventilados muy relevantes en relación con la recusación controvertida”, añade.

El juez del caso Blesa, Elpidio José Silva, ha solicitado a la Audiencia Provincial de Madrid que aclare varias de sus decisiones, “abiertamente contradictorias” entre algunas de ellas. En un auto, el instructor señala que tres secciones han dictado resoluciones “que no resultan, en principio, manifiestamente compatibles”.