La Ley de Propiedad Horizontal advierte: así como un vecino puede sufrir una expulsión de su comunidad por hacer ruidos molestos fuera del horario permitido
La Ley de Propiedad Horizontal advierte: así como un vecino puede sufrir una expulsión de su comunidad por hacer ruidos molestos fuera del horario permitido
La perturbación continuada de la vida cotidiana del resto de residentes puede ser sancionada muy duramente, tal y como refleja el reglamento
El ruido puede ser un grave problema en las comunidades de vecinos (Corbis)
La vida cotidiana debe ser sinónimo de paz y tranquilidad. Sin embargo, podemos encontrar múltiples quebraderos de cabeza que pueden vulnerar ese confort tan deseado de manera recurrente. Entre los motivos más frecuentes, podemos identificar las molestias vecinales generadas en forma de ruidos fuertes y estridentes.
Si este tipo de episodios imposibilitan una convivencia adecuada entre residentes, los afectados podrán acudir a la Ley de Propiedad Horizontal para proteger sus derechos y recuperar su comodidad doméstica lo antes posible. De hecho, el incumplimiento de la normativa puede desembocar en la expulsión de su propiedad del vecino perturbador.
Y es que el artículo 7.2. de la Ley de Propiedad Horizontal es clara. “«Al propietario y al ocupante del piso o local no les está permitido desarrollar en él o en el resto del inmueble actividades prohibidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas”, refleja el reglamento.
Intervención ante molestias vecinales
En caso de vernos obligados a intervenir ante la actuación de un vecino molesto, debemos seguir un modus operandi concreto antes de tomar medidas más exhaustivas. En primer lugar, el presidente de la comunidad será el responsable de solicitar al vecino el cese de las molestias ocasionadas y advertirle de las consecuencias de su continuación o de la negación de omisión.
Si las molestias se ven prolongadas por parte del residente implicado, se efectuará una reunión por parte de la junta de propietarios para la autorización de trasladar el asunto a la vía legal. En este sentido, se llevará a cabo una demanda en la que el juez podría ordenar al vecino ceder en sus actividades perturbadoras. En caso de no modificar su conducta, podría enfrentarse a un delito de desobediencia.
Y es que una de las soluciones más extremas es la privación de la vivienda por un tiempo no superior a tres años al vecino infractor, así como cubrir una indemnización por los daños y perjuicios ocasionados al resto de la comunidad. A su vez, el vecino que efectúe el incumplimiento de las normas puede ser desalojado de forma definitiva si reside en el inmueble en carácter de alquiler.
La vida cotidiana debe ser sinónimo de paz y tranquilidad. Sin embargo, podemos encontrar múltiples quebraderos de cabeza que pueden vulnerar ese confort tan deseado de manera recurrente. Entre los motivos más frecuentes, podemos identificar las molestias vecinales generadas en forma de ruidos fuertes y estridentes.