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Atención, vecinos: guía práctica para reclamar siniestros tras el paso de Filomena
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SEGÚN LOS ADMINISTRADORES DE FINCAS

Atención, vecinos: guía práctica para reclamar siniestros tras el paso de Filomena

A diferencia de otros fenómenos naturales, los daños causados por las grandes nevadas no están cubiertos por el Consorcio de Compensación de Seguros

Foto: Temporal Filomena.
Temporal Filomena.

La borrasca Filomena ha dejado tras de sí un reguero de destrucción. Sin embargo, a diferencia de otros fenómenos naturales como, por ejemplo, los terremotos, los daños causados por las grandes nevadas no están incluidos en la relación de los riesgos extraordinarios indemnizables por el Consorcio de Compensación de Seguros, que únicamente daría cobertura a los daños derivados del deshielo posterior.

El Colegio de Administradores de Fincas de Madrid (CAFMadrid) ha preparado una guía práctica que, a modo de decálogo, plantea las cuestiones que suscitan mayor interés entre las comunidades de propietarios que han sufrido importantes destrozos debido a las copiosas nevadas del fin de semana. Un decálogo que despeja dudas sobre las coberturas de los seguros de las comunidades de vecinos.

1.- Reclamaciones al Consorcio de Compensación de Seguros (CCS). Es importante tener en cuenta que las nevadas no están incluidas en la relación de los riesgos extraordinarios indemnizables por el CCS. “Únicamente daría cobertura a los daños derivados del deshielo posterior, por lo que ni los daños a las personas, ni los materiales ni la pérdida de ingresos o lucro cesante como consecuencia de las nevadas pueden ser indemnizados por el Consorcio”, explica Diego Silva Bahamonde, asesor de Seguros del CAFMadrid.

2.- Comunicar el siniestro con fotografías. Debido a la dificultad en los desplazamientos, es importante comunicar el siniestro a la compañía aseguradora y realizar fotografías del mismo antes y después de cualquier actuación preventiva o de reparación.

El Consorcio de Compensación de Seguros solo cubre los daños del deshielo posterior

3.- Realización de teleperitajes. Algunas aseguradoras recurrirán a la peritación de forma telemática para la resolución de conflictos, siendo muy importante mostrar todos los daños.

4.- Cobertura de caída de árboles. “La aseguradora comunitaria debe dar cobertura a la caída de árboles con daños a terceros. Solo dará cobertura al propio árbol en caso de disponer de dicha garantía suscrita”, asegura Silva.

5.- Desprendimiento o hundimiento de cornisas o techos. Dispondrán de cobertura en la mayor parte de las pólizas multirriesgo, no obstante, explican desde el CAFMadrid, es muy recomendable realizar la comunicación previamente a su mediador de seguros o en su defecto revisar el condicionado general de su contrato.

6.- La Responsabilidad Civil derivada de daños a personas, terceros, etc. estará amparada hasta el límite suscrito en póliza. En este punto es muy importante seguir las indicaciones trasladadas por los ayuntamientos y autoridades competentes, a fin de minimizar los riesgos y evitar daños a personas o materiales en las comunidades de propietarios. De esta forma se evitarán también posibles responsabilidades de la comunidad de propietarios.

Foto: Imagen de Zaragoza. (EFE)

7.- Es conveniente la eliminación de nieve, en la medida de lo posible, sin riesgo para las personas, vertido de sal en aceras y zonas comunes y evitar circular cerca de cornisas y arbolado, etc.

8.- Tuberías congeladas. La congelación de conducciones de agua es un riesgo excluido en muchas de los condicionados generales, motivo por el que deberá consultar previamente si su póliza incluye dicha garantía. Desde el CAFMadrid recomiendan mantener las calefacciones centrales encendidas en régimen reducido o de mantenimiento.

9.- Usar un servicio imparcial de peritaje de los daños. Ante la avalancha de siniestros que recibirán las compañías de seguros el CAFMadrid recomienda utilizar un servicio imparcial de gabinetes periciales. Puede consultar a su mediador si dispone de dicho servicio.

10.- No apurar el plazo. Por último, el Colegio de Administradores de Fincas de Madrid recomienda tranquilidad y una comunicación de siniestros unificada a través del administrador de fincas colegiado y/o el mediador de la póliza; la Ley de Contrato de Seguros establece un periodo de 7 días para proceder a la comunicación de siniestros siempre que no suponga una agravación de daños dicho plazo.

La borrasca Filomena ha dejado tras de sí un reguero de destrucción. Sin embargo, a diferencia de otros fenómenos naturales como, por ejemplo, los terremotos, los daños causados por las grandes nevadas no están incluidos en la relación de los riesgos extraordinarios indemnizables por el Consorcio de Compensación de Seguros, que únicamente daría cobertura a los daños derivados del deshielo posterior.

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