Es noticia
Renta 2019, consejos de última hora: neutraliza plusvalías de la venta de un piso
  1. Vivienda
AMORTIZA HIPOTECA SI COMPRASTE ANTES DE 2013

Renta 2019, consejos de última hora: neutraliza plusvalías de la venta de un piso

Todos aquellos que compraron o realizaron algún pago para la construcción de su casa antes del 1 de enero de 2013 pueden beneficiarse por la deducción por compra o construcción

Foto: Oficinas centrales de la AEAT en Valladolid. (EFE)
Oficinas centrales de la AEAT en Valladolid. (EFE)

2019 está a punto de tocar a su fin y, desde el punto de vista fiscal, aún queda tiempo para tomar ciertas decisiones económicas de cara a la próxima declaración de la renta. Decisiones que, según los Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha), pueden hacernos ahorrar hasta 4.300 euros. Cualquier decisión que tomemos a partir del 1 de enero de 2020, no computará hasta la declaración de 2021, por lo que antes de que termine el año hay que sacar la calculadora y hacer cuentas.

Todos aquellos que compraron casa antes del 1 de enero de 2013 o realizaron algún pago para la construcción de una vivienda antes de esa fecha pueden beneficiarse por la deducción por compra o construcción. Eso sí, advierten los técnicos de Hacienda, podrán disfrutar de ellas siempre y cuando hayan tenido deducciones por dicha vivienda en 2012 o años anteriores. Hay que recordar que hace ya casi siete años se suprimieron las deducciones fiscales por compra de vivienda habitual a nivel nacional, pero en País Vasco y Navarra se mantienen.

Foto: ¿Qué significa un resultado negativo o positivo de la declaración de la renta? (iStock)

¿Cuánto te puedes desgravar? A grandes rasgos, cada titular de la hipoteca tiene derecho a una deducción del 15% sobre el importe abonado a lo largo de un determinado ejercicio, si bien hay un límite por contribuyente de 9.040 euros. Es decir, esta es la base de la deducción, que está compuesta por el importe satisfecho por el contribuyente en el ejercicio para la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual, y que incluye capital, más intereses y demás gastos derivados de la financiación hipotecaria.

Así, por ejemplo, para las parejas que han comprado una casa y se han hipotecado conjuntamente, deberán calcular si les compensar realizar la declaración de manera individual o conjunta. Cada uno de los titulares puede acogerse a la deducción por compra de vivienda habitual con el tope de 9.040 euros antes mencionado. Es decir, entre ambos pueden alcanzar los 18.080 euros de desgravación, y cada uno de ellos podría desgravarse 1.356 euros (2.712 euros en total).

A grandes rasgos, cada titular de la hipoteca tiene derecho a una deducción del 15% sobre el importe abonado a lo largo de un determinado ejercicio

Pero cuidado, para que esto sea así, dicha pareja debería realizar la declaración de la renta de manera individual. Si optaran por la declaración conjunta, la deducción del 15% solamente se aplicaría sobre un máximo de 9.040 euros para los dos miembros.

Un caso práctico

Un contribuyente ha amortizado 10.000 euros en un ejercicio, como máximo podrá deducirse 1.356 euros, ya que ese 15% se aplica sobre 9.040 euros. Por eso, antes de que termine el año, es importante que hagamos cuentas para averiguar si hemos llegado a ese tope máximo de desgravación y estudiar si nos interesa o si podemos amortizar hipoteca.

No obstante, desde Gestha recomiendan que, antes de realizar ese desembolso adicional de capital, cada persona averigüe cuál es el ahorro fiscal máximo que puede lograr ya que, según calculan, a buena parte del 96,5% de los declarantes de IRPF que ganan menos de 60.000 euros no les conviene invertir hasta el límite máximo de las deducciones disponibles, porque no aprovecharía las cuantías deducibles que superan su carga real del IRPF.

Los técnicos de Hacienda calculan que, teniendo en cuenta el techo de 9.040 como deducción máxima, habría que realizar un pago adicional de 4.477 euros de media, para amortizar la hipoteca o construir un inmueble (hay un plazo de cuatro años para terminarlo) antes de que finalice el año para reducir la factura fiscal en 671,57 euros.

De esta manera, teniendo en cuenta este techo, puede resultar interesante realizar un pago adicional -de 4.753 euros de media- para amortizar la hipoteca antes de que finalice el año para reducir la factura fiscal en 713 euros.

Eso sí, en País Vasco, que tiene su propio IRPF, podrán seguir con su deducción, incluidas las viviendas adquiridas después del 1 de enero de 2013. La deducción en esta comunidad es del 18% con el límite anual de 1.530 euros (el 20% en municipios de Álava de menos de 4.000 habitantes con límite de 1.836 euros), y en el caso de jóvenes hasta 30 años y familias numerosas el 23% con el límite máximo de 1.955 euros (el 25% en municipios de Álava de menos de 4.000 habitantes con límite de 2.346 euros).

En Navarra, donde los contribuyentes también cuentan con su propio IRPF, se ha suprimido la deducción del 15% a partir de 1 de enero de 2018, manteniéndose para las inversiones anteriores a dicha fecha la deducción del 20, 23 o 35% de la adquisición de vivienda libre de precio limitado o protegida según la composición familiar y calificación de la vivienda adquirida, y con una base máxima de deducción de 7.000 euros anuales en declaración individual o 15.000 euros en conjunta.

Neutralizar plusvalías por la venta de una casa

También quienes han vendido una casa durante este año pueden neutralizar la tributación de las ganancias obtenidas por dicha transacción, ya que la obtención de una ganancia patrimonial como consecuencia de la venta de un inmueble constituye una renta sometida a gravamen. Las ganancias obtenidas por la venta de un inmueble en 2019 tributarán en la próxima declaración de la renta, en función de su cuantía, entre el 19% y el 23%, en las Diputaciones del País Vasco entre el 20% y el 25%, y en Navarra entre el 20% y el 26%. No obstante, si se reinvierte total o parcialmente el importe en otra vivienda de carácter habitual será posible neutralizar este pago.

Esta renta tributará en la base imponible del ahorro y se entiende devengada cuando se produce la alteración patrimonial. La ganancia vendrá determinada por la diferencia entre los valores de transmisión y de adquisición. Hay que recordar que en aquellos casos en los que la venta se produce a pérdidas o cuando el impuesto de la plusvalía municipal se 'come' toda la ganancia están exentas de pagar la plusvalía municipal, tal y como ha sentenciado en varias sentencias el Tribunal Constitucional.

Para aquellos que tienen acciones y este no ha sido un buen año bursátil, deben saber que podrán compensar la pérdida en la venta de acciones con la ganancia obtenida por la venta del inmueble. Además, en caso de que una vez compensada la ganancia con la pérdida patrimonial, el saldo continuara siendo negativo, podrá compensar su importe con el saldo positivo de los rendimientos de capital mobiliario- venta de bonos, seguros, dividendos, etc…-, con el límite del 20%-. Si tras dichas compensaciones siguiese quedando saldo negativo, podrá compensarlo en los cuatro años siguientes.

Atención, mayores de 65 años

Asimismo, aquellos contribuyentes de más de 65 años deben saber que para ellos las ganancias obtenidas por la venta de la vivienda habitual están exentas de tributación. Lo mismo sucede con personas dependientes severos o de grandes dependientes. En Navarra se condiciona la exención de la ganancia a que su disposición sirva para asistir las necesidades económicas de la vejez y de la dependencia, y en País Vasco se limita solo a los mayores de 65 años por los primeros 400.000 euros de ganancia. Y en estos últimos territorios forales para una única trasmisión.

Igualmente, las ganancias obtenidas por los mayores de 65 años por la venta de cualquier cualquier bien o derecho están exentas de tributación, siempre y cuando el importe total, hasta un límite máximo de 240.000 euros, se destine a constituir una renta vitalicia asegurada en un plazo de seis meses. En Navarra desde 2019 también se aplica, si bien en Guipúzcoa no existe esta exención. En Vizcaya y Álava mantienen el mismo régimen que en el territorio común. Precisamente, a estos dos últimos puntos es a los que afecta el llamado “hachazo” fiscal inmobiliario, según recuerda Gestha.

Inquilinos y caseros

También aquellos que tienen una vivienda en alquiler, pero esta no constituye su vivienda habitual y la tienen alquilada, pueden conseguir beneficios fiscales si anticipan algún gasto relacionado con su piso en alquiler,, eso sí, siempre y cuando sean inferiores a los ingresos.

Respecto al inquilino, de cara a la próxima declaración de la renta, conviene que vaya adelantando ciertos trámites. Por ejemplo, debe hacerse con algunos datos de su arrendador, como su NIF, y debe asegurarse de que, a la hora de deducirse, la fianza ha sido depositada en el organismo oportuno porque, aunque las deducciones por alquiler a nivel estatal han desaparecido, existen comunidades como Madrid o Andalucía que las mantienen y se exige que el arrendador deposite la fianza y al arrendatario, para poder deducirse, un justificante de dicho depósito.

Debemos tener en cuenta que si nos beneficiamos de la deducción por alquiler pero no podemos demostrar el depósito de la fianza por parte del arrendador, podríamos vernos obligados a su devolución. De la misma manera, si la fianza se deposita con varios meses de retraso respecto a la firma del contrato de alquiler, el inquilino no podrá beneficiarse de toda la deducción.

Por último, desde dl REAF –órgano especializado en fiscalidad del Consejo General de Economistas–, junto con el Colegio de Economistas de Valencia, aconsejan que si se va a alquilar un inmueble que puede ser vivienda, interesará hacerlo precisamente para ser utilizado como tal, no como despacho. "Mejor que sirva de vivienda permanente que para vivienda de temporada, y no prestar servicios propios de la industria hotelera, porque, en todos esos casos, no será posible aplicar la reducción del 60% sobre los rendimientos netos declarados".

2019 está a punto de tocar a su fin y, desde el punto de vista fiscal, aún queda tiempo para tomar ciertas decisiones económicas de cara a la próxima declaración de la renta. Decisiones que, según los Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha), pueden hacernos ahorrar hasta 4.300 euros. Cualquier decisión que tomemos a partir del 1 de enero de 2020, no computará hasta la declaración de 2021, por lo que antes de que termine el año hay que sacar la calculadora y hacer cuentas.

Declaración de la Renta Gestha (Técnicos Hacienda) IRPF Rehabilitación
El redactor recomienda