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El abogado del TJUE respalda una multa a España por el retraso en la ley hipotecaria
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106.000 EUROS DIARIOS

El abogado del TJUE respalda una multa a España por el retraso en la ley hipotecaria

El abogado general del TJUE se ha mostrado favorable a que se imponga una multa a España de 106.000 euros al día por el retrado en la ley hipotecaria

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El abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), Evgeni Tanchev, pronone al tribunal, tal y como pide la Comisión Europea, que sancione a España con una multa de 106.000 euros al día por el retraso en la trasposición de la directiva europea sobre la Ley de Créditos Inmobiliarios que entrará en vigor el próximo 16 de junio.

En concreto, pide que la sanción ascienda a 80 millons de euros, por debajo, no obstate de los 113 millones que pedía la Comisión, que había propuesto que la multa se calculase a partir de la expiración del plazo de transposición (21 de marzo de 2016) y hasta que elevó el caso al TUE (27 de abril de 2017). Sin embargo, Tanchev ha planteado que se calcule desde la fecha del inicio de la infracción que figura en la segunda advertencia que Bruselas envió a España (18 de enero de 2017). A su juicio, un periodo de unos 24 meses es una duración "considerable".

España se enfrentaba a multa de 105.991,60 euros por cada día de retraso en la trasposición de la directiva europea

En concreto, propone al Tribunal de Justicia que declare que España ha incumplido sus obligaciones de informar y que, en consecuencia, imponga una multa coercitiva diaria de 105 991,60 euros, con efecto a partir de la fecha del pronunciamiento de la sentencia por la que se declare el incumplimiento de la obligación de comunicar a la Comisión las disposiciones de transposición de la Directiva.

El Abogado General defiende una interpretación amplia acerca de cuándo un Estado miembro "ha incumplido la obligación de informar" sobre las medidas de transposición con arreglo al artículo 260 TFUE, apartado 3, en el sentido de que tal incumplimiento comprende la transposición incompleta o incorrecta.

En concreto, España se enfrentaba a multa de 105.991,60 euros por cada día de retraso en la trasposición de la directiva europea de protección del consumidor hipotecario que debía haber impulsado antes del 21 de marzo de 2016, es decir, hace ya tres años. Este incumplimiento derivó en una denuncia de la Comisión Europea que se ha mantenido a pesar de la aprobación de la Ley de Crédito Inmobiliario en el Congreso y a pesar de que entrará finalmente en vigor el próximo 16 de junio. No obstante, si la sentencia se produce tras esta fecha, dicha sanción podría quedar sin efecto.

Tres años de retraso

El caso se remonta a finales de mayo de 2016, cuando la Comisión Europea envió una primera advertencia a las autoridades españolas por no haber transpuesto al ordenamiento jurídico nacional las nuevas normas europeas sobre créditos hipotecarios, algo que debía haber sucedido como muy tarde el 21 de marzo de ese mismo año.

Bruselas envió un segundo aviso a España en noviembre de 2016 y, después de constatar que persistía el incumplimiento, en abril de 2017 elevó el caso a la Justicia europea, a la que pide una multa diaria de 106.000 euros por dicho retraso.

El abogado general argumenta que, durante la vista que se celebró el pasado 21 de enero, España no negó el hecho de que no había comunicado por entonces ninguna medida de transposición, pero preveía que la ley hipotecaria se aprobaría el 14 de febrero de este año. Finalmente su aprobación se retrasó una semana más.

"Una multa desproporcionada"

En aquella audiencia, España alegó además que la multa que había propuesto el Ejecutivo comunitario era "desproporcionada". En primer lugar, señaló que el periodo comprendido entre el 20 de diciembre de 2015 y el 29 de octubre de 2016 debía quedar excluido del cálculo por la "situación inusual" derivada de las "dificultades en la constitución de un Gobierno". Este periodo, sin embargo, queda fuera del propuesto por el abogado general.

En segundo lugar, las autoridades españolas sostuvieron que la Comisión "valoró erróneamente el coeficiente de gravedad" y, en particular, las consecuencias de no haber transpuesto la directiva. A su juicio, ya existían el ordenamiento jurídico nacional determinadas medidas que regulaban algunos aspectos de dicha normativa europea.

Sin embargo, en opinión del Abogado General, la falta de transposición de las normas comunitarias para los intereses públicos y privados puede considerarse como "significativa" en el contexto español, "especialmente a la luz de los problemas en el sector hipotecario" del país.

Las consecuencias de la falta de transposición de que se trata son graves, dado que priva a los consumidores y a los operadores económicos en todo el territorio español de los derechos que la mencionada directiva les confiere y, además, menoscaba el sistema de normas aplicables a los prestamistas e intermediarios de crédito destinado a garantizar la estabilidad del sistema financiero de la Unión", remarca en el texto de conclusiones.

El abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), Evgeni Tanchev, pronone al tribunal, tal y como pide la Comisión Europea, que sancione a España con una multa de 106.000 euros al día por el retraso en la trasposición de la directiva europea sobre la Ley de Créditos Inmobiliarios que entrará en vigor el próximo 16 de junio.

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