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Estas son las nuevas reglas en los contratos de alquiler
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Estas son las nuevas reglas en los contratos de alquiler

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este martes el Real Decreto-ley 7/2019 según el cual todos los contratos de arrendamiento que se firmen a

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este martes el Real Decreto-ley 7/2019 según el cual todos los contratos de arrendamiento que se firmen a partir de ahora deberán asumir novedades, como la duración de los contratos, que serán más largos, o el límite a la hora de actualizar las rentas durante los años de vigencia.

"Se amplía la duración de los contratos, que pasan de tres a cinco años cuando el casero sea persona física y a siete años si se trata de una persona jurídica", explica la periodista de El Confidencial Elena Sanz, que añade: "Llegada la fecha de vencimiento del contrato, si ni el casero ni el inquilino manifiestan su decisión de rescindir el contrato, se prorrogará anualmente durante tres años más". 

En la misma línea, apunta que "cuando alguna de las partes quiera rescindir el contrato, también cambian los plazos de preaviso: el casero deberá avisar con cuatro meses de antelación y el inquilino, con dos". Por otra parte, en los contratos que se firmen a partir de mañana, ningún arrendador podrá subir a su iniquilino el alquiler más del IPC durante los cinco años de vigencia y deberá esperar a la renovación. 

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este martes el Real Decreto-ley 7/2019 según el cual todos los contratos de arrendamiento que se firmen a partir de ahora deberán asumir novedades, como la duración de los contratos, que serán más largos, o el límite a la hora de actualizar las rentas durante los años de vigencia.