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Un decreto descafeinado que delega la política de alquiler a las CCAA
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LA SUBIDA DE LOS ALQUILERES NO PODRÁ SUPERAR EL IPC

Un decreto descafeinado que delega la política de alquiler a las CCAA

Segundo intento del Gobierno para intentar regular el mercado del alquiler. Poco más de un mes después de ser rechazado en el Congreso, el nuevo real

Foto: Pleno congreso
Pleno congreso

Segundo intento del Gobierno para intentar regular el mercado del alquiler. Poco más de un mes después de ser rechazado en el Congreso, el nuevo real decreto no limitará los precios de los alquileres, como tampoco lo incluía el documento anterior, y que fue el principal motivo que llevó a Unidos Podemos a no apoyar su convalidación en el Congreso de los Diputados. Hay que recordar que, además de la formación morada votaron en contra con el voto en contra PP, Ciudadanos y ERC. En esta ocasión y para que eso no vuelva a suceder, el Gobierno ha mantenido conversaciones con varios partidos políticos para consensuar el contenido del documento.

Los alquileres que se firmen a partir de su publicación en el BOE -previsiblemente mañana- ampliarán su duración de tres a cinco años, en el caso de que el propietario sea una persona física, y a siete años en el caso de las personas jurídicas, tal y como recogía el decreto anterior. Como novedad, durante la duración del contrato, las rentas no se podrán actualizar por encima del IPC. De esta manera se vuelve al mismo límite de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) de 1994. En ningún caso el real decreto tiene efectos retroactivos.

El real decreto incluye la creación de un sistema de índice de referencia del alquiler de la vivienda que estará listo en un plazo de ocho meses pero, según fuentes del Ministerio de Fomento, en ningún caso servirá para limitar los precios de las rentas. "El control de precios no está en este real decreto y evidentemente el Gobierno no tiene pensado cambiar de opinión al respecto. Para limitar los precios se necesitaría una ley ya que afecta a un derecho fundamental, el derecho a la propiedad, y no un decreto ley. Sería inconstitucional". En concreto, una medida de este calado implicaría una reforma de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU).

Foto: La vicepresidenta del Gobierno, Carmen Calvo (Efe)

Serán las Comunidades Autónomas -quienes tienen transferidas las políticas de vivienda- las que, en base a dicho índice y de su política fiscal, podrán fijar incentivos a quienes decidan alquilar a determinados precios. El real decreto no contempla ningún incentivo fiscal a nivel estatal ya que "las medidas fiscales necesitan un proyecto de ley", dicen fuentes del ministerio, que aclaran que serán estudiadas las las elecciones generales.

Dicho índice estatal se nutrirá "de todas las fuentes que podamos, depósitos de fianzas, los datos de la Agencia Tributaria, catastro y registro de la propiedad. Un índice que elaboraríamos desde el Ministerio de Fomento, que no es incompatible con el del INE.

Sin bonificaciones al IBI en el alquiler libre

El real decreto, aprobado en el último Consejo de Ministros previo a la disolución de las cortes antes de las elecciones generales del próximo 28 de abril, tampoco incluirá, como sí aparecía en el borrador, la "bonificación del 80% para inmuebles en alquiler de vivienda habitual cuya renta sea inferior a la determinada por aplicación del sistema estatal de índices de precios de los contratos de vivienda en alquiler, conforme a en la disposición adicional segunda de este real decreto-ley". Lo que sí incluye es una bonificación de hasta el 95% en el IBI a las viviendas protegidas en alquiler, al tiempo que se mantiene la exención del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) en el alquiler de vivienda habitual.

Por otro lado, además de la duración y prórrogas de los contratos de alquiler, el documento amplía el plazo de preaviso previsto para no renovar: a 2 meses para el inquilino y 4 meses para el arrendador. Asimismo, se da validez a los contratos de arrendamiento aunque no estén inscritos en el Registro de la Propiedad y se favorece el acuerdo entre las partes para la realización de mejoras durante la vigencia del contrato permitiendo, en este caso y de forma pactada, el incremento de la renta durante el resto del contrato.

Fecha y hora para el desahucio

Varias de las medidas que recoge el decreto, y que ya aparecían en el documento tumbado por el Congreso, están orientadas al apoyo de los grupos más vulnerables, especialmente aquellos que se enfrentan a situaciones de desahucio. En este sentido, se mejora la coordinación con los servicios sociales para proteger al desahuciado en los supuestos de vulnerabilidad, se limitan las garantías adicionales a dos meses y al IPC la actualización de la renta durante la vigencia del contrato y, como novedad, se obliga a señalar el día y la hora del desahucio.

También se "blinda" la posibilidad de subrogación, en caso de fallecimiento del inquilino, en favor de colectivos vulnerables (menores, discapacitados, mayores de 65 años).

Con respecto a la vivienda turística, se mejora su exclusión de la LAU -como ya contemplaba el anterior decreto- para que sea específicamente regulada por las CCAA y se permite que una mayoría de 3/5 de las comunidades de propietarios pueda limitar este tipo de viviendas o asignarles mayores gastos comunes.

Segundo intento del Gobierno para intentar regular el mercado del alquiler. Poco más de un mes después de ser rechazado en el Congreso, el nuevo real decreto no limitará los precios de los alquileres, como tampoco lo incluía el documento anterior, y que fue el principal motivo que llevó a Unidos Podemos a no apoyar su convalidación en el Congreso de los Diputados. Hay que recordar que, además de la formación morada votaron en contra con el voto en contra PP, Ciudadanos y ERC. En esta ocasión y para que eso no vuelva a suceder, el Gobierno ha mantenido conversaciones con varios partidos políticos para consensuar el contenido del documento.

Alquiler precio Ministerio de Fomento IPC