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Mandato al Ministerio de Fomento para promover vivienda en alquiler
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REAL DECRETO-LEY SOBRE LOS ALQUILERES

Mandato al Ministerio de Fomento para promover vivienda en alquiler

El texto recoge, además, una disposición adicional con el mandato al Ministerio de Fomento para "asegurar que se dinamiza la oferta de vivienda en alquiler en España"

Foto: a ministra de Educación y Formación Profesional, Isabel Celaá ; y el ministro de Fomento, José Luis Ábalos. Foto: Efe.
a ministra de Educación y Formación Profesional, Isabel Celaá ; y el ministro de Fomento, José Luis Ábalos. Foto: Efe.

Hoy se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el Real Decreto-ley 21/2018 de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler. A partir de mañana, todos los contratos de alquiler que se firmen en España deberán asumir los cambios introducidos por la nueva norma y, aunque no tiene carácter retroactivo, contempla que en los contratos anteriores, y siempre que las partes estén de acuerdo, "podrán adaptarse al régimen jurídico establecido en este real decreto-ley".

El texto recoge, además, una disposición adicional con el mandato al Ministerio de Fomento para "asegurar que se dinamiza la oferta de vivienda en alquiler en España".

"Con este propósito, se encomienda al Ministerio un conjunto de acciones a realizar, entre ellas la negociación con las administraciones sectorialmente competentes, utilizando para este fin todos los instrumentos a su disposición".

Entre estas acciones destacan:

1.- Movilizar de suelo público perteneciente a la Administración General del Estado y los organismos de ella dependientes, para la promoción de vivienda en alquiler social o asequible, mediante fórmulas de colaboración público-privadas.

2.- Modular los instrumentos financieros del Plan Estatal de Vivienda con el fin de promover los mecanismos público-privados para atender las necesidades de alquiler social y asequible, particularmente mediante la cesión de derecho de superficie sobre suelo público.

3.- Reorientar el Plan Estatal de Vivienda, que deberá apoyar exclusivamente el disfrute de vivienda en régimen de alquiler.

4.- Firmar acuerdos con las administraciones sectorialmente competentes para la agilización de las licencias urbanísticas, "priorizando en las ayudas del Plan Estatal de Vivienda a aquellas que hayan alcanzado acuerdos de este tipo.

Para realizar un seguimiento de estas acciones, el Ministerio de Fomento deberá presentar en el plazo de dos meses un informe a la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, detallando las vías de cumplimiento de este mandato y los plazos que se prevén a esos efectos. A partir de ese momento, en el mes de diciembre de cada año deberá presentar un informe a la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos con los progresos obtenidos en términos de vivienda adicional puesta en el mercado en régimen de alquiler.

Hoy se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el Real Decreto-ley 21/2018 de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler. A partir de mañana, todos los contratos de alquiler que se firmen en España deberán asumir los cambios introducidos por la nueva norma y, aunque no tiene carácter retroactivo, contempla que en los contratos anteriores, y siempre que las partes estén de acuerdo, "podrán adaptarse al régimen jurídico establecido en este real decreto-ley".

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