La CNMC recurre la normativa de vivienda turística de Madrid, Bilbao y San Sebastián
El órgano regulador considera que las normas de estos ayuntamientos son contrarias a la competencia y perjudican a los consumidores y usuarios
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha acordado impugnar las recientes normativas urbanísticas municipales de Madrid, Bilbao y San Sebastián en materia de vivienda turística, al considerar que las normas de estos ayuntamientos son "contrarias a la competencia" y a los principios de regulación económica eficiente, y "perjudican a los consumidores y usuarios".
"Todas estas medidas tienen efectos restrictivos sobre la competencia en las tres ciudades, al impedir la entrada de nuevos operadores y consolidar a los oferentes de alojamientos turísticos ya instalados", señala la institución en una nota. "Ello provocará precios más elevados en el alojamiento turístico y reducirá la calidad, la inversión y la innovación en los alojamientos turísticos de estas tres ciudades".
Por tanto, la CNMC considera que estas medidas "no garantizan una mayor calidad de los alojamientos turísticos ni protegen adecuadamente a los ciudadanos". Competencia considera que en ninguno de los tres casos se especifican con claridad los objetivos de interés general que se persiguen, ni se justifica que las medidas elegidas sean las más idóneas para lograrlos.
La CNMC, antes de la impugnación, envió requerimientos previos a los tres ayuntamientos afectados para que justificaran la necesidad y la proporcionalidad de una serie restricciones impuestas a la hora de alquilar apartamentos y viviendas turísticas, o para que, directamente, anularan esos requisitos.
En un comunicado el 'superregulador' explica que pretendía de esta forma evitar tener que recurrir las normas ante los tribunales. Sin embargo, al no haber sido contestados satisfactoriamente, Competencia ha presentado el correspondiente recurso contencioso-administrativo.
En el caso de Madrid, la norma del ayuntamiento exige una licencia para poder alquilar apartamentos y viviendas turísticas. Por otro lado, establece un periodo de un año, ampliable a otro más, hasta que se puedan otorgar de nuevo licencias en determinados distritos de la capital: en el distrito Centro, para toda clase de hospedaje, y en Palos de Moguer, Recoletos, Goya, Trafalgar y Argüelles para viviendas de uso turístico.
A su vez, en Bilbao solo pueden ser viviendas de uso turístico las plantas bajas o primeras de los inmuebles, salvo que tengan acceso independiente a la calle. Además, se exige autorización y registro para las viviendas de uso turístico y límites para las mismas. También se incluyen otros obstáculos, como exigencias de oferta máxima de tres habitaciones por vivienda y limitación a edificios de uso residencial.
En el caso de San Sebastián, la normativa limita también las viviendas de uso turístico a las plantas bajas o primeras de los inmuebles salvo que tengan acceso independiente a la calle. Además, la normativa prohíbe nuevas viviendas turísticas en algunas zonas del centro de la ciudad.
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha acordado impugnar las recientes normativas urbanísticas municipales de Madrid, Bilbao y San Sebastián en materia de vivienda turística, al considerar que las normas de estos ayuntamientos son "contrarias a la competencia" y a los principios de regulación económica eficiente, y "perjudican a los consumidores y usuarios".