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¿Cómo pedir las ayudas al alquiler de 2018 en Castilla y León?
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hasta el 20 de julio

¿Cómo pedir las ayudas al alquiler de 2018 en Castilla y León?

El Boletín Oficial de la comunidad autónoma acaba de publicar los requisitos y plazo de presentación de solicitudes para acceder a subvenciones para la vivienda

Foto: El alquiler de viviendas, en la agenda política. (EFE)
El alquiler de viviendas, en la agenda política. (EFE)

Castilla y León ha formalizado ya el plan de ayudas al alquiler que según aprobó el Gobierno de Mariano Rajoy el pasado mes de marzo, debe gestionar cada comunidad autónoma. Así, desde el próximo jueves 21 de marzo y hasta el 20 de julio los habitantes de la la autonomía que cumplan con los requisitos podrán solicitarla a través de la web de la Junta de Castilla y León, en el apartado de tramitación electrónica o de manera presencial en los servicios territoriales de Fomento de cada provincia o en las oficinas de asistencia en materia de registros de Castilla y León.

¿En qué consiste la ayuda?

El gobierno regional facilitará con carácter general a los beneficiarios una ayuda por el importe del 40% de la renta mensual del alquiler que para mayores de 65 años o menores de 35, alcanzará el 50%.

¿Quién puede pedirla?

Según ha publicado el Boletín Oficial de Castilla y León este miércoles, la Junta destinará a estas ayudas 15.288.300 euros, de los que se podrán beneficiar aquellos vecinos que cumplan los siguientes requisitos:

  • Ser mayor de edad, de nacionalidad española o tener permiso de residencia legal.
  • Tener un contrato de alquiler a tu nombre, en calidad de arrendatario que se ajuste a la ley y que contenga una mención expresa a la referencia catastral. En caso de ser una vivienda de protección pública el contrato deberá estar revisado por el Servicio Territorial de Fomento.
  • Estar empadronado en la vivienda y que sea el domicilio habitual.
  • Que los ingresos de las personas que convivan en la vivienda alquilada, sean o no titulares del contrato, sean iguales o inferiores a tres veces el IPREM anual en 14 pagas (22. 558,77 euros al año).
  • En caso de que se trate de una sola persona, sus ingresos no podrán superar el resultado de multiplicar el IPREM por 1,5 (11.279 euros). Así, la primera persona adicional computará por 0,5 veces el IPREM, sumando a la cantidad máxima permitida para poder solicitar la ayuda 3.759,79 euros hasta llegar al límtite de los 22.558,77 euros. Así los habitantes de una vivienda alquilada en la residan habitualmente dos personas, podrán solicitar la ayuda si no perciben rentas por más de 15.038,79 uros al año; en la que vivan tres personas, no podrán superar los 18.798,58 euros y las de cuatro o más habitantes los 22.558,37 euros.
  • Qué la renta mensua abonada por la vivienda no supere lo establecido para cada municipio

No podrá solicitarse en los casos siguientes:

Quedarán exentos de ayudas los arrendamientos de las viviendas de protección pública de promoción pública, las promovidas o rehabilitadas al amparo de convenios suscritos entre la Junta de Castilla y León y las corporaciones locales, los alquileres con opción a compra, los subarrendamientos, los arrendamientos de habitaciones o parciales de viviendas, los arrendamientos de locales usados como vivienda y los arrendamientos para fines distintos del de habitar.

Así como tampoco les serán concididas a aquellas personas que sean propietarias o usufractarias de alguna vivienda en España, a las que tengan parentesco en primer o segundo grando con el arrendador de la vivienda, sean o no titulares del contrato de alquiler, o a las que sean socias o partícicipes de la persona física o jurídica que acúe como arrendador.

Castilla y León ha formalizado ya el plan de ayudas al alquiler que según aprobó el Gobierno de Mariano Rajoy el pasado mes de marzo, debe gestionar cada comunidad autónoma. Así, desde el próximo jueves 21 de marzo y hasta el 20 de julio los habitantes de la la autonomía que cumplan con los requisitos podrán solicitarla a través de la web de la Junta de Castilla y León, en el apartado de tramitación electrónica o de manera presencial en los servicios territoriales de Fomento de cada provincia o en las oficinas de asistencia en materia de registros de Castilla y León.

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