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Nueva bofetada a la banca del Supremo: anula las cláusulas suelo de Caja Segovia
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Nueva bofetada a la banca del Supremo: anula las cláusulas suelo de Caja Segovia

El Tribunal Supremo ha dictado nueva sentencia sobre cláusulas suelo incorporadas a préstamos hipotecarios y sobre el necesario control de transparencia

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Nueva bofetada a la banca del Supremo: anula las cláusulas suelo de Caja Segovia

El Pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo (TS) ha dictado nueva sentencia sobre cláusulas suelo incorporadas a préstamos hipotecarios y sobre el necesario control de transparencia. El Alto Tribunal ha anulado ocho cláusulas suelo presentes en los préstamos hipotecarios de Caja Segovia -ahora integrada en Bankia- por "falta de transparencia" en la configuración de los contratos, según ha informado en un comunicado.

[Lea aquí: El Tribunal de la UE concede la retroactividad total en las cláusulas suelo]

La sentencia reitera la doctrina ya fijada por la anterior sentencia de 9 de mayo de 2013. Entonces, el Alto Tribunal declaró nulas las cláusulas suelo de miles de hipotecas que habían sido comercializadas por BBVA, Cajamar y Novagalicia Banco al entender que había habido falta de transparencia a la hora de informar a sus clientes sobre la presencia de dichas cláusulas en sus hipotecas.

La sentencia conocida hoy reafirma, pues, la doctrina ya fijada entonces y consagra "definidamente" el control de "transparencia real que se enmarca en el control general de abusividad y que implica el necesario cumplimiento por el predisponente de unos especiales deberes a la hora de configurar estos contratos que permitan que el consumidor comprenda realmente las consecuencias jurídicas y económicas del producto o servicio ofertado. Y este control de transparencia no se reduce a la necesidad de que las cláusulas sean simplemente claras desde el punto de vista gramatical", señala el Supremo en un comunicado..

El Tribunal se refiere al necesario cumplimiento de unos "especiales deberes" a la hora de configurar estos contratos que permitan que el consumidor comprenda "realmente las consecuencias jurídicas y económicas" del producto. Y aclara que este control de transparencia no se reduce a la necesidad de que las cláusulas sean "simplemente claras" desde el punto de vista gramatical.

En el caso analizado por el TS -cláusulas insertas en los préstamos de Caja Segovia- la cláusula suelo no superó este juicio de transparencia al no formar parte de las negociaciones y tratos preliminares que se llevaron a cabo, ni tampoco resultó destacada y diferenciada en el contrato ni en la previa oferta vinculante al quedar inserta en una cláusula mucho más amplia y genérica sobre el interés variable.

La sentencia reconoce también la labor realizada por los notarios en el control previo de la abusividad de las cláusulas contractuales, si bien insiste en que el juicio de transparencia es un juicio judicial.

La sentencia concluye que la Sala se ve imposibilitada de examinar las consecuencias de la declaración de nulidad de la cláusula suelo a la hora de declarar si las cantidades cobradas por el banco en aplicación de dicha cláusula habrían de devolverse al consumidor ya que tal cuestión fue rechazada en primera instancia y no fue recurrida en apelación por la parte perjudicada.

En su controvertida sentencia de mayo, el TS no obligaba a BBVA, Cajamar y Novagalicia Banco a devolver las cantidades cobradas de más por la presencia de las cláusulas suelo en los contratos hipotecarios.

El Pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo (TS) ha dictado nueva sentencia sobre cláusulas suelo incorporadas a préstamos hipotecarios y sobre el necesario control de transparencia. El Alto Tribunal ha anulado ocho cláusulas suelo presentes en los préstamos hipotecarios de Caja Segovia -ahora integrada en Bankia- por "falta de transparencia" en la configuración de los contratos, según ha informado en un comunicado.