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Hacienda suprime la tributación fiscal en las daciones en pago
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Hacienda suprime la tributación fiscal en las daciones en pago

La ganancia patrimonial que se produzca debido a la dación en pago quedará exenta de tributación tras la entrada en vigor de la reforma fiscal

Foto: El ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro (Efe)
El ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro (Efe)

La reforma fiscal del Gobierno incluirá la exención de tributar en el IRPF la ganancia patrimonial derivada de ladaciónenpagode la vivienda habitual, así como la exención de la plusvalía municipal.

Lo ha anunciado en rueda de prensa el secretario de Estado de Hacienda, Miguel Ferre, que también ha explicado que las pérdidas de capital derivadas de la inversión en participaciones preferentes servirán para compensar las ganancias patrimoniales que se obtengan con las acciones fruto del canje.

Hasta ahora las ganancias patrimoniales por daciones enpagosólo estaban exentas delpagode impuestos cuando concurrieran todas las circunstancias establecidas en la ley de 2013 que refuerza la protección a los deudores hipotecarios y que sólo eximía a quienes estuvieran situados en el denominado "umbral de exclusión".

En el resto de casos, si ladaciónenpagose había producido cuando a la familia todavía le quedaba por devolver del préstamo un importe superior al del precio de compra de la vivienda, se generaba una ganancia patrimonial por la que había que tributar.

Impacto de la reforma sobre el alquiler

Por lo que se refiere al mercado del alquiler, los propietarios veránreducidos losingresos que obtienen a la hora de arrendar su vivienda ya que la cantidad exenta de este rendimiento en el IRPF se reduce el 60% al50% a partir de 2015 para inquilinos de más de 30 años. Para los propietarios que alquilen a menores de 30 años, los ingresos dejarán de estar exentos de tributar, ya que la reducción pasará del 100% a la mitad, eliminando la diferenciación por edad.

La reforma fiscal del Gobierno incluirá la exención de tributar en el IRPF la ganancia patrimonial derivada de ladaciónenpagode la vivienda habitual, así como la exención de la plusvalía municipal.

Lo ha anunciado en rueda de prensa el secretario de Estado de Hacienda, Miguel Ferre, que también ha explicado que las pérdidas de capital derivadas de la inversión en participaciones preferentes servirán para compensar las ganancias patrimoniales que se obtengan con las acciones fruto del canje.

Hasta ahora las ganancias patrimoniales por daciones enpagosólo estaban exentas delpagode impuestos cuando concurrieran todas las circunstancias establecidas en la ley de 2013 que refuerza la protección a los deudores hipotecarios y que sólo eximía a quienes estuvieran situados en el denominado "umbral de exclusión".

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