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¿Vendes casa? Los ayuntamientos cobran hasta un 40% de más por las plusvalías
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lo demostró hace un año un jubilado de cuenca

¿Vendes casa? Los ayuntamientos cobran hasta un 40% de más por las plusvalías

Vender una vivienda, un local comercial o una plaza de aparcamiento así como recibir una herencia o donación implica el pago de una serie de impuestos

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Vender una vivienda, un local comercial o una plaza de aparcamiento así como recibir una herencia o donación implica el pago de una serie de impuestos municipales tal y como recoge la Ley Reguladora de las Haciendas Locales de 2004. Hasta aquí todo en orden. Pero, ¿y si los Ayuntamientos de toda España estuvieran cobrando más impuestos de lo que recoge la ley?

Hace casi tres años, un vecino de Cuenca, arquitecto y matemático de 72 años, se dio cuenta de ello e inició una batalla legal que duró dos años y que finalmente se saldó con un fallo a su favor del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha en abril de 2012. Según sus propios cálculos, suayuntamientole estaba exigiendo 18.000 euros de más.

Antonio Escribano dio con la fórmula matemática que demostraba que algunos consistorios cobran hasta un 40% más de lo debido por la llamada plusvalía municipal. Según la Ley de Haciendas Locales, este impuesto grava el aumento que ha experimentado una propiedad en los últimos veinte años. Sin embargo, muchos consistorios han dado la vuelta a la tortilla y calculan dicho impuesto en base al incremento que experimentará el bien en los veinte años siguientes al devengo.

La implantación de las tasas judiciales ha frenado muchas reclamaciones

José Manuel Lara, responsable de tasaciones y valoraciones inmobiliarias del Grupo Prevalúa además de perito judicial y e ingeniero de edificación lo explica con un ejemplo. "Sobre un terreno con un valor de 100 euros, el Ayuntamiento está aplicandoun impuesto sobre el 60% de su valor si el periodo gravado es de 20 años. En este caso,la base imponible será de 60 euros, sobre la que se aplica el impuesto que ronda el 30%, resultando una cuota a pagar de 18 euros. Este método de cálculo supone valorar el incremento de los próximos 20 años, no el producido en los 20 últimos.Lo correcto sería que la base imponible fuera el incremento del valor del suelo de los últimos 20 años, es decir la diferencia entre el valor actual y el inicial".

Las tasas judiciales han frenado muchas reclamaciones

Antonio Escribano reclamó y puso en jaque a los ayuntamientos españoles. Muchos ciudadanos decidieron seguir sus pasoshasta que el Ministerio de Justicia decidió echar un capote a la administración pública con la puesta en marcha de las tasas judiciales.

“Son un repelente para iniciar cualquier procedimiento judicial”, señalan desde ILP Global Abogados, despacho que llevó el caso del arquitecto manchego y que en la actualidad defiende a más de una veintena de afectados repartidos por toda la geografía española. “Muchos ciudadanos quieren reclamar y que les devuelvan el dinero cobrado de más pero muchos se están echando para atrás por culpa de las tasas judiciales. Un gasto que se ha sumado a los aranceles de los procuradores y a las comisiones de los abogados”, apuntan desde este bufete que considera que solamente compensa reclamar a partir de 5.000 euros, puesto que existe el riesgo de que el juez no condene al ayuntamiento a hacerse cargo de las costas en caso de perder el juicio.

Pasos a seguir para recurrir la plusvalía

Existen varias vías para reclamar la devolución de las cantidades pagadas de más. Algunas no tienen ningún coste para el ciudadano o éste es mínimo, aunque no suelen conseguirse resultados favorables. Otras son más caras aunque los resultados son más alentadores.

Sólo compensa la batalla legal a partir de unos 5.000 euros, según ILP Global Abogados

Una de ellas, consiste en interponer un recurso de reposición contra la liquidación de la plusvalía ante el Ayuntamiento de turno. Es decir, recurrir la fórmula que aplican los ayuntamientos para calcular la plusvalía y aplicar la fórmula que ideó Antonio Escribano.“Es un callejón sin salida porque los ayuntamientos no admiten ni impugnaciones ni devoluciones. Nunca van a reconocer que están liquidando mal este impuesto”, apuntan desde ILP Global Abogados. “Esta vía, nunca prospera. No en vano es un tema muy polémico y conflictivo con implicaciones políticas. Además, no olvidemos que nos encontramos en un momento muy delicadopara las administraciones públicas, más centradas enrecaudar que endevolver”.

También se puede interponer un recurso ante el Tribunal económico-administrativo Regional (TEAR), apunta José Manuel Lara. "Aunque es gratuito, generalmente lo desestima", señala.

Estos abogados recomiendan la vía judicial e iniciar un procedimiento contencioso administrativo con los gastos de tasas judiciales, abogado y procurador que implica. De ahí que solamente resulte rentable reclamara partir de determinadas cantidades. “Por determinadas cantidades sale más caro el collar que el perro”, apuntan desde ILP Global Abogados.

Vender una vivienda, un local comercial o una plaza de aparcamiento así como recibir una herencia o donación implica el pago de una serie de impuestos municipales tal y como recoge la Ley Reguladora de las Haciendas Locales de 2004. Hasta aquí todo en orden. Pero, ¿y si los Ayuntamientos de toda España estuvieran cobrando más impuestos de lo que recoge la ley?

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