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Dudas y respuestas sobre el certificado energético
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Dudas y respuestas sobre el certificado energético

A partir del 1 de junio, todos los particulares que quieran vender o alquilar una vivienda construida antes de 2007 estarán obligados a contar con un

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Dudas y respuestas sobre el certificado energético

A partir del 1 de junio, todos los particulares que quieran vender o alquilar una vivienda construida antes de 2007 estarán obligados a contar con un certificado energético que califique el inmueble. El viernes, el Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto que así lo regula y desde su publicación en el BOE los particulares tienen menos de tres meses para solicitarlo. 

Pero son muchas las dudas y preocupaciones suscitadas por la nueva normativa que afectará a un millón y medio de viviendas, según Certicalia, una plataforma on-line especializada en certificación energética. Esta compañía resuelve algunas de las dudas que más inquietan a los ciudadanos.

¿Es un nuevo impuesto recaudatorio inventado por el Gobierno?

El certificado energético es parte de una directiva europea de obligado cumplimiento del año 2002. Su origen es por tanto la legislación europea. Debía haberse aplicado en España hace tiempo, y es normal que con la situación actual, este certificado genere dudas acerca de su finalidad", explican desde esta compañía. Todos los países de la Unión Europea aplican ya esta normativa, la mayoría de ellos desde 2007.  El objetivo es poner en conocimiento de los ciudadanos el consumo energético de sus hogares. De la misma manera que tenemos derecho a saber si un frigorífico es clase A o C, a la hora de elegir vivienda podremos saber cómo es de eficiente y hacernos una idea del gasto en energía que supondrá vivir en ella.

¿Hay un precio fijo para este certificado?

El precio medio del certificado presupuestado por los técnicos de Certicalia para un piso de 90 metros cuadrados es de 226 eurosNo. Cada inmueble tiene unas características (tipología, superficie, localización) y en base a ellas los técnicos certificadores ajustan sus precios para ofrecer el presupuesto más competitivo. Lo importante es que los técnicos conozcan a fondo el proceso de certificación y puedan presupuestar su trabajo en consecuencia.

No existen cifras sobre su coste en España aunque podemos hacernos una idea respecto a los precios que se manejan en algunos otros países europeos. En Francia y Holanda, por ejemplo, los precios oscilan entre 150 y 300 euros, mientras que en Bélgica se mueven entre 400 y 600, dependiendo del tipo de inmueble y de la superficie. En Dinamarca, por ejemplo, se pueden alcanzar los 900 euros y en Reino Unido, hasta los 1.500. En España, los primeros presupuestos apuntan a que las cifras se situarán en torno a los 200 euros. El precio medio del certificado presupuestado por los técnicos de Certicalia para un piso de 90 metros cuadrados es de 226 euros. Para una vivienda unifamiliar de unos 215 metros cuadrados asciende a 300 euros.

¿Quién tiene que pagarlo?

El certificado de eficiencia energética tendrá una validez de diez años y su coste correrá a cargo el propietario del inmueble ya sea vendedor o arrendatario. También será responsabilidad suya renovarlo.

¿Obliga el certificado a realizar reformas de mejora?

No. El técnico certificador incluye en el certificado varias propuestas de reformas que mejorarían la eficiencia energética del inmueble. Estas propuestas se dan a modo de información. Es el propietario quién debe decidir si quiere aumentar la eficiencia energética de su inmueble y reducir así los costes por consumo de energía.

¿Afecta sólo a las viviendas?

La medida no afecta solamente a las viviendas o edificios de viviendas. También a oficinas, locales comerciales y a todos los edificios públicos o privados que presten servicios públicos a un número importante de personas y que, por consiguiente, sean frecuentados habitualmente por ellas, con una superficie útil total superior a 1.000 metros cuadrados. Deberán exhibir obligatoriamente, en un lugar destacado y visible por el público, la etiqueta de eficiencia energética, cuando les sea exigible su obtención.

Quedan excluidos los edificios y monumentos protegidos, los utilizados como lugares de culto o los edificios de viviendas que sean objeto de un contrato de arrendamiento durante menos de cuatro meses al año, entre otros. Tampoco afecta a los alquileres que tengan una duración anual inferior a cuatro meses o a viviendas o inmuebles que vayan a ser demolidos.

¿Qué pasa si no cumplo la normativa, quién lo comprueba?

El propietario debe decidir si quiere aumentar la eficiencia energética del inmueble y reducir así los costes energéticosQuién no cumpla esta normativa incurre en una infracción en materia de defensa de los consumidores y será sancionado según la Ley General de Defensa de los Consumidores y Usuarios. Cada Comunidad Autónoma llevará a cabo inspecciones y registros para asegurarse del cumplimiento de esta obligación y tendrán que dar cuenta de ello al Ministerio de Industria.

¿Quién está capacitado para emitir dichas certificaciones?

Arquitectos, arquitectos técnicos, ingenieros e ingenieros técnicos son los únicos profesionales capacitados para expedir estos certificados. “En teoría cualquiera de estos profesionales puede emitir dicha certificación. Otra cosa es que el profesional tenga, conozca y sepa utilizar los programas de certificación de edificios existentes –CE3 y CE3X-", comenta Pilar Pereda, secretaria general del Colegio de Arquitectos de Madrid (COAM).

¿Qué hago una vez que he obtenido la certificación?

El órgano competente de cada Comunidad Autónoma en materia de certificación energética de edificios habilitará un registro de certificaciones.

El registro permitirá realizar las labores de inspección y control técnico y administrativo recogidas en los artículos 9 y 10 del Procedimiento básico. Así mismo pondrá a disposición del público registros actualizados periódicamente de técnicos competentes o de empresas que ofrezcan los servicios de expertos de este tipo y servirá de acceso a la información sobre los certificados a los ciudadanos.

Cada Comunidad Autónoma deberá poner a disposición del público registros actualizados periódicamente de técnicos competentes o de empresas que ofrezcan los servicios de expertos de este tipo y servirá de acceso a la información sobre los certificados a los ciudadanos.

A partir del 1 de junio, todos los particulares que quieran vender o alquilar una vivienda construida antes de 2007 estarán obligados a contar con un certificado energético que califique el inmueble. El viernes, el Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto que así lo regula y desde su publicación en el BOE los particulares tienen menos de tres meses para solicitarlo.