Es noticia
La justicia europea considera ilegal y abusiva la ley española que regula los desahucios
  1. Vivienda
LOS JUECES TIENEN LUZ VERDE PARA PARALIZAR LOS DESAHUCIOS

La justicia europea considera ilegal y abusiva la ley española que regula los desahucios

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) considera que la legislación española que regula los procedimientos de desahucio vulnera la normativa europea comunitaria de

Foto: La justicia europea considera ilegal y abusiva la ley española que regula los desahucios
La justicia europea considera ilegal y abusiva la ley española que regula los desahucios

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) considera que la legislación española que regula los procedimientos de desahucio vulnera la normativa europea comunitaria de protección de los consumidores.

La sentencia del TJUE da luz verde a los jueces españoles para que paralicen todos aquellos procedimientos de ejecución hipotecaria en los que consideren que las hipotecas firmadas por los afectados contienen cláusulas o condiciones abusivas, como intereses de demora o vencimientos anticipados del préstamo. El fallo del tribunal europeo será directamente aplicable a partir de ahora y en los procesos que están vivos, así como en las sentencias pendientes de dictar.

Un situación que dará un giro de 180 grados ya que lo que acaba de dictaminar el TJUE es que el sistema español de desahucios es ilegal y lo ha hecho basándose  en el dictamen de la abogada general del Tribunal, Juliane Kokot, cuyas opiniones se siguen en el 80% de los casos. Kokot ya falló en noviembre del año pasado que la norma española no se ajusta a la legislación de la UE, ya que no garantiza a los clientes una protección suficiente frente a cláusulas abusivas en las hipotecas.

La abogada general insistió en que el juez debe tener la posibilidad de suspender la ejecución forzosa hasta que se haya comprobado el carácter abusivo de una cláusula contractual, de modo que se impida que el procedimiento ejecutivo cree en perjuicio del consumidor una situación que, posteriormente, sea de muy difícil o imposible reparación.

Un fallo condenatorio del TJUE obligaría al Gobierno de Mariano Rajoy a modificar la legislación vigente, lo que ha provocado que el PP haya retrasado la tramitación del proyecto de la ley antidesahucios -que se aglutinará con la iniciativa legislativa popular (ILP) de dación en pago- al menos hasta conocer la opinión de Bruselas al respecto.

Intereses de demora y vencimiento anticipado de todo el préstamo

De hecho, al considerar el TJUE que la legislación española va en contra de las leyes europeas, los jueces españoles podrán entrar a valorar el carácter abusivo o no de los polémicos intereses de demora que la banca aplica cuando un hipotecado no puede hacer frente al pago de su hipoteca. Estos intereses varían de unas entidades a otras, pero oscilan entre el 20% y el 30%.

Precisamente, los jueces madrileños se reunieron hace un mes para intentar determinar a partir de qué porcentaje se considera abusivo el interés que están aplicando los bancos a la hora de reclamar las deudas a sus clientes hipotecarios. Hay que recordar que la Ley de Crédito al Consumo determina como inaceptable la imposición de un interés de demora que sea superior a 2,5 veces el interés legal del dinero, si bien no establece un tope para los préstamos hipotecarios. No hubo acuerdo. 

También el Gobierno ha tomado cartas en el asunto: ha decidido limitar los intereses de demora a tres veces el tipo de interés legal del dinero, que en 2012 fue del 4%. La medida se incluye dentro del proyecto de ley de medidas urgentes para reforzar la protección de los deudores hipotecarios, pero no tendrá carácter retroactivo.

Lo que también pone en tela de juicio la justicia europea es que una entidad pueda dar por vencido todo el préstamo hipotecario, aunque solamente se haya producido el impago de una cuota. 

Otra de las cláusulas que se cuestiona es aquella que permite a la entidad financiera determinar de manera unilateral el importe de la deuda. El dictamen de la abogada europea señalaba que el consumidor afectado no puede cuestionar la legitimidad de esa cuantía durante el proceso de desahucio y que sólo puede hacerlo a través de un procedimiento judicial separado que no lo frena y cuya resolución se produce siempre después de haber perdido la vivienda.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) considera que la legislación española que regula los procedimientos de desahucio vulnera la normativa europea comunitaria de protección de los consumidores.