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La morosidad en los alquileres aumenta un 15% en un año
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SEGÚN EL FICHERO DE INQUILINOS MOROSOS

La morosidad en los alquileres aumenta un 15% en un año

La morosidad en los alquileres de viviendas en España aumentó un 15,42% en el último año -entre el 31 de septiembre de 2010 y el 1

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La morosidad en los alquileres aumenta un 15% en un año

La morosidad en los alquileres de viviendas en España aumentó un 15,42% en el último año -entre el 31 de septiembre de 2010 y el 1 de octubre de 2011-, con una deuda media de 8.312,8 euros por cada proceso.

Éstas son las principales conclusiones del 'V Estudio FIM sobre morosidad en los arrendamientos en España 2011', elaborado por el Fichero de Inquilinos Morosos (FMI), que ofrece información sobre sus potenciales inquilinos a sus clientes, entre los que se encuentran bancos, fondos de inversión y particulares.

Durante la presentación del informe, el director general del FMI, Fernando Sánchez Frutos, señaló que la morosidad en los alquileres no ha dejado de crecer en los últimos años -el Fichero ha registrado subidas del 13,79% en 2009 y del 16,81% en 2010-, lo que ha achacado a la falta de una "legislación clara" en este mercado y a la falta de medios materiales para llevar a cabo los desahucios.

Así, mientras que en el caso de las hipotecas existe una Ley de Morosidad que "hace más difícil" el impago, en el caso del alquiler no existe, lo que deja más espacio para los morosos, algunos de ellos "profesionales". Además, según Sánchez, en el ámbito del arrendamiento existe una auténtica dación en pago, puesto que las deudas se saldan con la devolución de las rentas impagadas y el desahucio de la vivienda.

Como resultado, según Sánchez, se está produciendo un "trasvase de la morosidad de la compra al alquiler", ya que aquellos que tienen problemas de pago, prefieren alquilar y, en caso de ser desahuciados, no tener cuentas pendientes con ninguna instancia.

Todo ello hace, según Sánchez, que la morosidad se encuentran por ello en un "ciclo alcista" que previsiblemente se mantendrá, mientras no se adopten las medidas necesarias. Por su parte, el FIM tiene previsto remitir a los partidos políticos una propuesta de "reforma seria" para lograr un mercado del alquiler más "maduro" y al mismo tiempo más amplio -superior al 10% actual y más próximo al de la UE, del 40%-.

En cuanto a la morosidad media en los últimos 12 meses, la cuantía media más alta se localizó en Madrid (16.037 euros), por delante de Murcia (12.196,4 euros), Baleares (9.664,5 euros) y País Vasco (9.207,1 euros). En el lado opuesto se situaron Castilla y León (2.515 euros), La Rioja (2.639 euros), Asturias (3.053,1 euros) y Extremadura (3.114,4 euros).

Por su parte, el socio fundador del despacho de abogados colaborador de la FIM Lusilla & Asociados, Sergio Lusilla, insistió en que la morosidad crece por la falta de una legislación clara que la ataje y por una falta de recursos que hace inaplicables las sucesivas normas de agilización de los desahucios.

A modo de ejemplo, Sánchez Frutos aseguró que en 2005 había unos 15 funcionarios dedicados a desahucios en la Comunidad de Madrid y que en plena crisis, cuando se han doblado el número de asuntos, sólo hay 20 funcionarios, cinco más. Por circunstancias como ésta, la ley del 'desahucio express' de 2009, que pretendía acortar los plazos de lanzamiento a entre dos y cuatro meses, ha supuesto una "importante insatisfacción" para los propietarios de viviendas con inquilinos morosos.

Según Lusilla, en un procedimiento normal, desde que se interpone una demanda contra el inquilino pasan unos 15 días hasta que se admite a trámite y se fija la fecha del juicio, unos seis meses más tarde, y del lanzamiento, entre cuatro y seis meses más. En total, entre 10 y 12 meses sin que el propietario pueda recuperar su vivienda.

 El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicaba el 11 de octubre la Ley de agilización procesal de los desahucios, que, según resumió Lusilla, otorga al inquilino denunciado un plazo de diez días para abonar la deuda reclamada o abandonar la vivienda, sin necesidad de realizar un juicio. En caso contrario, se procedería directamente al lanzamiento.

Según el abogado, esta reforma "es muy buena", pero en tanto siguen faltando medios humanos y materiales en los juzgados su aplicación también seguirá siendo ineficaz. "No va a servir de nada que se reconozca el derecho del propietario a recuperar su vivienda en 10 días si se sigue estableciendo un plazo de un año para el lanzamiento", argumentó.

Del mismo modo, Lusilla aseguró que los procedimientos de arbitraje "no sirven para nada", puesto que desembocan en un laudo que el mediador no puede ejecutar y que ha de presentarse en un juzgado, donde se establece de nuevo un dilatado plazo de lanzamiento. Lusilla indicó que, en la práctica, los procedimientos no se acortan sino que se alargan, ya que a los plazos normales se suman los alrededor de cuatro meses que dura el arbitraje.

La morosidad en los alquileres de viviendas en España aumentó un 15,42% en el último año -entre el 31 de septiembre de 2010 y el 1 de octubre de 2011-, con una deuda media de 8.312,8 euros por cada proceso.