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El Gobierno no logra regular el recargo sobre el IBI en las viviendas vacías al no poder tipificarlas
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El Gobierno no logra regular el recargo sobre el IBI en las viviendas vacías al no poder tipificarlas

El Gobierno agota la legislatura sin haber podido desarrollar el reglamento necesario para poder aplicar un recargo del 50% en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI)

El Gobierno agota la legislatura sin haber podido desarrollar el reglamento necesario para poder aplicar un recargo del 50% en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) de las viviendas vacías, como prevé la Ley Reguladora de Haciendas Locales, al no haber podido concretar hasta la fecha una definición de vivienda desocupada permanentemente.

Según lo establecido en la Ley, promulgada por el PP en 2002, "tratándose de inmuebles de uso residencial que se encuentren desocupados con carácter permanente, por cumplir las condiciones que se determinen reglamentariamente, los ayuntamientos podrán exigir un recargo de hasta el 50% de la cuota líquida del impuesto".

Ante este problema técnico, no ha sido posible aprobar desde entonces norma alguna, ni de rango reglamentario ni, como se planteó en segunda instancia, de modificación del precepto legal para incorporar los requisitos necesarios para la aplicación del recargo.

El Ejecutivo asegura que la Dirección General del Catastro ha trabajado en el estudio de fórmulas basadas en consumos medios de agua y, especialmente de electricidad, que permitiesen, sin acudir a la inspección directa, establecer unas "presunciones" a partir de las cuales pudiera determinarse la desocupación del inmueble.

Sin embargo, estas modalidades no han acabado de ofrecer las "garantías necesarias". En primer lugar, porque las estadísticas de consumos energéticos se llevan a cabo a partir de cuestionarios rellenados por las empresas suministradoras y que, por ello, no suponen estadísticas con un nivel de desagregación suficiente.

En segundo lugar, y a efectos de establecimiento de un umbral mínimo de consumos, el Gobierno se encontró con que éstos no son homogéneos en todo el territorio nacional, debido a variables como el número de habitantes por abonado, la climatología, etc.

Por todo ello, el Ejecutivo considera que la traslación de estos datos a una presunción de desocupación de la vivienda "no es clara", por lo que habría que acudir a otras fuentes de información, o limitarse a un censo construido a partir de las declaraciones de los propietarios, que, por un lado contaría con escasa posibilidad de comprobación posterior, y tendría, además, un rigor técnico, al menos, "cuestionable".

Otros intentos

Con todo, hasta llegar a considerar los consumos medios de agua o electricidad, el Gobierno ha barajado otras alternativas para definir el concepto de vivienda desocupada con carácter permanente. Así, se tanteó el criterio utilizado por el Instituto Nacional de Estadística (INE) para la elaboración del padrón de viviendas, cuya última actualización, correspondiente a 2001, estimó que este parque de viviendas rondaba los tres millones de inmuebles.

Según el glosario de esta encuesta, el concepto de vivienda vacía se refería al inmueble familiar que no es residencia habitual de ninguna persona ni es utilizado de forma estacional, periódica o esporádica por nadie. Sin embargo, el Gobierno considera que esta definición no puede ser utilizada con fines tributarios, puesto que no fija un plazo temporal ni otras condiciones específicas para la desocupación.

Por otro lado, la mera oferta en alquiler o venta de vivienda tampoco sería técnicamente un buen criterio delimitativo a efectos tributarios, ya que esta oferta, "para ser efectiva, y por lo tanto entrar en el supuesto de desocupación que se pretende gravar con el recargo, debería serlo a precios y condiciones habituales de mercado que habría que delimitar previamente", matiza el Gobierno.

El Gobierno agota la legislatura sin haber podido desarrollar el reglamento necesario para poder aplicar un recargo del 50% en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) de las viviendas vacías, como prevé la Ley Reguladora de Haciendas Locales, al no haber podido concretar hasta la fecha una definición de vivienda desocupada permanentemente.

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