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Así se ha llegado a la condena de José María López por abuso sexual a Carlota Prado en 'Gran hermano'
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DESCARTAN LA AGRESIÓN

Así se ha llegado a la condena de José María López por abuso sexual a Carlota Prado en 'Gran hermano'

Los detalles, ordenados cronológicamente, para entender la resolución del mayor escándalo sexual de la televisión en España

Foto: José María López y Carlota Prado, en la casa de 'GH'. (Mediaset España)
José María López y Carlota Prado, en la casa de 'GH'. (Mediaset España)

Ayer, 17 de abril del año 2023, cinco años y cinco meses después del abuso sexual que sufrió Carlota Prado en Gran Hermano Revolution, ha salido la sentencia que condena a José María López a quince meses de prisión como autor responsable de un delito consumado de abusos sexuales. Se le condena también a cuatro años de alejamiento e incomunicación respecto de la víctima y a indemnizarla en la cantidad de 6.000 euros como resarcimiento por el daño moral ocasionado (Zeppelin TV, la productora, debe indemnizar a Carlota con 1.000 euros por el daño moral suplementario causado al comunicarle a la víctima el delito de abuso sexual del que fue objeto).

Muchos no entienden esta resolución, que está determinada por un abuso sexual y no por una agresión, por eso es importante recordar los puntos clave de este suceso que ha tenido repercusión mundial al tratarse de la marca del primer reality show que se realizó en todo el planeta.

'GH' acude a la Guardia Civil

En 5 de noviembre del 2017, tras los hechos, Álvaro Díaz, el productor ejecutivo de Gran Hermano acude al cuartel de la Guardia Civil de Colmenar Viejo (Madrid) para denunciar que uno de los participantes del programa habría presuntamente abusado sexualmente de otra compañera. José María estaba ya expulsado de la casa y Carlota estaba custodiada por el equipo en un hotel. Ella, rehúsa la opción de sumarse a la causa iniciada por la productora.

Carlota pone una denuncia

A principios de diciembre del mismo año, Prado acude a una comisaría del centro de Madrid e interpone su propia denuncia. Se le asigna un abogado de oficio y comienza el proceso. La persona que lleva el caso de Carlota, decide ir a por el concursante y no a por la productora, a modo de estrategia para que los responsables del show de telerrealidad no se pueda acoger a su derecho de no declarar. Más o menos un año después, el productor ejecutivo, el director de la casa, la Súper responsable aquella noche, Carlota y José María, declaran ante la jueza.

placeholder José María López y Carlota Prado, en 'GH Revolution'. (Mediaset España)
José María López y Carlota Prado, en 'GH Revolution'. (Mediaset España)

Fiscalía pide dos años y medio de prisión

La Fiscalía Provincial de Madrid solicita en diciembre del año 2019 dos años y medio de prisión para José María López Pérez por un delito de abusos sexuales. El representante del Ministerio Público reclama además al acusado una indemnización de 6.000 euros por los daños morales causados a la víctima, idéntica cantidad que a la productora del programa por mostrarle las imágenes del presunto abuso a la mañana siguiente, cuando se encontraba "sola y sin más compañía que la voz en off del conocido como Súper", que dirige el día a día en la casa del reality.

La acusación pide siete años

La acusación particular, por un delito de abusos sexuales agravados, pide la imposición de una pena de siete años de prisión a José María López. En cuanto a la responsabilidad civil, pide al acusado la cantidad de 100.000 euros en concepto de daño moral. A la productora le pide una indemnización de 100.000 euros adicionales, de los que no responderá el acusado y de los que sí responderá de modo directo también la entidad aseguradora, por los daños morales.

Foto: José María y Carlota, en 'GH Revolution'. (Mediaset España)

Se decreta la apertura del juicio

El 5 de febrero del año 2020, la jueza decreta la apertura del juicio oral contra José María López por el delito de abusos sexuales agravados a Carlota Prado. De esta forma, tal y como queda reflejado en la causa, se requiere al acusado y a la entidad aseguradora, como responsables civiles directos, y a la productora Zeppelin Televisión, como responsable civil subsidiario, la fianza de 133.333 euros para asegurar las responsabilidades pecuniarias que, en definitiva, pudieran imponérsele.

Carlota cambia de abogados

En septiembre del 2021, Coto Matamoros, amigo íntimo por aquel entonces de Carlota, concede una entrevista a Jordi Will en The Wild Project y anuncia que se ha encargado personalmente de cambiarle de abogado al creer que el de oficio no lo está llevando de forma correcta.

placeholder Coto Matamoros. (DDT)
Coto Matamoros. (DDT)

Fiscalía informa de la celebración del juicio

El 4 de febrero del 2022, la Fiscalía de la Comunidad de Madrid emite una nota de prensa desde su oficina de comunicación informando de la celebración del juicio, confirmando las fechas del 8, 9 y 10 del mismo mes.

Foto: Jorge Javier Vázquez con Carlota Prado en 'GH Revolution'. (Mediaset España)

Se suspende el juicio por la ausencia de Carlota

El 8 de febrero del año 2022, día de la primera jornada del juicio, Carlota no aparece. Los abogados de la exconcursante informan de lo sucedido: "Carlota tiene problemas psiquiátricos de gravedad". De esta forma aportan como prueba un informe psicológico reciente facilitado por su madre. "Pensábamos que estaba en condiciones de declarar, pero no ha venido. Solicito que se suspenda el juicio a la espera de que se encuentre en mejor estado".

El abogado de José María asegura no tener conocimiento de su supuesto mal estado mental, añadiendo que existen contradicciones entre sus padres y ella en este sentido. Asimismo, pide que no se suspenda, dejando constancia de la actividad de Prado en redes sociales a modo de argumento de su estado.

La jueza, tras examinar la documentación aportada por el abogado de Carlota y escuchar la argumentación del de José María, decide suspender el juicio: "Es preciso que Prado preste declaración, pero por sus problemas mentales pido que sea examinada por un médico forense en su localidad para ver cómo se encuentra realmente".

placeholder José María López y Carlota Prado, en 'GH Revolution'. (Mediaset España)
José María López y Carlota Prado, en 'GH Revolution'. (Mediaset España)

El abogado señala el "error procesal"

Santiago Marín explica a los medios de comunicación los supuestos errores que se han cometido: "Lamento que el Juzgado de lo Penal no se haya pronunciado sobre la nulidad solicitada porque lo que se va a hacer es enjuiciar un abuso sexual que entendemos, que como mínimo, hay indicios serios de las imágenes grabadas y de las declaraciones, de que hay penetración. Lo dice así la misma jueza de instrucción. En el auto de transformación se trata de procedimiento abreviado, que es erróneo porque se tenía que haber dictado un auto de procesamiento. Eso ha impedido que vaya por procedimiento ordinario y ha ido en procedimiento abreviado. Estamos en un juzgado de lo penal enjuiciando por un abuso sexual sin penetración".

"Aquí se va a juzgar un abuso sexual sin penetración por un error de procedimiento en la instrucción. En el auto de 2018 se deja claro que hay indicio de penetración anal o vaginal. Se tenía que haber recurrido porque la jueza entendemos que se equivocó y tenía que haber dictado auto de procesamiento por abuso sexual con penetración y el juzgado de lo penal no tiene competencia para juzgar un abuso sexual con penetración", recalca de nuevo.

placeholder Abogado de Carlota Prado. (Mediaset España)
Abogado de Carlota Prado. (Mediaset España)

Carlota es declarada apta y ponen nueva fecha al juicio

En junio de 2022, El Confidencial corrobora que Carlota ha sido declarada apta para prestar declaración. En primer lugar, fue vista y analizada por un médico forense y, más tarde, por un psiquiatra, ambos pertenecientes al juzgado. Este último fue el que ha determinado que se encontraba en un buen estado mental. Bluper informa de que los próximos 3 y 8 de noviembre son los días y el mes marcado para que finalmente se comience a juzgar el presunto delito en Madrid.

El abogado de Carlota renuncia

A pocos días de la celebración del juicio, el periódico 20 Minutos informa de un inesperado giro: el abogado de Carlota renuncia y deja el caso. Sin trascender los detalles, El Confidencial tiene la ocasión de hablar con Santiago Marín que nos confirma que el pasado viernes 21 de octubre él y su equipo decidieron dejar el caso por desavenencias.

Foto: Carlota Prado y José María López en 'GH Revolution'. (Mediaset España)

Sin acusación particular, Fiscalía toma el mando

ABC informa el 27 de octubre que Carlota Prado ha renunciado a ser representada por un abogado de oficio, lo que significa que el caso se queda sin acusación particular. La Fiscalía toma, por lo tanto, las riendas del proceso: "La jueza María Dolores Palmero da cuenta en una providencia de que Prado ha contactado por teléfono con el juzgado renunciando a ejercitar la acusación particular. Se la tiene por apartada en el presente procedimiento, quedando prevista la vista de Juicio Oral para los próximos 3 y 8 de noviembre".

"La diligencia telefónica da constancia asimismo de que 'renuncia a comparecer a juicio asistida de abogado particular y que no desea que se le nombre abogado del turno de oficio. Desea que la acusación la ejercite el Ministerio Fiscal", expone el citado periódico.

Foto: José María López y Carlota Prado en 'GH Revolution'. (Mediaset España)

Ella, en declaraciones a este periódico, asegura que al ir a solicitar un nuevo abogado de oficio, le comunican que el juicio tendría que retrasarse mientras se tramita. Como está cansada de esperar, decide confiar en la Fiscalía y seguir el proceso sola.

Se celebra el juicio

El 3 de noviembre del año 2022, arranca el juicio. Carlota acude con su madre y sin representación jurídica. Declara en calidad de testigo, frente al acusado a puerta cerrada, es decir, sin presencia de prensa (se determinó que el juicio no fuera público). Por su parte, él asegura que jamás forzó a la víctima y que las relaciones sexuales que tuvieron fueron consentidas. El 8 de noviembre, en la segunda y última parte del juicio, Carlota consigue estar presente en su celebración, pero no ampliar su declaración, tal y como deseaba.

Foto: Carlota Prado, concursante de 'GH: Revolution'. (Mediaset)

¿Por qué abuso sexual y no agresión?

El juzgado de lo Penal nº 18 de Madrid condena a José María López a quince meses de prisión como autor responsable de un delito consumado de abusos sexuales contra Carlota Prado, y a indemnizarla en la cantidad de 6.000 euros como resarcimiento por el daño moral ocasionado. Hubb European Group LTD (aseguradora de la productora), deberá indemnizar a Carlota con la cantidad de 1.000 euros como resarcimiento por el daño moral suplementario causado al comunicarle a la víctima el delito de abuso sexual del que fue objeto.

El caso se ha enjuiciado como abuso sexual y no como agresión sexual al considerarse que no hubo violencia ni intimidación. Se aplica, por lo tanto, la normativa anterior (artículos 181.1 y 181.2) a la ley del solo sí es sí, ya que los hechos se produjeron antes de la entrada en vigor de esta nueva normativa.

El anterior Código Penal dice que "el que sin violencia o intimidación, y sin que medie consentimiento, realizare actos que atenten contra la libertad o indemnidad sexual de otra persona, será castigado con la pena de prisión de uno a tres años o multa de dieciocho a veinticuatro meses" (181.1).

Foto: José María López en 'Gran hermano'. (Mediaset España)

"A los efectos del apartado anterior consideran abusos sexuales no consentidos los que se ejecuten sobre personas que se hallen privadas de sentido o de cuyo trastorno mental se abusare, así como los que se comentan anulando la voluntad de la víctima mediante el uso de fármacos, drogas o cualquier otra sustancia natural o química idénea a tal efecto" (181.2).

La propia Fiscalía apuntaba en su acusación a abuso sexual y no a agresión sexual. El abogado de Carlota, que terminó por renunciar a representarla, también apuntaba a este delito, aunque en su caso incidía en que hubo penetración para aumentar la petición de pena. Sin embargo, la sentencia descarta este extremo: "El acusado cubrió a ambos con el edredón, y comenzó a realizar sostenidamente movimientos rítmicos que denotan, cuanto menos, que el acusado se está masturbando en el cuerpo de Carlota Prado sin que exista prueba bastante de que la penetrara vaginal o analmente".

Al no tener antecedentes penales y ser una condena inferior a dos dos años, López no pisará la cárcel. Ahora, tanto la defensa y la Fiscalía como la propia Carlota pueden recurrir la sentencia en el plazo de 10 días.

Ayer, 17 de abril del año 2023, cinco años y cinco meses después del abuso sexual que sufrió Carlota Prado en Gran Hermano Revolution, ha salido la sentencia que condena a José María López a quince meses de prisión como autor responsable de un delito consumado de abusos sexuales. Se le condena también a cuatro años de alejamiento e incomunicación respecto de la víctima y a indemnizarla en la cantidad de 6.000 euros como resarcimiento por el daño moral ocasionado (Zeppelin TV, la productora, debe indemnizar a Carlota con 1.000 euros por el daño moral suplementario causado al comunicarle a la víctima el delito de abuso sexual del que fue objeto).

Gran Hermano GH Revolution
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