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Uber es solo el primero: Cabify, Blablacar y Airbnb peligran tras la sentencia europea
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Uber es solo el primero: Cabify, Blablacar y Airbnb peligran tras la sentencia europea

El TJUE ya ha dejado claro que Uber es una empresa de transportes, pero ¿esto afecta de la misma manera a otras aplicaciones similares?

Foto: Protesta del sector del taxi en Madrid. (EFE)
Protesta del sector del taxi en Madrid. (EFE)

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) soltó ayer lo más parecido a una bomba nuclear en el sector de transporte. Tras una denuncia interpuesta por los taxistas barceloneses en 2014, decidió que Uber debe ser considerado como un servicio de transporte y cumplir con los mismos requisitos que el resto. Pero ¿es esta empresa la única afectada? ¿Puede sentar jurisprudencia? ¿Qué pasa con el resto de aplicaciones similares? La respuesta, en una línea: Cabify, Blablacar y Airbnb se pueden ir preparando.

El alto tribunal ha sido muy claro en lo que a la definición de Uber se refiere y a las leyes a las que se debe atener a partir de ahora. Tanto, que su sentencia abre la puerta a que se trate de igual manera a otras empresas similares, incluso ampliando la influencia a otros sectores. Y ese es solo uno de los terrenos de disputa, pues, según diferentes especialistas consultados, también podría servir para disputas sobre el entorno laboral de estas aplicaciones y hasta luchas entre países de la Unión sobre si debería haber una política común europea que regule esta industria de la economía colaborativa y las aplicaciones de transporte.

Foto: Un taxi, con mensajes de protesta en contra de los vehículos VTC. (EFE) Opinión

Según Montse Balagué, una de las abogadas de la asociación de taxistas que ha llevado el caso Uber a los tribunales, el impacto de la sentencia en el sector es más que claro. Todas las aplicaciones de transporte urbano similares a Uber se ven afectadas por ella, pues el tribunal deja claro que no son intermediarios sino que funcionan como empresas. “Solo hay que entrar en la web de Uber y Cabify para verlo. Allí todavía se definen como intermediarios, algo que el TJUE ha dejado claro que no son, eso tendrán que cambiarlo sí o sí”, explica Balagué a Teknautas.

En cuanto a lo que tiene que ver con el entorno laboral, el terreno parece algo más difuso. Eso sí, la abogada cree que también tendrá una cierta influencia, aunque no sea de forma directa. “Tenemos informes de una inspección laboral que apunta que los conductores de Uber en Barcelona funcionan como falsos autónomos. Cada empresa es libre de trabajar con autónomos o asalariados, pero deben adecuarse a las leyes del país”. Balagué apunta a una situación similar a la que viven los repartidores de Deliveroo o Amazon Flex, que llevan ya meses en los tribunales.

placeholder Foto: EFE.
Foto: EFE.

Por su parte, José Andrés Díez, abogado especializado en transporte y asesor legal de Uber, explica que, aunque defiende que esta sanción no tiene ninguna implicación práctica, sí que ve claro que esta decisión abre un nuevo espacio para diferentes pleitos hasta que, al menos, haya una política común europea. “Ahora mismo en España no tiene ningún efecto práctico para Uber o Cabify, pero es cierto que el dictamen abre el camino para nuevos pleitos”, comenta. Por ejemplo, habla de que en un futuro podemos ver choques en referencia al lugar donde esté afincada una compañía y la ciudad en la que opera.

Al ser cada país el que debe crear su propia legislación al respecto, según marca la sentencia, se pueden dar casos de empresas que pongan su sede en un país de la UE porque es más beneficioso para ellas y den servicio desde allí en ciudades de otras naciones mucho más restrictivas. Al ser dentro de la Unión Europea se crearía una situación que, como explica Díez, tendría una difícil solución.

Foto: Foto: Reuters.
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Además, va más allá, y apunta a otras aplicaciones que podrían verse afectadas por todo esto. “Todavía es pronto para ver su impacto final, pero hay negocios como Blablacar que creo que tienen un problema después de esta sentencia”, comenta.

El caso de Blablacar

Como apunta Díez, es una de las empresas de las que más se ha hablado tras el dictamen del tribunal. Su modelo de negocio, centrado en el transporte entre particulares, sin necesidad de licencia, su control sobre los precios o sobre los conductores (eso sí, mucho menos restrictivo que el de Uber o Cabify), la convierte, según este experto, en una de las candidatas a estar entre las aplicaciones más afectadas por la decisión. "Cumple los requisitos que mencionan los jueces para tener que pasar de ser una mera intermediaria a una empresa de transportes", comenta el abogado.

Por su parte, Blablacar no parece estar muy preocupada por este terremoto. No se ha pronunciado sobre lo ocurrido y no parece que lo vaya a hacer en estos días. Ellos se escudan en la sentencia del 3 de febrero de 2017 del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Madrid que dio luz verde a su negocio y la absolvió de todas las acusaciones por las que se la denunciaba. Entre ellas se incluían algunas por las que también se denunció a Uber, como la de competencia desleal.

placeholder Frederic Mazzella, fundador de Blablacar. (Reuters)
Frederic Mazzella, fundador de Blablacar. (Reuters)

Confebús, la empresa que les demandó, siempre había sostenido lo mismo: Blablacar operaba de manera ilegal por estar prestando un servicio de transporte sin tener las autorizaciones necesarias, incumpliendo, por tanto, varios artículos de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT) a la que sí están sujetas las empresas de autobuses. En otras palabras: competencia desleal. El juez dictaminó que nada de eso era cierto.

Esta ocasión parece diferente. La sentencia del TJUE podría sentar jurisprudencia y dar una nueva oportunidad a sus competidores para llevar el caso de nuevo a los tribunales, pidiendo que se trate como el caso de UberPop. Blablacar también ajusta, por ejemplo, los precios que puede ofrecer el conductor en cada viaje.

Cabify, en la misma situación que Uber

Si hablamos de Uber, hay que hablar de Cabify, su principal rival. Su implicación está bastante más clara por la semejanza con su competidor. Desde esta plataforma han lanzado un comunicado asegurando que esta decisión no está relacionada con la compañía española y que su modelo ha sido siempre 100% legal.

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“El criterio del fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea para determinar la naturaleza de 'servicio de transporte' de la actividad de UberPop en Barcelona no resulta aplicable al servicio prestado por Cabify”, comentan en el texto.

José Andrés Díez está de acuerdo con esta postura, mientras que Balagué la pone bastante en entredicho. “Se siguen definiendo como intermediarios y la Unión Europea ha dejado claro que al igual que Uber es una empresa de transportes”, comenta.

De momento, Cabify ya ganó una disputa a la Federación Profesional del Taxi en marzo de este año por competencia desleal y violación de las normas de transporte en materia de contratación de servicios mediante vehículos de arrendamiento con conductor. En este caso se valieron de la situación de sus conductores, ya que el juez entendió que la empresa no era responsable de la mala praxis de uno de los transportistas, algo que podría cambiar con el nuevo dictamen de la UE.

En cuanto a futuras demandas, Balagué es bastante tajante. "Si cumplen la ley no tiene por qué haber más pleitos. Todo depende de su voluntad", asegura.

Airbnb, ¿el siguiente paso?

En la sentencia se deja claro que la decisión se ciñe solo al caso de los transportes, sin entrar a valorar casos parecidos de la llamada ‘economía colaborativa’, como puede ser el del propio Airbnb. Pero ya hay asociaciones como la Confederación Española de Hoteles y Alojamientos Turísticos (CEHAT) que ven con muy buenos ojos esta noticia.

La CEHAT, según un comunicado publicado este miércoles, asegura que analizará detenidamente la sentencia, y verá si con ella se pueden dar nuevos pasos para que “definitivamente se determine la diferencia entre actividades entre particulares y aquellas realizadas por profesionales".

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Foto: Reuters.

“Consideramos que esta sentencia es un importante paso adelante hacia la regulación eficiente de una parte del sector turístico que quedaba fuera del alcance de cualquier tipo de normativa”, comenta la confederación. "La desnaturalización progresiva e imparable de las plataformas que nacieron bajo el nombre de 'economía colaborativa' es una realidad, estas plataformas que originalmente surgieron con el propósito de que particulares ofrecieran al mercado bienes o servicios no utilizados a precio de coste han evolucionado hacía la captura por las mismas de negocios tradicionales".

Veremos hasta qué punto puede llegar esta iniciativa, pues de momento en España la plataforma no ha tenido ningún choque con el sector hotelero en los tribunales (al contrario que ocurre en el negocio del transporte), aunque sí ha tenido problemas con inquilinos, ayuntamientos y asociaciones de consumidores.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) soltó ayer lo más parecido a una bomba nuclear en el sector de transporte. Tras una denuncia interpuesta por los taxistas barceloneses en 2014, decidió que Uber debe ser considerado como un servicio de transporte y cumplir con los mismos requisitos que el resto. Pero ¿es esta empresa la única afectada? ¿Puede sentar jurisprudencia? ¿Qué pasa con el resto de aplicaciones similares? La respuesta, en una línea: Cabify, Blablacar y Airbnb se pueden ir preparando.

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