Condenado 6 meses de cárcel por insultar y agredir en la calle a una mujer por usar hiyab
Se impone medio año de prisión por agresión islamófoba en la calle, con alejamiento, prohibición profesional por seis años e indemnización; cumplirá curso de igualdad y evitará ingreso al carecer de antecedentes
La Audiencia Provincial de Madrid ha impuesto una pena de seis meses de prisión a un hombre por un delito de odio y lesiones contra una mujer musulmana, a la que insultó y agredió en la vía pública por llevar hiyab. El fallo, ya firme, refleja el acuerdo alcanzado entre el procesado y la Fiscalía antes del juicio previsto para el 15 de octubre. En esa conformidad, E.M.P.D. admitió los hechos y la acusación redujo su petición inicial, que era de un año y medio de cárcel.
Aunque la condena fija seis meses de prisión, el tribunal determina que no ingresará en la cárcel al no superar los dos años y carecer de antecedentes. Además, se le inhabilita para desempeñar profesiones u oficios de carácter educativo, docente, deportivo o de ocio y tiempo libre durante seis años. La resolución incluye, asimismo, una orden de alejamiento y prohibición de comunicación con la víctima. En el apartado de responsabilidad civil, el condenado deberá abonar 900 euros por daños morales y 100 euros por las lesiones, cantidades a las que se sumarán los intereses legales correspondientes.
El tribunal considera probado que el 5 de junio de 2024, movido por prejuicios contra quienes profesan el Islam, el acusado se dirigió a la víctima —una mujer que portaba hiyab— y la increpó públicamente con expresiones “absolutamente despreciativas y degradantes”, tanto hacia ella como hacia el colectivo religioso al que pertenece. En presencia de testigos, profirió de forma reiterada insultos de carácter islamófobo y vejatorio, instándola a abandonar España con expresiones del tipo: “Oye mora, que te estoy hablando… vete a tu país”.
Cuando la mujer intentó grabar la escena con su teléfono, el hombre se abalanzó sobre ella y la amenazó con frases como: “Te voy a matar, hija de puta, no me grabes”. Durante el forcejeo, y con el propósito de impedir la grabación, el agresor retorció con fuerza el brazo de la víctima, provocándole erosiones superficiales, según detallan los magistrados. La sentencia señala que la mujer sufrió un acusado estado de desasosiego e intranquilidad tras los hechos.
El operativo policial terminó con la detención del acusado, quien, tanto ante los agentes en el lugar como después en dependencias policiales, reiteró expresiones de desprecio y hostilidad, reforzando el componente discriminatorio de su comportamiento.
Los jueces destacan el carácter preventivo y reparador de las medidas impuestas, en especial la obligación de cursar formación en igualdad de trato y no discriminación, destinada a evitar la repetición de conductas similares y a sensibilizar sobre la gravedad de los delitos motivados por el odio y la intolerancia.
La Audiencia Provincial de Madrid ha impuesto una pena de seis meses de prisión a un hombre por un delito de odio y lesiones contra una mujer musulmana, a la que insultó y agredió en la vía pública por llevar hiyab. El fallo, ya firme, refleja el acuerdo alcanzado entre el procesado y la Fiscalía antes del juicio previsto para el 15 de octubre. En esa conformidad, E.M.P.D. admitió los hechos y la acusación redujo su petición inicial, que era de un año y medio de cárcel.