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David Bravo: "La ley Sinde atenta contra la separación de poderes y no tiene precedentes"
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EL ABOGADO VALORA EL REGLAMENTO DE LA LEY SINDE

David Bravo: "La ley Sinde atenta contra la separación de poderes y no tiene precedentes"

David Bravo (Sevilla, 1978) es el abogado especializado en propiedad intelectual más famoso de España. En los últimos años este sevillano ha cobrado notoriedad por su

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David Bravo: "La ley Sinde atenta contra la separación de poderes y no tiene precedentes"

David Bravo (Sevilla, 1978) es el abogado especializado en propiedad intelectual más famoso de España. En los últimos años este sevillano ha cobrado notoriedad por su oposición a la ley Sinde y su defensa del intercambio de archivos en internet a través de casos como el del informático Pablo Soto, que recientemente ganó a 'monstruos' de la talla de Warner, Universal, Emi o Sony-BMG. Es también destacada su faceta divulgadora en los medios de comunicación, además de haber publicado un libro (Copia este libro, 2005) donde se explican con todo detalle jurídico términos tan ambiguos como 'copyleft' y 'copia privada'.  

- ¿Existe alguna diferencia entre la ley Sinde original, propuesta por el gobierno socialista, y el reglamento que se ha aprobado recientemente?
- Son dos cuestiones distintas. La ley Sinde, que era una disposición incluida en la Ley de Economía Sostenible, y el reglamento que desarrolla la misma y que regula el funcionamiento de la comisión que se encargará de los cierres y retiradas de contenidos que entiendan infractores de derechos de propiedad intelectual.

- Precisamente esta comisión tomará la decisión sobre el cierre de webs en detrimento de los jueces, que hasta ahora no habían condenado a nadie por intercambiar archivos.
- En mi opinión esta ley atenta contra la separación de poderes al ser un claro atajo mediante el que el Ejecutivo sustrae competencias al judicial aparentemente para dictar resoluciones contrarias a las que estos venían sosteniendo hasta la fecha. Además carece de todo encaje en nuestro sistema jurídico, hasta el punto de que no soy capaz de encontrarle precedentes. No sé cuál es el sentido a que la Administración se dedique a tutelar bienes jurídicos que no son de interés colectivo. ¿Qué sentido tiene que los ciudadanos costeen un procedimiento especial a una concreta industria?

- Con respecto a los marcos jurídicos en otros países... ¿qué facultades se otorga el Gobierno a través de la ley Sinde?

- La Ley Sinde da unas facultades al ejecutivo nunca vistas en España durante los años de democracia para cerrar publicaciones y bloquear contenidos. Es cierto que hay un juez que podrá denegar la medida de cierre en casos que afecten a libertad de expresión e información, pero, según el reglamento, este juez no solo tendrá que decidir en apenas tres días una cuestión tan sensible como ésta sino que ni siquiera intervendrá en todos los casos porque solo está previsto para aquellos supuestos excepcionales en los que el afectado por el cierre decida ignorar la resolución de la Comisión Administrativa que le ordene el cierre o la retirada de los contenidos.

- Situémonos en el escenario de un administrador que recurre al juez porque la comisión gubernamental han cerrado su web. ¿No se está poniendo a la Justicia entre la espada y la pared?

- Sí, se trata de elementos extrajurídicos pero que pueden ser un elemento de presión para los jueces. Solo cabe que en esa encrucijada se inclinen por la única opción posible, la de aplicar las leyes tal y como están redactadas hoy en día y que consideran que las páginas de enlaces no vulneran derechos de propiedad intelectual.

- Muchos de sus colegas creen que esta situación terminará por hacer de la ley Sinde algo con fecha de caducidad.

- Procuro no intentar prever el futuro de forma tajante en este tipo de cuestiones. Esa caducidad, que sí que parece probable, dependerá de varios factores: la presión social, la ineficacia de la ley para los efectos que pretende y,fundamentalmente, la postura del Tribunal Constitucional.

- ¿Funcionará para luchar contra la piratería?
- La ley no creo que sea eficaz. De hecho creo que muchos internautas demostraron eso con el experimento #tablasinde.

- ¿Cuál sería entonces su propuesta?
- Si se entiende como piratería la descarga de obras intelectuales sin ánimo de lucro, mi propuesta es no luchar contra ella. Respecto de la cuestión económica, creo que sería óptimo un sistema de remuneración para los titulares de los derechos que sea compatible con esta nueva realidad y que no pretenda obstaculizarla. Buenos ejemplos de este tipo de opciones serían la Licencia General Opcional propuesta en su día en Francia o el sistema de impuestos que varias veces ha planteado Richard Stallman. Ambos sistemas se basan en un principio básico: lo que es aprovechado por todos debe ser sostenido por todos.

David Bravo (Sevilla, 1978) es el abogado especializado en propiedad intelectual más famoso de España. En los últimos años este sevillano ha cobrado notoriedad por su oposición a la ley Sinde y su defensa del intercambio de archivos en internet a través de casos como el del informático Pablo Soto, que recientemente ganó a 'monstruos' de la talla de Warner, Universal, Emi o Sony-BMG. Es también destacada su faceta divulgadora en los medios de comunicación, además de haber publicado un libro (Copia este libro, 2005) donde se explican con todo detalle jurídico términos tan ambiguos como 'copyleft' y 'copia privada'.