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Los transexuales podrán cambiar de nombre y sexo en el Registro Civil sin pasar por el quirófano
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Los transexuales podrán cambiar de nombre y sexo en el Registro Civil sin pasar por el quirófano

La Ley de Identidad de Género, aprobada este jueves en el Congreso de los Diputados, permitirá a los transexuales cambiar de nombre y de sexo en

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Los transexuales podrán cambiar de nombre y sexo en el Registro Civil sin pasar por el quirófano

La Ley de Identidad de Género, aprobada este jueves en el Congreso de los Diputados, permitirá a los transexuales cambiar de nombre y de sexo en el Registro Civil y en el DNI sin necesidad de cirugía de reasignación de sexo. Se exigirá, eso sí, que el solicitante acredite el diagnóstico de "disforia de género" -mediante informe de médico o psicólogo colegiado- y que haya sido tratado médicamente durante al menos dos años para acomodar su físico al sexo reclamado.

Hasta ahora en España los transexuales sólo podían cambiar sus datos en los documentos oficiales si se habían sometido a una operación de cambio de sexo y obtenían una sentencia judicial a favor.

Este modelo de regulación es similar al del Reino Unido, donde la Ley de Reconocimiento de Género, aprobada en 2004, permite a los transexuales cambiar sus datos sin necesidad operarse previamente.

Otros países reconocen también el derecho a cambiar dichos datos, aunque en algunos se establece el requisito de la operación o bien se exige a los transexuales que se esterilicen, para evitar problemas legales en el caso de que tuvieran descendencia.

Entre los países que cuentan con leyes en materia de identidad de género figuran Suecia (con una legislación pionera en la materia que data de 1972), Alemania, Italia, Holanda, Turquía, Dinamarca, Bélgica, Finlandia, Suiza, Canadá, Australia, Nueva Zelanda, Turquía y varios Estados de EEUU.

Miles de transexuales ven cumplidas sus reivindicaciones

La Sociedad Española de Endrocrinología calcula que en España viven alrededor de 3.000 personas transexuales, en tanto que algunas asociaciones de transexuales hablan de entre 7.000 y 9.000.

Con la Ley de Identidad de Género se cumple la principal reivindicación de estas personas, muchas de las cuales han rechazado sus caracteres sexuales desde la infancia y se han sentido mujeres atrapadas en cuerpos de hombre o viceversa.

Otra petición del colectivo transexual es que la sanidad pública financie las operaciones de reasignación de sexo.

Actualmente, las comunidades de Andalucía, Extremadura y Aragón incluyen entre sus prestaciones sanitarias este tipo de intervenciones, y en marzo de 2007 comenzará a funcionar en Madrid una unidad multidisciplinar que también las incluirá.

Así mismo, Asturias y Cataluña han anunciado que financiarán la cirugía del cambio de sexo.

Andalucía, además, cuenta con un centro de referencia para este tipo de cirugía en el Hospital Carlos Haya de Málaga. Ambos requisitos podrán ser cumplimentados tanto antes como después de que la ley entre en vigor.

En septiembre de 2006, el Gobierno abrió la puerta para que las CCAA incluyan las operaciones de cambio de sexo en la cartera de servicios, con la aprobación del real Decreto que regula el conjunto de las prestaciones sanitarias que se ofrecen en todas las comunidades a través del Sistema Nacional de Salud. Dicho decreto elimina la exclusión expresa que había sobre estas operaciones en la norma anterior, aprobada en 1995.

El cambio de sexo es un proceso largo y complicado que requiere un tratamiento de psicoterapia, anterior y posterior a la intervención quirúrgica para ayudar al paciente a aceptar su nuevo cuerpo y a salvar los posibles problemas que pueden derivarse del cambio.

El proceso total puede durar entre tres y cuatro años y costar entre 12.000 y los 25.000 euros.

La Ley de Identidad de Género, aprobada este jueves en el Congreso de los Diputados, permitirá a los transexuales cambiar de nombre y de sexo en el Registro Civil y en el DNI sin necesidad de cirugía de reasignación de sexo. Se exigirá, eso sí, que el solicitante acredite el diagnóstico de "disforia de género" -mediante informe de médico o psicólogo colegiado- y que haya sido tratado médicamente durante al menos dos años para acomodar su físico al sexo reclamado.