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Batalla médicos vs. enfermeras: la Audiencia Nacional suspende la guía que las permitía prescribir antibióticos
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Batalla médicos vs. enfermeras: la Audiencia Nacional suspende la guía que las permitía prescribir antibióticos

La suspensión cautelar llega tras el recurso de la Organización Médica Colegial contra la resolución que avalaba que enfermería indicara y autorizara la dispensación de fármacos en casos de infección urinaria no complicada en mujeres adultas

Foto: Obligatoriedad de mascarillas en hospitales y centros de salud. (Jesús Hellín / Europa Press)
Obligatoriedad de mascarillas en hospitales y centros de salud. (Jesús Hellín / Europa Press)

La Audiencia Nacional ha acordado suspender cautelarmente la aplicación de la guía que habilita a las enfermeras y enfermeros a indicar, usar y autorizar la dispensación de medicamentos sujetos a prescripción médica en casos de infección del tracto urinario inferior no complicada en mujeres adultas. La decisión responde al recurso presentado por la Organización Médica Colegial (OMC) contra la Resolución de 9 de agosto de 2024 de la Dirección General de Salud Pública y Equidad en Salud.

Según ha indicado la OMC en un comunicado, el auto judicial establece que la guía no podrá aplicarse en ningún caso hasta que recaiga sentencia firme en el procedimiento contencioso-administrativo, lo que deja en suspenso su efectividad de manera inmediata.

Para el presidente de la OMC, Tomás Cobo, la resolución respalda los argumentos de la corporación médica en defensa de la seguridad del paciente y de la cualificación profesional necesaria para el diagnóstico y tratamiento. En su opinión, el auto subraya que “la rapidez o la conveniencia organizativa no pueden prevalecer sobre la garantía de una atención sanitaria basada en la formación y competencias legalmente atribuidas”.

Cobo insiste en que la decisión judicial no cuestiona el papel de la enfermería, a la que define como una profesión “esencial, imprescindible y complementaria”, sino que supone una llamada a respetar el marco legal vigente y a aplicar el principio de prudencia cuando se adoptan decisiones que afectan directamente a la salud de las personas. Desde la OMC, añade, se defiende la colaboración entre profesionales, pero también que cualquier cambio competencial se sustente en una evaluación rigurosa, dialogada y basada en la evidencia científica y en la seguridad del paciente.

Foto: María Jesús Lamas, directora de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS). (AEMPS/Bernabé Cordón)

El presidente de la corporación médica considera, además, que el auto de la Audiencia Nacional refuerza la posición de la OMC y confirma que su actuación ha sido “responsable, proporcionada y orientada exclusivamente a la protección de los ciudadanos y a la calidad del sistema sanitario”.

Desde la organización recuerdan que el diagnóstico y el tratamiento corresponden a la profesión médica y que la prescripción de medicamentos es un acto médico que requiere una formación de seis años de Grado en Medicina y entre cuatro y cinco años de especialización. Tanto la legislación europea como la española, subrayan, reservan esta facultad a médicos, odontólogos o podólogos, dentro de sus respectivos ámbitos de competencia, con el objetivo de proteger la calidad asistencial y la seguridad de los pacientes.

La Audiencia Nacional ha acordado suspender cautelarmente la aplicación de la guía que habilita a las enfermeras y enfermeros a indicar, usar y autorizar la dispensación de medicamentos sujetos a prescripción médica en casos de infección del tracto urinario inferior no complicada en mujeres adultas. La decisión responde al recurso presentado por la Organización Médica Colegial (OMC) contra la Resolución de 9 de agosto de 2024 de la Dirección General de Salud Pública y Equidad en Salud.

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