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Un hombre, contra el emirato de los 100.000M de dólares: ¿por qué no pagan a Youssef?
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Por excesos de la inmunidad diplomática

Un hombre, contra el emirato de los 100.000M de dólares: ¿por qué no pagan a Youssef?

La embajada de Kuwait en España fue condenada en 2019 por despido improcedente. Se niega a pagar la indemnización y utiliza la inmunidad diplomática para bloquear la ejecución de la sentencia

Foto: Youssef El Dahrawy Basha durante su protesta frente al Congreso de los Diputados. (Isabel Blanco)
Youssef El Dahrawy Basha durante su protesta frente al Congreso de los Diputados. (Isabel Blanco)

Si usted ha paseado frente al Congreso de los Diputados en las últimas semanas, quizá haya presenciado —probablemente sin saberlo— la solitaria protesta de un hombre contra un rico emirato petrolero. Con su americana azul marino y su gorra negra, se manifiesta apenas con un cartel en la mano: "Esta protesta está dirigida contra un diplomático de alto rango en la Embajada de Kuwait que se cree que estamos en la Edad Media y quiso tratarme como un esclavo". Esta es su historia.

Cualquier trabajador tiene sus derechos protegidos —entre otros instrumentos legales— por el Estatuto de los Trabajadores, pero no todos pueden confiar en que la justicia española ejecute las sentencias a su favor si estos son violados. Hay un flagrante punto ciego en la legislación laboral que deja a los empleados de embajadas extranjeras a merced de sus patrones, sin importar lo que digan los tribunales españoles. Es la indefensión en la que se encuentra Youssef, después de años batallando en los tribunales contra el Estado de Kuwait, el cuarto mayor exportador mundial de crudo, el sexto en reservas petroleras y con un PIB de más de 100.000 millones de dólares.

Youssef El Dahrawy Basha (67 años), ciudadano español de origen egipcio, trabajó durante más de dos décadas en la Embajada del Kuwait en España, hasta su despido el 20 de septiembre de 2018. En su carta de despido, la Embajada alegó que la rescisión del contrato se debía a que “su conducta” constituía “una falta muy grave”. Youssef firmó “no conforme”. Aunque no puede dar más detalles por miedo a que la misión diplomática kuwaití pueda acusarle de revelar secretos, el extrabajador asegura que su salida fue una cuestión personal. Desde entonces, pese a contar con sentencia firme a su favor desde 2019 por despido improcedente, Youssef sigue inmerso en un largo proceso judicial a ninguna parte, sin trabajo y sin indemnización. ¿Por qué el rico emirato no paga a Youssef?

placeholder Youssef El Dahrawy Basha, extrabajador de la embajada de Kuwait en España, durante una entrevista con EC. (Isabel Blanco)
Youssef El Dahrawy Basha, extrabajador de la embajada de Kuwait en España, durante una entrevista con EC. (Isabel Blanco)

La respuesta corta es "porque puede permitírselo". La larga, que permite entender por qué la justicia a veces es incapaz de aplicar su propia legislación en su territorio, se encuentra en un concepto con ecos de la Guerra Fría: la inmunidad diplomática. Pero antes, repasemos los hechos.

Una sentencia no tan firme

En noviembre de 2018, Youssef acudió al Juzgado de lo Social número 24 de Madrid y presentó una demanda por despido improcedente. Tras un intento fallido de arreglar la disputa en un acto de conciliación, se procedió a la celebración del juicio oral. La defensa kuwaití reconoció entonces la improcedencia del despido “con tal claridad” que no hubo oposición ni prueba alguna contra ella en el juicio. Así lo describe el magistrado Jacob Jiménez Gentil en la sentencia, a la que ha tenido acceso El Confidencial, y que condena a la Embajada de Kuwait en España a readmitir a Youssef o indemnizarlo con 77.681 euros por su antigüedad como trabajador desde la firma de su contrato el 1 de junio de 1995. La sentencia, del 29 de marzo de 2019, también resuelve que se le abonen 4.888 euros adicionales en concepto de finiquito por vacaciones no disfrutadas. En total, 82.569 euros.

Pese a reconocer la improcedencia del despido, la misión diplomática kuwaití se negó a aceptar la fecha que debía contar a efectos de la antigüedad del contrato de Youssef. ¿El motivo? El trabajador fue dado de alta en la Seguridad Social el 1 de junio de 1995, de baja el 31 de julio de 2014 y de nuevo de alta el 18 de agosto de 2014. Según Youssef —y el juez le dio la razón— lo que sucedió es que él comenzó trabajando como traductor, pero con un salario de administrativo. En 2008, le ascendieron a encargado consular, pero mantuvo la categoría y salario de administrativo (pese a que nunca desempeñó esas labores). Fue en ese verano de 2014 cuando pasó a la categoría de empleado consular.

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La versión de la Embajada ante el juez es que el contrato original de Youssef fue rescindido en julio 2014 y se le pagó una indemnización de 117.439 euros por el despido. Entonces, siempre según la diplomacia kuwaití, entró en vigor el nuevo contrato que reconocía a Youssef como empleado consular. Por eso, en su opinión, la fecha de antigüedad reconocida en el despido debería ser 2014 y no 1995. Este periódico ha contactado por correo electrónico y por teléfono a la Embajada de Kuwait en España para incluir sus comentarios en este artículo, pero por el momento no ha obtenido respuesta.

Sin embargo, Youssef asegura que nunca tuvo noticia de ese nuevo contrato y durante el juicio no se pudieron dar pruebas de su existencia. Para él, nada había cambiado. Siguió trabajando con normalidad, fichando a su entrada y salida en la Embajada —como probó ante el juez— y recibió su salario habitual a final de mes, con una antigüedad reconocida en la nómina desde 1995. En ningún caso —insiste— fue despedido, ni mucho menos se marchó de vacaciones, como aseguró la embajada en el juicio.

placeholder Sentencia del caso de Youssef.
Sentencia del caso de Youssef.

Para el juez, no resultó “verosímil” que los 117.000 euros abonados a Youssef en 2014 fueran el resultado de la resolución de su contrato. En su lugar, la sentencia considera mucho más probable que fueran abonados al trabajador tras su cambio de categoría laboral por la diferencia entre las labores realizadas como traductor y encargado consular y el sueldo que recibía como administrativo. La sentencia también recoge como prueba que ese pago se realizó con IRPF, del que hubiera estado exento en caso de tratarse de una indemnización. "Me abonaron la diferencia entre el salario que percibía y el que me correspondía por mis funciones", asegura Youssef.

En su escrito, el juez resuelve que si la Embajada opta por la indemnización, debe calcularse con fecha del 1/6/1995 a efectos de la antigüedad, pues es “la reconocida en todas las nóminas” y corroborada por el único contrato de trabajo firmado por Youssef. Caso resuelto. ¿No?

placeholder Detalle del cartel de protesta de Youssef. (Isabel Blanco)
Detalle del cartel de protesta de Youssef. (Isabel Blanco)

Casi dos años después, en una nueva vista celebrada en febrero de 2021, el magistrado constató que la Embajada kuwaití no había readmitido a Youssef ni había ejecutado la sentencia. Por ello, aumentó la condena al incluir los salarios que Youssef dejó de percibir desde la fecha del despido hasta la de la segunda resolución, un total de 88.219 euros, a sumar a los 82.569 euros establecidos en la condena previa. Un mes más tarde, después de que la Embajada ignorara de nuevo las resoluciones judiciales —pese a emitir un oficio y acuse de recibo de la anterior notificación—, el juez realizó otro intento de cumplir la sentencia. El nuevo auto, fechado a 9 de marzo de 2021, cifra la indemnización en un principal de 170.789 euros, más 6.831 euros y 17.078 euros en concepto de intereses y costas provisionales.

De todo ese dinero, Youssef no ha visto un céntimo. El 5 de abril de 2021, el Ministerio de Asuntos Exteriores español recibió una nota verbal de la Embajada del Estado de Kuwait en la que informaban de su negativa a ejecutar cualquier sentencia. Entra en este momento en juego la inmunidad diplomática, “establecida en el artículo 32-4 de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas”, según recoge la nota kuwaití.

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“¿Qué sentido tiene que la inmunidad diplomática sirva para esquivar las leyes laborales españolas? ¿Dónde quedan mis derechos?”, se pregunta Youssef, quien también se ha manifestado frente al Ministerio de Exteriores y ante la propia sede de la misión diplomática kuwaití. Según relata, desde la Embajada han llamado a la policía las dos ocasiones en que se ha presentado en la puerta con su cartel a cuestas y le han impedido continuar la protesta.

"Soy ciudadano español, la Constitución recoge mi derecho a una tutela judicial efectiva. Es decir, la justicia debería velar porque se cumpla una sentencia a mi favor", lamenta Youssef, invocando casi resignado el artículo 24.1 de la Carta Magna. Cada vez tiene menos esperanza en que la Embajada de Kuwait cumpla con la condena: "Me encuentro indefenso, creo que mi única posibilidad es que reaccionen si la imagen de Kuwait se ve afectada. Conociéndolos, es lo que más les importa".

Secreto a voces

“Por desgracia, es un caso más común y más frecuente de lo que de lo que parece”, explica el profesor de Derecho Diplomático y Consular, José Ángel López, a El Confidencial. En sus clases en la Universidad de Comillas utiliza casos reales de abusos del régimen de inmunidades y privilegios que otorga el estatus diplomático para que los estudiantes comprendan por qué es tan difícil ponerle el cascabel al gato: “Todos los Estados están implicados y todos se benefician”.

La Convención de Viena de 1961, ratificada por España en 1970, se trasladó al ordenamiento jurídico interno español con la sentencia del Tribunal Constitucional 107/1992. Una ciudadana estadounidense, Diana Gayle Abbott, fue despedida de su trabajo como secretaria bilingüe en la Embajada de Sudáfrica en Madrid y su caso recorrió todo el ámbito jurisdiccional español. Finalmente, el TC concluyó que no se había vulnerado el artículo 24 de la Constitución, el de la tutela judicial, porque el Convenio de Viena da cobertura a la inmunidad de las misiones diplomáticas y no se puede argüir que el ordenamiento interno es contrario a un convenio internacional.

placeholder Youssef El Dahrawy Basha. (Isabel Blanco)
Youssef El Dahrawy Basha. (Isabel Blanco)

La inmunidad diplomática protege el trabajo de los enviados extranjeros desde la Antigüedad: ya en la Grecia clásica reconocían la inviolavilidad de los heraldos y mensajeros. En algunos casos, la inmunidad se convierte en impunidad. La lista de excesos de los privilegios diplomáticos abarca desde el impago generalizado de las multas de tráfico hasta casos de acoso o abusos sexuales. No obstante, los Estados tienen la potestad de retirar la inmunidad a los miembros de sus misiones diplomáticas para que sean juzgados y las sentencias ejecutadas en el país anfitrión.

El caso de Youssef muestra, además, que la inmunidad diplomática tiene varias capas que la hacen casi infranqueable. Existe inmunidad de jurisdicción y de ejecución. Pese a que el Juzgado de lo Social número 24 de Madrid haya doblegado la inmunidad de jurisdicción, choca frente la imposibilidad de ejecutar la sentencia porque los bienes y cuentas corrientes de la misión diplomática son inembargables. La única posibilidad para Youssef sería encontrar cuentas corrientes que no estuvieran adscritas directamente a la misión diplomática de Kuwait, cuentas de naturaleza privada, “lo cual es prácticamente imposible”, explica el profesor López.

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Ante la imposibilidad de ejecutar la sentencia y la perspectiva cada vez más real de que se cierre el caso sin éxito, Youssef podría acudir al Fondo de Garantía Salarial (FOGASA), cuya función real es la de cubrir las insolvencias de los empleadores. Carmen Pérez, extrabajadora en la Embajada de Nicaragua que contó su historia a El Confidencial, vivió una situación similar que también terminó en el FOGASA, que apenas abonó un tercio de las deudas. Además de los casos de Youssef o Carmen, este periódico ha conocido el desacato de otras sentencias ignoradas por misiones diplomáticas extranjeras, pero es imposible establecer una cifra del total en España.

"Trabajar para una embajada puede ser relativamente interesante desde el punto de vista económico", reflexiona López, pero en muchas ocasiones se ignora que puedes estar más desprotegido por este régimen de inmunidades y de privilegios de lo que puedas estarlo en cualquier otro ámbito laboral, "donde en líneas generales se ejecutan todas las sentencias de todos los procedimientos", concluye el experto.

Si usted ha paseado frente al Congreso de los Diputados en las últimas semanas, quizá haya presenciado —probablemente sin saberlo— la solitaria protesta de un hombre contra un rico emirato petrolero. Con su americana azul marino y su gorra negra, se manifiesta apenas con un cartel en la mano: "Esta protesta está dirigida contra un diplomático de alto rango en la Embajada de Kuwait que se cree que estamos en la Edad Media y quiso tratarme como un esclavo". Esta es su historia.

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