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Voto por correo para las elecciones generales del 10 de noviembre: plazos y proceso

Todos aquellos que no puedan acudir a los colegios electorales en persona para emitir su voto en las próximas elecciones generales del 10 de noviembre tienen la opción de hacerlo por correo. Aunque el proceso sigue siendo el mismo que en los anteriores comicios celebrados en abril, las fechas para su solicitud y los plazos sí han cambiado en relación con estas nuevas elecciones convocadas el pasado 24 de septiembre

Desde ese mismo día se abrió el plazo para solicitar el voto por correo y los electores tendrán hasta el 31 de octubre para hacerlo. Se trata de un impreso que se puede obtener en las oficinas de Correos o rellenándolo en la página de Instituto Nacional de Estadística. Aunque para entregarlo, deberá hacerse en persona en una oficina. 

Una vez cumplido este paso, el votante recibirá por correo certificado — entre los días 21 de Octubre y 3 de Noviembre — la documentación necesaria para emitir su voto. Después, el solicitante enviará un sobre dirigido a la mesa electoral correspondiente con el certificado de inscripción en el censo electoral y el de la votación — en el que se incluirá la papeleta — en cualquier oficina postal de España.

Es en este último paso, el de remisión del voto, en el que ha habido una ampliación de plazo: del 6 al 8 de noviembre