"No lo recuerdo" y "no lo sé" fueron las frases más repetidas en la primera declaración de este miércoles en el juicio del 'procés'. El responsable de Difusión Institucional del Govern de Puigdemont, Jaume Mestre, esquivó una y otra vez las preguntas más duras de la Fiscalía respondiendo con evasivas, situación que se alargó durante más de 40 minutos. A la vista de que el cargo de la Generalitat no tenía intención alguna de ayudar a esclarecer los hechos, el presidente del tribunal, Manuel Marchena, se hartó y lanzó una advertencia: el delito de falso testimonio sobrevolaba su declaración.
La intervención del magistrado fue la siguiente: "Mire, señor Mestre, en el Código Penal el delito de falso testimonio no consiste simplemente en no decir la verdad. Cuando el testigo, sin faltar sustancialmente a la verdad, la altere con reticencias, inexactitudes o silenciando hechos o datos relevantes que le fueran conocidos, incurrirá en responsabilidad penal. El tribunal no ha valorado todavía su testimonio, no tiene todavía posibilidad porque hay que conectarlo a otras fuentes de prueba para determinar si usted está diciendo o no la verdad, pero lo que es evidente es que hay algunas preguntas que usted está eludiendo". Marchena hizo gala de mano izquierda, pero con el puño cerrado.
Su advertencia, sin embargo, no fue suficiente para que el testigo 'recuperara' la memoria. El fiscal Jaime Moreno siguió adelante con las preguntas, pero Mestre no dio respuestas claras ante las cuestiones que abordaban el posible delito de malversación en la campaña que hizo el Govern para el 1-O. "Con la venia, señoría. No voy a formular más preguntas, pero antes de terminar el interrogatorio intereso que la sala deduzca testimonio de particulares por el delito de falso testimonio al juzgado de guardia", terminó diciendo el representante del Ministerio Público.
Según explicó Marchena, la posible responsabilidad penal del testigo dependerá ahora del cruce de sus palabras con el resto de declaraciones y pruebas: "En principio, la sala ha hecho la advertencia y evidentemente la decisión material de deducir testimonio sobre la veracidad o no de su declaración tiene que tomarse en sentencia a la vista del contraste entre otras declaraciones, de otros documentos, de todo lo que son otras fuentes de prueba, y si se concluye entonces que el testigo ha dicho algo que es contrario a su deber de decir verdad, pues se podrá deducir testimonio ante el juzgado de guardia. Pero ahora no podemos anticipar una valoración probatoria porque no sabemos más allá de las inexactitudes y de las preguntas que han tenido respuesta evasiva si ha dicho o no la verdad".
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