Es noticia
Ni las furgonetas ni las motos: estos son los vehículos que la Guardia Civil y la Policía no puede registrar nunca en un control de tráfico
  1. Motor
  2. Tráfico
PROTEGIDOS POR LA LEY

Ni las furgonetas ni las motos: estos son los vehículos que la Guardia Civil y la Policía no puede registrar nunca en un control de tráfico

La Guardia Civil realiza controles de tráfico para garantizar la seguridad vial y prevenir delitos. Aunque los agentes pueden registrar vehículos, la normativa establece excepciones sorprendentes que pocos conductores conocen

Foto: Control de tráfico en Madrid (Europa Press/Eduardo Parra)
Control de tráfico en Madrid (Europa Press/Eduardo Parra)

Los controles de tráfico en las carreteras españolas se han convertido en una herramienta habitual para garantizar la seguridad vial y prevenir delitos. La Guardia Civil y otros cuerpos de seguridad realizan estas intervenciones con diferentes objetivos, que van desde comprobar el uso del cinturón de seguridad y los sistemas de retención infantil, hasta realizar pruebas de alcoholemia y drogas. Además, durante épocas específicas, como las fiestas navideñas o los puentes festivos, estos controles suelen intensificarse.

Uno de los aspectos que destacan en estos operativos es la revisión de la documentación tanto del conductor como del vehículo. Según la normativa de la Dirección General de Tráfico (DGT), es obligatorio llevar siempre el carnet de conducir, el permiso de circulación y la tarjeta de Inspección Técnica de Vehículos (ITV). Estos documentos aseguran que tanto el conductor como el coche estén en regla. Además, en estos controles, los agentes pueden buscar objetos ilegales como armas, explosivos o drogas, siguiendo lo estipulado en la Ley de Seguridad Ciudadana.

Otra de las potestades de los agentes es la capacidad de registrar vehículos cuando existen indicios de que podrían estar involucrados en actividades ilícitas. Esta medida está regulada por el artículo 18 de la Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana, que establece que “los agentes de la autoridad podrán practicar las comprobaciones en las personas, bienes y vehículos que sean necesarias para impedir que en las vías, lugares y establecimientos públicos se porten o utilicen ilegalmente armas, explosivos, sustancias peligrosas u otros objetos, instrumentos o medios que generen un riesgo potencialmente grave para las personas”. Sin embargo, esta facultad no es absoluta y encuentra una importante excepción.

Los vehículos que no pueden ser registrados

Ciertos vehículos cuentan con una protección especial que impide su registro sin una orden judicial o el consentimiento de su propietario. Tal es el caso de las autocaravanas y furgonetas camperizadas. Según el artículo 18 de la Constitución española, “el domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito”. Esto se debe a que estos vehículos no son considerados únicamente como medios de transporte, sino como viviendas, espacios donde los ocupantes desarrollan su vida privada.

El abogado especializado Miguel Ángel Mejías, conocido en redes sociales con el usuario @miguelangelmejias_, explica que “las caravanas, roulottes y furgonetas camper cuentan con un nivel adicional de protección que las diferencia de los automóviles convencionales. La clave para entender esta excepción radica en el hecho de que estos vehículos no son solo medios de transporte; sino también son espacios habitables, considerados legalmente como extensiones del domicilio”.

Esta protección no depende del lugar en el que esté estacionado el vehículo, ya sea en un camping, un área de autocaravanas o en la vía pública. Mejías aclara que “la ley no hace distinciones en cuanto a dónde se encuentre estacionado este tipo de vehículos. Ya sea en un camping, en un área de autocaravanas o en plena vía pública, su carácter de vivienda móvil prevalece, otorgándole la protección que la Constitución reserva al domicilio de cualquier ciudadano”.

Aunque las autocaravanas están exentas de los controles, en casos de flagrante delito, los agentes pueden intervenir para garantizar la seguridad

Este reconocimiento como viviendas móviles asegura que las autocaravanas y vehículos camperizados queden fuera del alcance de los registros habituales. No obstante, en casos de flagrante delito, los agentes pueden intervenir para garantizar la seguridad, siempre respetando los límites que marca la legislación.

Los controles de tráfico en las carreteras españolas se han convertido en una herramienta habitual para garantizar la seguridad vial y prevenir delitos. La Guardia Civil y otros cuerpos de seguridad realizan estas intervenciones con diferentes objetivos, que van desde comprobar el uso del cinturón de seguridad y los sistemas de retención infantil, hasta realizar pruebas de alcoholemia y drogas. Además, durante épocas específicas, como las fiestas navideñas o los puentes festivos, estos controles suelen intensificarse.

Guardia Civil Policía Nacional Dirección General de Tráfico (DGT)
El redactor recomienda