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Así deberemos adelantar a los ciclistas en carretera cuando cambie la ley de Tráfico
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Así deberemos adelantar a los ciclistas en carretera cuando cambie la ley de Tráfico

Aunque el texto no está cerrado, la ley de Tráfico y Seguridad Vial introducirá cambios para que se adelante a los ciclistas por el carril contiguo cuando haya más de uno por sentido

Foto: El cambio en la ley obligará a ocupar por completo el carril contiguo si está libre para realizar el adelantamiento a un ciclista.
El cambio en la ley obligará a ocupar por completo el carril contiguo si está libre para realizar el adelantamiento a un ciclista.

Esta semana la Comisión de Interior del Congreso aprobaba la modificación del texto de la ley de Tráfico y Seguridad Vial, y aunque su redacción no está cerrada definitivamente a la espera de su aprobación por el Senado y su posterior ratificación por parte del Congreso, todo apunta a que algunos cambios introducidos seguirán adelante, como el que afecta a la maniobra de adelantamiento a los ciclistas por parte de los vehículos, con el que los parlamentarios quieren evitar los accidentes que actualmente se producen.

Así, los grupos políticos con representación en dicha comisión aprobaron por mayoría la modificación del apartado 4 del artículo 35, para ampliar los requisitos para adelantar a un ciclista o a un ciclomotor, y además del metro y medio de distancia mínima exigido para esa maniobra en la actualidad, será obligatorio cambiar de carril siempre que la calzada tenga más de uno por sentido.

En concreto, la norma pasa a estar redactada así: "El conductor de un vehículo que pretenda realizar un adelantamiento a un ciclo o ciclomotor, o conjunto de ellos, debe realizarlo ocupando parte o la totalidad del carril contiguo o contrario, en su caso, de la calzada y guardando una anchura de seguridad de, al menos, 1,5 metros, salvo cuando la calzada cuente con más de un carril por sentido, en cuyo caso será obligatorio el cambio completo de carril. Queda prohibido adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas que circulen en sentido contrario, incluso si estos ciclistas circulan por el arcén". Hasta ahora, la ley recogía que el adelantamiento a uno o varios ciclistas debía realizarse "ocupando parte o la totalidad del carril contiguo o contrario de la calzada, pudiendo rebasar la línea continua, siempre en condiciones de seguridad y guardando una distancia de seguridad mínima de 1,5 metros", de manera que en el futuro la novedad sería la 'obligación' de ocupar por completo el carril contiguo del mismo sentido de marcha cuando esté libre, admitiéndose como hasta ahora rebasar la línea continua para usar parcial o totalmente el carril del sentido contrario cuando esté libre y la maniobra se realice con suficiente visibilidad.

En la norma vigente hasta ahora también se establece como recomendación que antes de realizar el adelantamiento a un ciclista se reduzca la velocidad a la que el vehículo circula para que la maniobra sea más segura al evitar "sorprenderle", pero desde la Dirección General de Tráfico se abogaba porque esa 'recomendación' se convirtiera en una 'obligación', proponiendo la DGT que la velocidad del vehículo que realiza el adelantamiento fuese como máximo 20 km/h superior a la del ciclista o usuario del ciclomotor adelantado; aunque finalmente esa modificación no ha sido aprobada por la Comisión de Interior del Congreso de los Diputados.

Un vistazo a la normativa actual

Un estudio reciente en torno al uso de las bicicletas en las vías públicas ponía de manifiesto que seis de cada diez españoles no conoce la normativa sobre circulación de bicicletas, incluidos cuatro de cada diez usuarios de bici. Y además del prodecimiento a seguir en los adelantamientos, próximamente modificado, la ley de Tráfico y Seguridad Vial recoge otras particularidades que conviene recordar. Por ejemplo, que en las glorietas y rotondas los ciclistas tienen prioridad de paso respecto a los vehículos de motor cuando, circulando en grupo, el primero haya iniciado ya el cruce o haya entrado en una glorieta. Es decir, cuando los ciclistas circulan en grupo son considerados como una única unidad móvil a los efectos de prioridad de paso

Asimismo, también se recoge que los ciclistas pueden circular en paralelo, en columna de a dos, siempre lo más a la derecha posible de la vía y colocándose de uno en uno en tramos sin visibilidad. Asimismo, están obligados a utilizar el arcén, en el caso de que no exista vía o parte de ella que les esté especialmente destinada. Si no hay arcén o éste no fuera transitable, los ciclistas pueden utilizar la parte imprescindible de la calzada.

En cuanto al uso de autopistas y autovías, los ciclistas tienen prohibida la circulación por las primeras, mientras que en la segundas solo podrán hacerlo por el arcén, siempre que sean mayores de 14 años y no esté específicamente prohibido por la señal correspondiente. Además, no se consideran adelantamientos los producidos entre ciclistas del mismo grupo.

Además, el uso del casco es obligatorio en vías interurbanas para todos los usuarios de bicicleta, mientras que en las vías urbanas su uso es obligatorio para los menores de 16 años tanto si son conductores como ocupantes de bicicleta. Y aunque para los mayores de 16 no sea obligatorio en ciudad, Tráfico sí recomienda su uso.

Conviene recordar también que es obligatorio para los ciclistas, tanto en carretera como en zona urbana, el uso de luz delantera y reflectante trasero en la bicicleta, así como el uso de una prenda reflectante cuando se circula de noche o en situaciones de escasa visibilidad.

Por último, los ciclistas, como el resto de conductores de otros vehículos, están obligados a someterse a las pruebas de alcohol y drogas cuando les sea requerido en un control preventivo, se encuentren implicados en un accidente de tráfico o hayan cometido alguna infracción. En estos casos solamente se les aplicará la sanción administrativa, no la detracción de puntos, ya que éstos van vinculados a un permiso de conducción. Y la ley recoge que los ciclistas, como conductores, tienen que cumplir el resto de normas establecidas en la legislación de Tráfico y Seguridad Vial, y muy especialmente cuando estén en la proximidad de peatones.

Esta semana la Comisión de Interior del Congreso aprobaba la modificación del texto de la ley de Tráfico y Seguridad Vial, y aunque su redacción no está cerrada definitivamente a la espera de su aprobación por el Senado y su posterior ratificación por parte del Congreso, todo apunta a que algunos cambios introducidos seguirán adelante, como el que afecta a la maniobra de adelantamiento a los ciclistas por parte de los vehículos, con el que los parlamentarios quieren evitar los accidentes que actualmente se producen.

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