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La nueva señal de la DGT para vehículos ya está en vigor: ¿qué significa? ¿es obligatoria?
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La nueva señal de la DGT para vehículos ya está en vigor: ¿qué significa? ¿es obligatoria?

Tráfico ha diseñado un dispositivo identificador para ciertos tipos de vehículos que está destinado a reducir al máximo las situaciones de riesgo de accidente para peatones, ciclistas o motos

Foto: Un ciclista recorre una carretera rodeado de coches. (EFE)
Un ciclista recorre una carretera rodeado de coches. (EFE)

La Dirección General de Tráfico (DGT) ha dado a conocer una nueva señal para vehículos que, lejos de ser una señalización vertical en carretera o de figurar en el asfalto, se distinguirá por ser "un dispositivo identificador exterior" para ciertos automóviles que enfatizará y marcará el lateral de los vehículos con el objetivo de obtener la máxima visibilidad mientras se circula utilizando material reflectante, con partes de color blanco, y unas especificaciones fotométricas y colorimétricas específicas en función de un estándar diseñado por Tráfico. En sintonía con la instrucción que publicó la DGT y el Ministerio del Interior a fecha del 27 de septiembre, Tráfico considera "primordial" avanzar en la protección de aquellos usuarios de carreteras considerados "vulnerables", es decir, aquellos "usuarios de la vía no motorizados, como peatones y ciclistas, así como motoristas y personas con discapacidad o movilidad y orientación reducidas", para reducir al máximo las situaciones de riesgo derivadas de su connivencia con vehículos comerciales y pesados.

En este sentido y teniendo en cuenta que "los usuarios vulnerables constituyen más del 80% de las víctimas en accidentes de tráfico en vías urbanas", la DGT ha puesto en marcha una primera medida de señalización para reducir este balance de fallecidos y víctimas graves. Se trata de una señal "voluntaria" de advertencia de peligro de ángulos muertos que entró en vigor a finales de septiembre, tras la publicación de la instrucción de Tráfico, con el objetivo de "advertir al resto de conductores que se aproximen a los vehículos señalizados" y evitar, con ello, más accidentes. De acuerdo con lo que se explica también en la 'Revista de la DGT', esta medida se enmarca en un conjunto de acciones que se están llevando a cabo en el entorno de la Unión Europea para conseguir una disminución del riesgo de accidente mediante la mejora de la visibilidad del conductor en furgonetas de reparto, autobuses y camiones.

Ya que la mayoría de situaciones de peligro que se producen en relación con un vehículo comercial o pesado nacen de "la imposibilidad de visión de los conductores sobre su entorno inmediato (laterales y parte trasera), lo que constituye los denominados ángulos muertos", puntualizan en la instrucción desde la DGT, se busca a la vez promover la instalación de sistemas avanzados de ayuda a la conducción (ADAS), "capaces de mejorar la visibilidad en los puntos ciegos y de aquellas zonas donde el conductor pueda tener dificultades de visión a la hora de maniobrar" con flotas de reparto, por ejemplo. Mientras se trabaja por ese "objetivo último", el de la mejora de la visión directa con un ADAS incorporado en todos los vehículos, la DGT considera que ayudaría a reducir riesgos y a alertar de la existencia de ángulos muertos la señalización voluntaria del vehículo a través de pegatinas adhesivas, en sintonía con los protocolos que ya se han establecido en países como Alemania o Francia.

¿Tengo que llevar el distintivo de ángulos muertos?

La nueva señal, que tiene un diseño concreto que han de seguir los fabricantes a la hora de distribuirlas y que se compone de una lámina reflectante que, además, contendrá marcas de seguridad para evitar falsificaciones, como "el escudo oficial de España y un anagrama, logotipo y marca de fábrica del fabricante de la señal retrorreflectante", se puede colocar, de forma voluntaria, en los siguientes tipos de vehículos que especifica la DGT en su instrucción:

  • Vehículos de transporte de viajeros de más de nueve plazas, incluido el conductor (M2 y M3)
  • Vehículos de transporte de mercancías de las categorías N1, N2 y N3
  • Vehículos de transporte de residuos en el ámbito urbano (N2 y N3)

En el caso de "vehículos agrícolas y forestales, vehículos de operaciones de vialidad invernal, vehículos de intervención de los servicios de gestión y mantenimiento de carreteras y, por último, vehículos a motor y vehículos remolcados en los que esté demostrada la imposibilidad estructural para colocar marcas laterales o traseras", Tráfico considera que no es de aplicación esta etiqueta, así como indica que "queda prohibida la adhesión o fijación en los vehículos de señales de advertencia de peligro de ángulos muertos no conformes a lo previsto en esta instrucción", con la excepción de aquellas reguladas en el entorno de la Unión Europea.

Foto: La UE quiere que los sistemas ADAS ofrecidos ya por muchos nuevos modelos pasen a ser obligatorios desde el próximo año.

Quienes opten por colocar el nuevo distintivo en su vehículo, deberán seguir las instrucciones que marca la DGT para su correcta visibilidad en los coches destinados a reparto, transporte de pasajeros, mercancías o residuos. "Las señales se colocarán de manera que sean visibles en todas las circunstancias y de forma que no obstaculicen la visibilidad de las placas de matrícula, las luces, los dispositivos de señalización ni el campo de visión del conductor", concretan en este sentido desde la Dirección General de Tráfico.

Así, dependiendo del tipo de vehículo, se indica cómo se deben colocar las señales: en el supuesto, por ejemplo, de manejar de autobuses y autocares, "se colocarán un total de tres señales por vehículo", una en cada lateral entre el primer metro de la parte delantera del vehículo y como máximo hasta la vertical inmediata después de la primera rueda delantera y una señal posterior en el lado derecho de la parte trasera; mientras que, en vehículos comerciales ligeros, se colocarán también tres señales, dos en los laterales "situadas en el primer metro desde la parte delantera" y una posterior en el lado derecho de la parte trasera, todas ellas a una altura de entre 0,90 y 1,50 metros del suelo. La instrucción también muestra el procedimiento a seguir en camiones rígidos, tractocamiones con remolque y vehículos de transporte con residuos.

La Dirección General de Tráfico (DGT) ha dado a conocer una nueva señal para vehículos que, lejos de ser una señalización vertical en carretera o de figurar en el asfalto, se distinguirá por ser "un dispositivo identificador exterior" para ciertos automóviles que enfatizará y marcará el lateral de los vehículos con el objetivo de obtener la máxima visibilidad mientras se circula utilizando material reflectante, con partes de color blanco, y unas especificaciones fotométricas y colorimétricas específicas en función de un estándar diseñado por Tráfico. En sintonía con la instrucción que publicó la DGT y el Ministerio del Interior a fecha del 27 de septiembre, Tráfico considera "primordial" avanzar en la protección de aquellos usuarios de carreteras considerados "vulnerables", es decir, aquellos "usuarios de la vía no motorizados, como peatones y ciclistas, así como motoristas y personas con discapacidad o movilidad y orientación reducidas", para reducir al máximo las situaciones de riesgo derivadas de su connivencia con vehículos comerciales y pesados.

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