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La DGT avisa: la nueva norma para patinetes eléctricos que llega el 26 de enero
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La DGT avisa: la nueva norma para patinetes eléctricos que llega el 26 de enero

La norma se enmarca en la Ley 5/2025, de 24 de julio, que modifica la legislación sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor

Foto: El 26 de enero marca una fecha clave para los usuarios de patinetes eléctricos y otros vehículos de movilidad personal (VMP). (EFE / J.J. Guillén)
El 26 de enero marca una fecha clave para los usuarios de patinetes eléctricos y otros vehículos de movilidad personal (VMP). (EFE / J.J. Guillén)

El 26 de enero marca una fecha clave para los usuarios de patinetes eléctricos y otros vehículos de movilidad personal (VMP). La Dirección General de Tráfico (DGT) ha recordado que este día finaliza el periodo transitorio previsto en la normativa para la aplicación de una nueva exigencia relacionada con el aseguramiento de determinados vehículos.

El aviso se enmarca en la Ley 5/2025, de 24 de julio, que modifica la legislación sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor. Esta norma introduce la obligación de asegurar algunos VMP y establece un calendario progresivo para su implantación. Desde Tráfico subrayan que no todos los patinetes están sujetos a las mismas condiciones, por lo que resulta esencial distinguir qué vehículos deben cumplir ya con esta obligación y cuáles quedan pendientes de un desarrollo reglamentario.

Qué cambia a partir del 26 de enero

Según ha comunicado la DGT, los vehículos de movilidad personal con un peso superior a 25 kg y una velocidad máxima superior a 14 km/h deberán contar obligatoriamente con un seguro, incluso aunque todavía no exista un registro específico operativo para estos vehículos.

La Ley 5/2025 contempla un periodo transitorio para este aseguramiento que finaliza el 26 de enero de 2026, tal y como recoge su disposición transitoria. En cambio, para los denominados vehículos personales ligeros, la obligación de aseguramiento queda vinculada a la creación de un registro oficial, que aún no está plenamente regulado.

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La DGT ha aclarado que el desarrollo técnico del registro de VMP ya está finalizado, pero que el Real Decreto que debe darle cobertura jurídica continúa en tramitación. El Consejo de Ministros acordó el 18 de noviembre de 2025 su tramitación por la vía de urgencia. Aunque los trámites de audiencia e información pública ya han concluido, Tráfico reconoce que no ha sido posible aprobar el real decreto antes del 2 de enero, por lo que la obligación general de inscripción queda aplazada. Hasta que el registro esté debidamente regulado y operativo, no será exigible la inscripción previa ni el aseguramiento obligatorio de los vehículos personales ligeros, salvo en los supuestos ya contemplados expresamente por la ley.

Por otro lado, la DGT recuerda que los VMP comercializados desde 2024 deben contar con certificado para su uso. Los vendidos hasta el 21 de enero de 2024 podrán circular sin dicho certificado hasta el 22 de enero de 2027. A partir de esa fecha, solo podrán hacerlo aquellos que cumplan con el manual de características y dispongan de un número de certificado VMP. Tráfico insiste en que no todo lo que se vende como patinete cumple legalmente con la definición de VMP. El Reglamento General de Vehículos define estos dispositivos como vehículos eléctricos de una o más ruedas, de una sola plaza y con una velocidad máxima por diseño comprendida entre 6 y 25 km/h.

El 26 de enero marca una fecha clave para los usuarios de patinetes eléctricos y otros vehículos de movilidad personal (VMP). La Dirección General de Tráfico (DGT) ha recordado que este día finaliza el periodo transitorio previsto en la normativa para la aplicación de una nueva exigencia relacionada con el aseguramiento de determinados vehículos.

Dirección General de Tráfico (DGT)
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