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La DGT advierte: estas son las condiciones en las que un conductor puede circular a 150 km/h en España
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La DGT advierte: estas son las condiciones en las que un conductor puede circular a 150 km/h en España

Se trata de situaciones muy específicas en las que se deben cumplir una serie de requisitos previos si no se quieren enfrentar las sanciones legales pertinentes.

Foto: Estas son las condiciones en las que un vehículo puede circular legalmente a 150 km/h (EFE/J.P.Gandul)
Estas son las condiciones en las que un vehículo puede circular legalmente a 150 km/h (EFE/J.P.Gandul)

La normativa de conducción y seguridad vial en España está gestionada principalmente por la Dirección General de Tráfico (DGT). Ella es la encargada de, entre otros elementos, fijar los límites de velocidad en los diferentes tramos y vías a lo largo y ancho de nuestro país. En este sentido, la cifra suele estar fijada, como máximo, en los 120 kilómetros por hora si se circula por autovía o autopista.

El incumplimiento de estas indicaciones va acompañado de sus consiguientes sanciones, traducidas en multas económicas y en la retirada de los puntos de carné correspondientes. No obstante, algunos conductores pueden encontrarse en situaciones concretas en las que el límite de velocidad se sitúa en los 150 kilómetros por hora, tal y como indica el Artículo 47 del Reglamento General de Vehículos.

Foto: Por ahora solo hay dos de estos en toda España (Mary Helly / Pixabay)

En este sentido, este tipo de excepciones son permisibles si se cumple con una serie de condiciones obligatorias de manera previa. De no ser así, estos usuarios no quedarán exentos de los castigos legales pertinentes. Y es que este tipo de escenarios solo se dan en sujetos y situaciones extremadamente particulares.

Límite de velocidad específico

Los únicos vehículos que podrán circular a 150 kilómetros por hora en autovía o autopista son los que se encuentran en pruebas o ensayos de investigación. Sin embargo, antes de realizar un trayecto a dicha velocidad, se debe cumplir con una serie de requisitos previos de manera obligatoria si no quiere enfrentarse a las sanciones efectivas.

Foto: Evita pagar 200 euros de multa (Jackson David / Pexels)

En primer lugar, deben contar con una autorización previa de la DGT en la que se especificará el tipo de prueba, el recorrido seguido y el horario en el que se llevará a cabo, entre otros datos. Dicha solicitud deberá realizarse con una antelación de 72 horas. Por otro lado, los vehículos empleados en el ejercicio deberán indicar su propósito con una señal v12 visible para el resto de conductores. Se trata de dos placas colocadas en ambas matrículas en las que se muestran las siglas “F.V”.

Por último, este tipo de pruebas no deben tener lugar en vías urbanas, travesías ni tramos con señalización de velocidad reducida. Por otro lado, la vía no puede estar cerrada al público general sin una autorización específica. La DGT podrá supervisar la realización de la prueba si lo cree conveniente, asegurándose, entre otros asuntos, de que es llevada a cabo por un técnico especializado experto en ejercicios con vehículos a gran velocidad.

La normativa de conducción y seguridad vial en España está gestionada principalmente por la Dirección General de Tráfico (DGT). Ella es la encargada de, entre otros elementos, fijar los límites de velocidad en los diferentes tramos y vías a lo largo y ancho de nuestro país. En este sentido, la cifra suele estar fijada, como máximo, en los 120 kilómetros por hora si se circula por autovía o autopista.

Dirección General de Tráfico (DGT)
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