España cuenta con el doble de exenciones en el uso del cinturón en los coches que Suecia
La normativa comunitaria es muy estricta en lo que a elementos de seguridad para niños se refiere, sin embargo, en el caso de los adultos, el texto vigente es más genérico y queda al criterio de cada país
El uso del cinturón de seguridad en los vehículos es una de las normativas a la que más atención prestan los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado, dado que este es el dispositivo más importante, según la Organización Mundial de la Salud (OMS). En concreto, este elemento pasivo reduce en un 50% el riesgo de fallecimiento y en un 75% la probabilidad de padecer lesiones graves, tal y como reflejan los datos de la Dirección General de Tráfico (DGT).
Sin embargo, su uso no siempre ha sido obligatorio en España y cada país adopta una regulación diferente al respecto. Así, en la actualidad los conductores se pueden encontrar con países en los que no existe exención alguna de su uso, como Chipre o Letonia, mientras que otros, como Suecia, ofrecen hasta tres motivos por los cuales es legal no usarlo. En el caso de España, con siete exenciones (contando la que se aplica a los viajeros de autobuses), es uno de los países que contempla exenciones en la media de Europa (8), aunque lejos de Países Bajos (2) o de Letonia y Chipre.
En España, la normativa que regula el uso de los cinturones en las plazas delanteras data de 1974, dado que este fue el año en el que entró en vigor un cambio que modificaba el código de circulación de 1934. A partir de ese año se hizo obligatorio el uso para los conductores y copilotos, pero no fue hasta 1992 cuando se obligó al uso de los sistemas de retención en las plazas traseras, así como a su uso en núcleos urbanos.
La normativa en cada país
En el año 2018, un 23% de los fallecidos en accidentes de tráfico que viajaban en turismo o furgoneta no llevaban puesto el cinturón de seguridad, a pesar de ser obligatorio. No obstante, su uso no siempre está recomendado, por lo que, en el caso de España, estas excepciones aparecen reflejadas en el Reglamento General de Circulación, cuya vigencia data de 2003. Pero cada país aplica sus propias normas al respecto, así que mientras Croacia cuenta con una única excepción, que existan motivos médicos, otras regiones como Chipre o Letonia no contemplan ningún tipo de permisividad.
Las exenciones más curiosas
La normativa comunitaria que se aplica en la actualidad sobre los sistemas de retención cuenta con dos características curiosas, dado que por un lado es muy estricta en lo que a niños se refiere, pero muy genérica para los adultos. Por este motivo es por el que existen diferentes exenciones llamativas que varían en función de cada país de Europa, siendo las siguientes, las más relevantes:
- Estonia: conductores que circulen por un firme helado (carreteras trazadas sobre el mar, ríos o lagos helados).
- Grecia: ocupantes de vehículos que realicen servicios de restauración.
- Italia: ocupantes de los vehículos policiales públicos, los de los servicios de seguridad privada y aquellos dedicados a la recogida de residuos.
- Liechtenstein: conductores que circulen a menos de 25 km/h.
- Noruega: usuarios de aparcamientos y zonas privadas (en España, los aparcamientos utilizados por un colectivo indeterminado de conductores son vías incluidas dentro del ámbito de aplicación de la Ley de Tráfico).
- Reino Unido: pasajeros de un vehículo comercial que esté investigando una avería.
El uso del cinturón de seguridad en los vehículos es una de las normativas a la que más atención prestan los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado, dado que este es el dispositivo más importante, según la Organización Mundial de la Salud (OMS). En concreto, este elemento pasivo reduce en un 50% el riesgo de fallecimiento y en un 75% la probabilidad de padecer lesiones graves, tal y como reflejan los datos de la Dirección General de Tráfico (DGT).