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Las irregularidades en la Ordenanza de Carmena: "Es un despropósito"
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según automovilistas europeos asociados

Las irregularidades en la Ordenanza de Carmena: "Es un despropósito"

Eliminación de la tarjeta del SER, incongruencia en las restricciones al Madrid Central, la ilegalidad de los patinetes o el pago de la tasa... Una norma polémica desde su nacimiento

Foto: Las irregularidades en la Ordenanza de Carmena. (EFE)
Las irregularidades en la Ordenanza de Carmena. (EFE)

"Un despropósito". La nueva Ordenanza del Ayuntamiento de Madrid que pondrá en marcha la limitación de circulación en la zona Madrid Central contiene numerosos "fallos e ilegalidades", según denuncia a El Confidencial Mario Arnaldo, director general de Automovilistas Europeos Asociados (AEA). "No contempla únicamente que solo pueden obtener autorización de residentes para el SER (Servicio de Estacionamiento Regulado) los propietarios de 'pick ups' y furgonetas, excluyendo a los propietarios de turismos, sino que también pretende poner en marcha las restricciones de Madrid Central antes de que sea obligatorio el distintito ambiental".

Pero hay más. Según Arnaldo, el Ayuntamiento de Madrid no tiene aún competencia para regular la circulación de patinetes eléctricos como ha hecho la Ordenanza. Además, la obligatoriedad y el pago de los cinco euros que cuesta el distintivo ambiental no cuenta con la habilitación legal necesaria.

Foto: Varios turistas se desplazan por la Plaza Mayor en un vehículo tipo 'segway'. (Reuters)

Los turismos no aparecen

"En el Pleno ni lo han leído ni saben qué han aprobado", explica Arnaldo para llamar la atención sobre el grave error formal cometido por el Ayuntamiento. Porque, además de la ampliación de las restricciones a Madrid Central que entra en vigor a partir del 30 de noviembre, la Ordenanza también regula la autorización de estacionamiento en el SER. ¿Y cuál es el error? La norma se ha olvidado de incluir a los turismos. El Art. 52 reza: 'Autorización de estacionamiento. 1. Residentes. Las autorizaciones se otorgarán previa solicitud de la persona interesada, acreditando el cumplimiento de los requisitos y el abono de la tasa fijada en la correspondiente Ordenanza Fiscal. a) Se otorgará una única autorización a cada residente. El vehículo deberá estar clasificado por criterios de construcción en el Reglamento General de Vehículos como pick-up, furgoneta de hasta 3.500 Kg de MMA, derivado de turismo o vehículo mixto adaptable'. "Para los turismos, la inmensa mayoría de los vehículos que tienen los residentes, se han olvidado, lo han suprimido", explica Arnaldo, con lo cual "le podrían poner una multa a un conductor con un turismo porque han suprimido que los propietarios de turismos, dentro del SER, puedan obtener la tarjeta de residente".

En Madrid hoy hay censados -con datos de 2017- 1.377.797 turismos, de los cuales 234.168 (con datos del mismo año) cuentan con tarjetas de residente del SER. Se suprimen, por tanto, la autorización a casi 250.000 vehículos "porque no se ha contemplado la categoría de turismos en la ordenanza, y también impide obtenerla potencialmente a casi un millón de vehículos cuyos propietarios tendrían ese derecho. Si no supiera que la han aprobado por la mañana, se diría que ha sido aprobada en una sobremesa en un pleno", explica en tono de broma el propio Arnaldo para referirse a este importante error formal.

"Si no tengo obligación de llevar el distintivo hasta dentro de seis meses, cómo me van a poder exigir que acredite la condición de mi coche para circular"

El distintivo, en seis meses

Pero la norma incurre también en contradicciones que provocarán confusión a la hora de la entrada en funcionamiento de las restricciones al tráfico en Madrid Central. ¿Puede un ayuntamiento como el de Madrid ampliar las zonas de acceso restringido (como el Barrio de las Letras, por ejemplo)? Estas áreas se han ampliado a lo que ahora es Madrid Central. ¿Puede hacer esta restricción? "Sí, está dentro de su competencia", explica Arnaldo, para apuntar a continuación la contradicción entre la fecha de entrada en vigor de las restricciones de acceso a partir del 30 de noviembre con la entrada en vigor de la obligatoriedad del distintivo ambiental que deben llevar los vehículos.

En este último sentido, la Disposición Transitoria primera de la Ordenanza establece como 'requisitos ambientales generales para la circulación y estacionamiento de vehículos. 1: la obligación general del artículo 6.1 de exhibición del distintivo ambiental que identifica la clasificación ambiental del vehículo según su potencial contaminante, entrará en vigor a los seis meses de la publicación oficial de esta Ordenanza, resultando exigible desde el primer momento para los distintivos de cualquier futura categoría de clasificación ambiental'. Es decir, que durante unos meses la entrada en vigor en la práctica de la ordenanza y las restricciones de acceso a Madrid Central quedarían en el limbo. "Si yo no tengo hoy obligación de llevar el distintivo hasta dentro de seis meses, como me dice la propia ordenanza, cómo me van a poder exigir que acredite la condición de mi vehículo para poder circular", denuncia Arnaldo.

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Sin habilitación legal para el cobro

Pero el cobro del distintivo también podría ser ilegal, como explica el director general de AEA, tras haber realizado un profundo estudio jurídico. "Hasta ahora, el distintivo ambiental se incorporó al Reglamento de Vehículos en julio, pero era voluntario. Del total de vehículos censados en Tráfico, 18,5 millones tienen distintivo ambiental. De esta cifra, Tráfico mandó a 4,5 millones gratuitamente ese distintivo a los domicilios. Pero quedan 14 millones que no lo tienen distintivo, y que Tráfico no ha enviado. El resto, cuando se haga obligatorio por los Ayuntamientos como el caso de Madrid, se cobran 5 euros cada uno. Es un negocio de 70 millones de euros, lo que están cobrando a la gente ahora".

Pero al margen de estas cifras, que el distintivo que han de llevar los vehículos sea obligatorio da lugar a que su establecimiento deba de ser habilitado por ley al tratarse de tasas o precios públicos. "Y no hay Ley que haya dicho: 'Oiga, por expedición del distintivo, cinco euros'. ¿Dónde está la ley que ha creado esta tasa, este precio público?", denuncia Arnaldo. "El distintivo antes era voluntario, pero al ser algo obligatorio, ¿dónde está la habilitación legal para cobrar ese precio? En Francia, por ejemplo, cobran tres euros y medio. Desde AEA estamos investigando la legalidad del cobro por ese distintivo, porque no está previsto en la Ley, y no hay ley ninguna que ampare el cobro de la tasa".

"La Ordenanza regula los patinetes a motor, y de acuerdo con el Reglamento General de Circulación, estos patinetes no pueden circular ni por la calzada"

Patinetes a motor, ilegales

El Ayuntamiento de Madrid también habría excedido sus competencias al regular el uso de los patinetes eléctricos dentro de la Ordenanza. "Toda la regulación de patinetes es ilegal. De acuerdo con el Reglamento General de Circulación (la norma estatal), ninguna ordenanza municipal puede alterar, desvirtuar o ir en contra de dicho Reglamento. Y la norma regula los patinetes a motor, y de acuerdo con dicha norma estatal, estos patinetes no pueden ir ni por la calzada. Tienen que ir por una zona habilitada y reservada para ellos. La nueva Ordenanza les autoriza a ir por la calzada, cuando esta habilitación es ilegal. Y aunque Tráfico pretende regular en el futuro este aspecto, hoy por hoy es ilegal. El Ayuntamiento no pueden anticiparse hasta que se modifique la norma estatal, y luego cada ayuntamiento dentro de su término municipal. Pero en Madrid han ido a su aire".

Hablando de aire y su calidad, uno de los objetivos de la nueva Ordenanza, Arnaldo denuncia otra incongruencia. "Si el objetivo es reducir la contaminación, al analizar los vehículos de los residentes, AEA ha comprobado que uno de cada cuatro que no tienen distintivo son contaminantes. Usted impide la circulación de vehículos aunque vengan con una etiqueta, pero a los residentes se les permite circular por Madrid Central hasta el 2025. Si el 25 por ciento de los vehículos censados en esta zona restringida son contaminantes, no sé que estamos haciendo, porque les permite la circulación".

Según Mario Arnaldo, "le pedimos al Ayuntamiento que paralice la Ordenanza, le pedimos que haga una nueva lectura. Como organización de defensa de los conductores, tenemos dos meses desde que se publicó el 23 de octubre en el Boletin de la Comunidad de Madrid. Si no se solventan las irregularidades, incongruencias, e ilegalidades, recurriremos la Ordenanza al Tribunal Superior de Justicia". La polémica está servida.

"Un despropósito". La nueva Ordenanza del Ayuntamiento de Madrid que pondrá en marcha la limitación de circulación en la zona Madrid Central contiene numerosos "fallos e ilegalidades", según denuncia a El Confidencial Mario Arnaldo, director general de Automovilistas Europeos Asociados (AEA). "No contempla únicamente que solo pueden obtener autorización de residentes para el SER (Servicio de Estacionamiento Regulado) los propietarios de 'pick ups' y furgonetas, excluyendo a los propietarios de turismos, sino que también pretende poner en marcha las restricciones de Madrid Central antes de que sea obligatorio el distintito ambiental".

Ayuntamiento de Madrid Manuela Carmena
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