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AEA pide la supresión de las "multas de tráfico en diferido" en la Reforma de la Ley
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MADRID LO HACE HABITUALMENTE DE FORMA ILEGAL

AEA pide la supresión de las "multas de tráfico en diferido" en la Reforma de la Ley

El Gobierno prepara un cambio radical en la Ley de Seguridad Vial por el cual se va a permitir lo que se denomina “multas en diferido”

El Gobierno prepara un cambio radical en la Ley de Seguridad Vial por el cual se va a permitir lo que se denomina “multas en diferido”. O dicho de otra forma, que los agentes sin tener que parar al conductor supuestamente infractor, y sin ninguna otra prueba, podrán enviar a casa las correspondientes multas, sea cual sea el hecho sancionado, un giro prohibido, no poner el intermitente, no ceder el paso, o llevar la música muy alta, hablar por el móvil, no ceder en un paso de cebra…

Con ello, los agentes ya no tendrán que estar tan pendientes del tráfico, parar a los infractores y hacer la denuncia,y solo estarán con una libreta y un bolígrafo apuntando a todo el que supuestamente haga algo mal. En todo caso, siempre se aplicará la presunción de veracidad que tienen los agentes encargados del control de tráfico.

Por ello, la organización de defensa de los conductores,Automovilistas Europeos Asociados (AEA)ha pedido a todos los grupos parlamentarios con representación en la Comisión de Interior del Senado que presenten enmiendas a esta reforma que se tramita en el Senado. En concreto se pide la supresión de la modificación número trece del Proyecto de Ley de modificación del texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, que fueaprobada a finales de año por el Congreso.

Con esta modificación se pretendeautorizar a los agentes que puedan formular denuncias en diferido sin tener que parar en el acto a los infractores, sea cual sea la infracción supuestamente cometida.

A juicio deAEA,"esta modificaciónno obedece a ninguna razón de seguridad vial sino que lo que pretende es dar cobertura legal a la actuación ilegalllevada a cabo durante varios años por el Ayuntamiento de Madrid al formular más de 600.000 denuncias argumentando una causa que, ni estaba justificada, ni estaba prevista en la Ley, para no tener que parar en el acto a los conductores."

Sobre esta cuestión elTribunal Superior de Justicia de Madridya se pronunció mediante una sentencia de 8 de marzo de 2012,declarando nulala modificación número 58, art. 99, d) de la Ordenanza de Movilidad aprobada por el Ayuntamiento en el año 2010,quetenía idéntica redacciónque la que ahora se quiere introducir en la Leysobre Tráfico. En breve, el Tribunal Supremo debía pronunciarse sobre este mismo tema, pero si finalmente se aprueba la nueva Ley, ya no tendría sentido que lo hiciera.

AEAconsidera que si se aprueba definitivamente la modificación legal propuesta se deja a los automovilistas españoles en unaabsoluta situación de indefensión jurídica- ya que se les privadel derecho a recabar en el momento de ocurrir los hechos las pocas pruebas que la ley permite frente a la omnímoda presunción de veracidad que tienen las denuncias de los agentes.

A juicio de Arnaldo, presidente de AEA,"con ello se permite la impunidad de los infractores porque al no identificar en el acto al conductor se puede atribuir la autoría de estas infracciones a personas que no han tenido ninguna participación. Por eso se dice que desde la implantación del permiso por puntos, España se ha convertido en el país de la UE con las abuelas más infractoras al aparecer como responsables de infracciones cometidas por su hijos o nietos."

El plazo de presentación de enmiendas en el Senado alProyecto de Leypor el que se modifica el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo,finaliza hoy y el plazo máximo para que sea devuelto al Congreso para su aprobación definitiva y publicación en el BOE está previsto para el próximo 24 de marzo.

El Gobierno prepara un cambio radical en la Ley de Seguridad Vial por el cual se va a permitir lo que se denomina “multas en diferido”. O dicho de otra forma, que los agentes sin tener que parar al conductor supuestamente infractor, y sin ninguna otra prueba, podrán enviar a casa las correspondientes multas, sea cual sea el hecho sancionado, un giro prohibido, no poner el intermitente, no ceder el paso, o llevar la música muy alta, hablar por el móvil, no ceder en un paso de cebra…

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