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Varapalo jurídico a la DGT
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200.000 EMBARGOS PODRÍAN SER ILEGALES

Varapalo jurídico a la DGT

La DGT, la Generalitat de Cataluña y el Ayuntamiento de Madrid han sufrido un importante varapalo legal cuando el Tribunal Económico Administrativo de Castilla y León

Foto: Varapalo jurídico a la DGT
Varapalo jurídico a la DGT

La DGT, la Generalitat de Cataluña y el Ayuntamiento de Madrid han sufrido un importante varapalo legal cuando el Tribunal Económico Administrativo de Castilla y León ha anulado un embargo a un conductor al que se le había notificado una sanción anterior al 24 de noviembre de 2010 a través del Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico, más conocido por TESTRA.

La resolución del TEAR de Castilla y León  acepta íntegramente los argumentos de la  organización de defensa de los conductores Automovilistas Europeos Asociados (AEA) que fue la que recurrió dicho embargo. Lo más importante es que esta resolución sienta un importante precedente y que según advierte la citada asociación existen otros 200.000 expedientes sancionadores que han sido tramitados indebidamente por el mismo sistema.

Básicamente el problema es que el TESTRA fue creado el 24 de noviembre de 2010 pero se ha utilizado, indebidamente según señala esta resolución, para notificar expedientes sancionadores anteriores a dicha fecha y eso es lo que hace irregular su gestión y el posterior embargo de la cuenta.

En su resolución, el TEAR considera que “la notificación regulada en el art. 77.3 de la Ley sobre Tráfico, en su redacción dada por la Ley 18/2009, de 23 de noviembre (…) sólo procedía desde el 24 de noviembre de 2010 según la Disposición final séptima de dicha Ley”, y dado que al tratarse de un expediente iniciado con anterioridad no consta que, después de dos intentos para notificar la resolución de un recurso de alzada en el domicilio del interesado, “se procediera a su publicación en el BOE ni a su exposición en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de su último domicilio (…) éste Tribunal, entiende, que la sanción no ha sido válidamente notificada”.

Por ese motivo el tribunal acuerda estimar la reclamación y, en consecuencia, anula el cobro ejecutivo de la multa que Hacienda deberá devolver con los intereses legales correspondientes, porque –según se indica en el fundamento de derecho séptimo de la resolución- “la notificación de la resolución del recurso de alzada no se ha practicado en el diario oficial procedente.”

Esta resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional (TEAR) de Castilla y León, resuelta ahora favorablemente para el automovilista injustamente embargado, es la primera que se produce en España y avala la denuncia que desde el primer día de funcionamiento del TESTRA realizó la organización de defensa de los conductores, Automovilistas Europeos Asociados (AEA).

Tanto la Dirección General de Tráfico como el Servicio Catalán de Tráfico y el Ayuntamiento de Madrid han utilizado regularmente el TESTRA para publicar notificaciones de expedientes sancionadores iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de la ley que cambió el procedimiento sancionador en materia de tráfico, a fin de ahorrarse -lo antes posible- el coste de los anuncios en los diarios oficiales tradicionales. 

Por el contrario, el que lo hizo bien fue el Gobierno Vasco, que sí hizo una interpretación correcta de la ley y no empezó a publicar anuncios de sanciones en el TESTRA hasta nueve meses más tarde, ya que sólo utilizó este sistema para notificar excepcionalmente los expedientes sancionadores iniciados a partir del 24 de noviembre de 2010 en los que no había sido posible la notificación personal en el domicilio de los ciudadanos. 

Importantísimo precedente jurídico

Para el presidente de AEA, Mario Arnaldo esta resolución del Tribunal Económico-Administrativo de Castilla y León supone un importantísimo precedente jurídico y pone en evidencia –una vez más- el poco respeto que tienen las Administraciones como la DGT, el Servei Catalá de Tránsit o el Ayuntamiento de Madrid por las garantías jurídicas de los automovilistas, por lo que ya es hora no sólo de pedir la devolución de las multas indebidamente cobradas sino de empezar a exigir responsabilidades personales de quienes adoptan decisiones manifiestamente ilegales.”

AEA estima que en estos cerca de dos años de existencia del Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico (TESTRA), distintas administraciones con competencia en materia de tráfico, como la DGT, el Servei Catalá de Tránsit o el Ayuntamiento de Madrid, han realizado más de 200.000 publicaciones edictales correspondientes a expedientes sancionadores iniciados con anterioridad al 24 de noviembre de 2010.

Expedientes cuya cancelación puede solicitarse, siempre que el interesado no se haya dado por notificado y haya presentado algún escrito siguiendo el consejo de algunas empresas que se dedican a la captación de clientes a través de la localización de infracciones publicadas en los boletines oficiales.

En este sentido AEA quiere recordar, una vez más, que el sistema de notificación de las multas a través de los boletines oficiales es un sistema excepcionalísimo” y que de acuerdo con la doctrina del Tribunal Constitucional “a nadie se le puede obligar a leer a diario los boletines oficiales para ver si su nombre aparece o no publicado”.

La DGT, la Generalitat de Cataluña y el Ayuntamiento de Madrid han sufrido un importante varapalo legal cuando el Tribunal Económico Administrativo de Castilla y León ha anulado un embargo a un conductor al que se le había notificado una sanción anterior al 24 de noviembre de 2010 a través del Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico, más conocido por TESTRA.