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Herencias: ¿Es legal pagar el impuesto de sucesiones con el dinero de la cuenta del fallecido?
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RESPONDE LA ABOGADA NURIA OCAÑA

Herencias: ¿Es legal pagar el impuesto de sucesiones con el dinero de la cuenta del fallecido?

Muchos herederos se preguntan si es posible pagar el Impuesto de Sucesiones utilizando el dinero de la cuenta del fallecido. Una abogada especializada en herencias aclara esta cuestión y explica qué dice la ley

Foto: La eterna pregunta de los herederos a la hora de pagar el impuesto de sucesiones (iStock)
La eterna pregunta de los herederos a la hora de pagar el impuesto de sucesiones (iStock)

Recibir una herencia no solo implica adquirir bienes, sino también afrontar una serie de trámites administrativos y fiscales. Uno de los principales costes asociados es el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, un tributo que se debe liquidar en un plazo de seis meses desde el fallecimiento. Sin embargo, esto puede suponer un problema para muchos herederos, pues no todos disponen de liquidez suficiente para abonarlo.

Muchos herederos se encuentran en la disyuntiva de cómo hacer frente a este gasto sin haber accedido todavía a los fondos del fallecido. La ley establece que las cuentas del difunto quedan bloqueadas hasta que se acredita la condición de heredero y se justifica el pago de los impuestos, lo que puede generar incertidumbre entre los beneficiarios. Además, la cantidad a pagar varía en función del valor de la herencia, el grado de parentesco y la comunidad autónoma en la que se tribute.

Foto: Un heredero único firmando las escrituras en la notaría (iStock)

Ante esta situación, surge una pregunta clave: ¿es posible utilizar el dinero de la cuenta del fallecido para pagar el Impuesto de Sucesiones? Una cuestión que genera dudas y que ha sido respondida por la abogada especialista en herencias y divorcios Nuria Ocaña Pérez, quien ha explicado en sus redes sociales qué dice la ley al respecto.

La respuesta de la abogada Nuria Ocaña

La experta ha abordado esta cuestión en su perfil de TikTok, donde ha aclarado que sí es posible pagar el impuesto de sucesiones con los fondos del fallecido. Según sus palabras, “se pueden cargar tanto el impuesto de sucesiones como las plusvalías mortis causa de los bienes”. Esto supone un alivio para muchos herederos que no disponen de liquidez inmediata para hacer frente a este pago.

Además, la abogada ha explicado que “se pueden cargar perfectamente en una cuenta bancaria del causante”, despejando así las dudas de quienes temen no poder utilizar estos fondos para cumplir con sus obligaciones fiscales. No obstante, recomienda que cada caso sea revisado por un profesional que pueda asesorar adecuadamente a los herederos sobre los trámites a seguir.

Como señala Ocaña, se pueden cargar a la cuenta bancaria del fallecido "tanto el impuesto de sucesiones como las plusvalías mortis causa de los bienes"

Por tanto, aunque la cuenta bancaria del fallecido queda bloqueada en términos generales, los bancos permiten que se utilicen los fondos para liquidar este impuesto, siempre y cuando se presenten los documentos pertinentes. Como señala Ocaña, contar con asesoramiento legal especializado puede evitar problemas en la tramitación de la herencia.

Recibir una herencia no solo implica adquirir bienes, sino también afrontar una serie de trámites administrativos y fiscales. Uno de los principales costes asociados es el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, un tributo que se debe liquidar en un plazo de seis meses desde el fallecimiento. Sin embargo, esto puede suponer un problema para muchos herederos, pues no todos disponen de liquidez suficiente para abonarlo.

Herencia Impuesto de Sucesiones y Donaciones
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