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La presidenta de Gescartera defiende su absolución por sus cargos decorativos

EFE - 28/09/2009 12 : 58

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Madrid, 28 sep (EFE).- La presidenta de Gescartera, Pilar Giménez-Reyna, solicitó hoy al Tribunal Supremo que le absuelva en el caso de la agencia de valores, ya que tenía cargos "formales y decorativos" y desconocía la retirada de dinero de los clientes por parte del propietario de la sociedad, Antonio Camacho.

Ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo, su letrado, Agustín Tornos, sostuvo que Giménez-Reyna merece la absolución por haberse vulnerado su derecho a la presunción de inocencia, ya que la condena a tres años y seis meses de prisión que se dictó contra ella por complicidad en la apropiación indebida "se asienta única y exclusivamente" en sus dietarios, y no en los testimonios escuchados durante el juicio, que "fueron sin excepción de pleno descargo".

En su sentencia de marzo de 2008, la Audiencia Nacional consideró probada su incriminación en los hechos por los "deberes inherentes a los cargos detentados" por Giménez-Reyna -vicepresidenta hasta 2000 y presidenta-, así como por "la actividad desarrollada" en la agencia de valores y por "el contenido de las notas de sus diarios".

En cambio, su letrado defendió ante el Supremo que de esos dietarios se desprende que estaba informada del expediente que había abierto la CNMV a Gescartera, "lo que no quiere decir que conociera el fraude masivo".

"Siendo cierto que fue presidenta y vicepresidenta, nunca tuvo poderes de actuación, ni notariales ni de otro tipo, ni acudió a ningún consejo de administración, sencillamente porque nunca se celebraron", añadió el abogado Agustín Tornos, que insistió en la "conducta neutral" de Giménez-Reyna, hermana del entonces secretario de Estado de Economía, Enrique Giménez-Reyna.

También consideró que la sentencia de la Audiencia Nacional fue en cualquier caso "forzada e incluso sofisticada" en la pena que impuso a Giménez-Reyna, que a su juicio no fue cómplice ni cometió "omisiones" por lo que "debería haber recibido una pena de un año y seis meses de prisión".

Por su parte, el número dos de Gescartera, José María Ruiz de la Serna, también pidió su absolución por considerar sin base la sentencia de la Audiencia Nacional, que constató la existencia de un déficit patrimonial en Gescartera sin haber analizado la situación entre 1992 y 1998, y se excedió al hacerle responsable de todo el déficit de la agencia de valores desde su creación en 1992, cuando sin embargo empezó a trabajar en la empresa seis años después.

Ruiz de la Serna fue condenado a 10 años y medio de prisión por apropiación indebida y falsedad documental al considerar probado la Audiencia Nacional que obstaculizó la supervisión de la CNMV y que intervino en la operativa bursátil relativa a emisión de órdenes de compraventa y asignación de valores adquiridos.

Este extremo fue negado por la letrada de Ruiz de la Serna, Antonia Flores, quien afirmó que los testigos sostuvieron durante el juicio que "nunca dio órdenes sobre la operativa o sobre que había que imputar beneficios o pérdidas a clientes".

Además, negó que hubiera podido cometer falsedad de documento mercantil, ya que sólo solicitó un certificado de fondos de Bankinter, lo que "no puede decirse que sea una falsedad documental".

Asimismo denunció la vulneración de los derechos fundamentales del número dos de Gescartera, ya que no se le aportaron "documentos esenciales" para su defensa "lo que ha causado una gravísima indefensión".

También pidieron la revocación de la sentencia de la Audiencia Nacional el apoderado y subdirector general Francisco Javier de la Sierra Flor (condenado a seis años y medio de prisión), el asesor fiscal Julio Rodríguez Gil (condenado a seis años) y Aníbal Sardón, propietario de Asesoría y Gestión de Patrimonios (AGP), condenado a 9 años de cárcel.

La defensa de Sierra de la Flor insistió en que "no obtuvo ni un solo beneficio de su nombramiento o actividad", ya que recomendó a toda su familia depositar los ahorros de toda su vida en Gescartera, y defendió que su actividad "se limitó a firmar unos talones que venían confeccionados ya desde el departamento de contabilidad".

Por su parte, el letrado de Aníbal Sardón sostuvo que "era un mero representante de una empresa comercial, de las 14 que tenía Gescartera" y denunció que la Audiencia Nacional sólo tuvo en cuenta las retiradas de dinero que efectuó, pero no las inversiones realizadas. EFE ecm/prb/ero (foto) (audio) (vídeo)

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