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Cómo proteger sus ahorros si llega un momento "¡exprópiese!"
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Cómo proteger sus ahorros si llega un momento "¡exprópiese!"

"Hemos tenido inversores que querían abrirse cuentas en el extranjero, otros que querían llevarse parte del dinero en efectivo a su caja fuerte..."

Foto: Un gel de manos a disposición de los miembros de una Comisión del Congreso. (Reuters)
Un gel de manos a disposición de los miembros de una Comisión del Congreso. (Reuters)

"Toda la riqueza del país en sus distintas formas y sea cual fuere su titularidad está subordinada al interés general (Artículo 128 de la Constitución)". Aparentemente, un tuit reflejando un artículo de la Carta Magna no debería generar ninguna controversia. Pero en función del autor y el momento, puede provocar una peligrosa cascada de dudas e incertidumbre.

Y es lo que ha pasado entre muchos ahorradores españoles, después de que Pablo Iglesias lanzara dicho mensaje el pasado domingo y se reafirmara después en una entrevista en televisión. "La Constitución está para aplicarla, no para enseñarla", añadió, lo que para más de uno sonó casi a amenaza de políticas más duras con el ahorro privado y la inversión en favor de lo general.

La incertidumbre se prolongó por las redes a toda velocidad. La mañana del lunes, horas después del tuit inicial del vicepresidente del gobierno, el término "corralito" se convirtió en tendencia en Twitter. Y a lo largo de la semana en muchos blogs y webs de finanzas se han visto numerosas preguntas como esta "¿Cómo se puede poner a salvo el dinero depositado en el banco, ante una hipotética confiscación por parte del gobierno?".

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Las palabras de Iglesias también han sido la causa de que muchos asesores financieros se hayan pasado la semana intentando tranquilizar a los clientes, tratando de convencerles de evitar alarmismos. "Sí, ha habido muchas llamadas de gente preocupada", reconoce un asesor de una entidad de banca privada que prefiere no ser citado. "Hemos tenido inversores que querían abrirse cuentas en el extranjero, otros que querían llevarse parte del dinero en efectivo a su caja fuerte... Hubo un cliente que sacó 50.000 euros y nos dijo que era para pagar una reforma que iba a hacer en casa, cuando ahora está toda la actividad parada".

¿Qué hacer si se quiere estar preparado para lo peor? ¿Cómo proteger el ahorro en estos tiempos? Para empezar, los asesores recuerdan que en España el dinero en cuentas y depósitos está protegido hasta 100.000 euros por titular y entidad. Por lo tanto, aún en el caso de que la crisis se alargara y el aumento de la morosidad pusiera en riesgo algún banco, esta cantidad estaría garantizada por el Fondo de Garantía de Depósitos (FGD).

Pero ¿habría suficiente dinero para cumplir con esta promesa en el escenario improbable de que cayera una gran entidad? En la memoria resuenan las palabras del anterior gobernador del Banco de España, Luis María Linde, cuando reconoció que si hubiera caído Banco Popular es "muy dudoso que el FGD hubiera tenido fondos suficientes para hacer frente a esas pérdidas". Aun así, la recomendación es clara: no superar esos 100.000 euros en una única cuenta y, si es posible, diversificar entre distintas entidades.

Otro consejo para los más nerviosos es invertir una parte de los ahorros en fondos de inversión de perfil muy defensivo. Primero, porque estos productos no están dentro del balance de las entidades financieras y, aún en escenario de quiebra, no se verían afectados. Y segundo, porque permite invertir de un modo sencillo en otras divisas, para así reducir el riesgo que supondría una catástrofe financiera en entidades locales.

Así lo ve Borja Nieto, CEO y cofundador de Micappital: "Creemos que donde más seguro están los ahorros es en fondos diversificados a nivel global y siempre que sean internacionales. Así nos aseguramos que, si por un escenario apocalíptico volviéramos a la peseta, a la hora de reembolsarlo se haría en dólares, por ejemplo". Aunque aquí hay que tener en cuenta en todo caso que se asume el riesgo de que las monedas en las que invertimos puedan perder valor.

Entre los productos de este tipo, se encontrarían los fondos de renta fija a muy corto plazo en dólares, francos suizos o coronas noruegas, entre otras. Y, si se quiere ser especialmente prudente, mejor en los fondos domiciliados en otros países, como Luxemburgo, que se pueden contratar desde entidades españolas. Así, las medidas confiscatorias resultarían más complejas de ejecutar que entre los registrados en España, explican los expertos.

¿Y cuentas en el extranjero? "Nosotros tenemos filial en Miami y a los clientes que se ponen más nerviosos les damos la opción de abrirse cuenta allí", comentan desde un banco español. "No es la primera vez que nos pasa, ya vimos comportamientos similares en la crisis de deuda europea de 2012 y en los meses posteriores a la quiebra de Lehman Brothers", añaden.

En este caso, sería más complicado actuar para el fisco, pero no escaparía de su control, ya que desde 2013 existe la obligación de informar a Hacienda de los bienes y derechos que tienen en el extranjero con el modelo 720. Una norma, promovida por Cristóbal Montoro en 2013 para luchar contra el fraude fiscal, que conlleva unas multas tan elevadas que han sido repudiadas por la Comisión Europea, pero que de momento sigue vigente.

Otra opción que los expertos se plantean es invertir en depósitos de otros países europeos, aunque "también sabemos que si el estado te lo quiere confiscar seguramente pueda hacerlo igualmente", explica Nieto, de Micappital. Plataformas como Raisin ofrecen precisamente la posibilidad de acceder a depósitos de distintas entidades internacionales desde su aplicación. Eso sí, los asesores aconsejan vigilar bien el nivel de solvencia de cada entidad y no dejarse llevar por ofertas con intereses demasiado altos, que pueden llevar un riesgo mayor asociado.

Todos los expertos consultados, en cualquier caso, insisten en un mensaje de tranquilidad. Recuerdan que, incluso un contexto de políticas extremas si la situación se complica, a España no le quedaría más remedio que pedir rescate a Europa y la Unión Europea establecería unas condiciones que no permitirían medidas confiscatorias para el ahorro.

"Toda la riqueza del país en sus distintas formas y sea cual fuere su titularidad está subordinada al interés general (Artículo 128 de la Constitución)". Aparentemente, un tuit reflejando un artículo de la Carta Magna no debería generar ninguna controversia. Pero en función del autor y el momento, puede provocar una peligrosa cascada de dudas e incertidumbre.

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