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Hacienda incide en la información para deducir comisiones de custodia en fondos
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CONFIRMA QUE SON DEDUCIBLES

Hacienda incide en la información para deducir comisiones de custodia en fondos

La Dirección General de Tributos confirma que las comisiones de administración y depósito son deducibles para los inversores. Recuerda que no sirve para la gestión de carteras

Foto: María Jesús Montero, ministra de Hacienda. (Efe)
María Jesús Montero, ministra de Hacienda. (Efe)

Hacienda confirma que las comisiones de custodia en fondos son deducibles. La Dirección General de Tributos responde a una consulta vinculante de CaixaBank especificando que estas comisiones, que cobran cada vez más bancos por la inversión en fondos de terceros, podrá usarse para rebajar la base imponible en la declaración de la renta, tal y como avanzó este medio en agosto. La Agencia Tributaria perderá ingresos ya que estas comisiones oscilan entre el 0,3% y el 0,75% en función del servicio y cada vez son más populares. Pero, a su vez, llevan aparejadas IVA.

La respuesta vinculante especifica se refiere a la "deducibilidad en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del gasto de administración y custodia de participaciones y acciones de instituciones de inversión colectiva cobrado por la consultante y, en su caso, compensación del rendimiento del capital mobiliario negativo que pudiera derivarse de la deducción de dicho gasto". La conclusión es clara, a diferencia de lo ocurrido en otras ocasiones sobre la industria de activos bajo gestión, como con los ETF. En este caso, son comisiones deducibles.

Foto: Fachada de una oficina de la Agencia Tributaria.

La consulta de CaixaBank se refiere a un contrato en el que asume obligaciones de "remitir o poner a disposición del cliente la documentación informativa que, conforme a lo previsto en la normativa reguladora de las instituciones de inversión colectiva tenga derecho a recibir; incluir en los expedientes de fondos del cliente todas las acciones o participaciones resultantes de las operaciones que este realice, así como las que resulten de eventos corporativos propios de las instituciones; informar al cliente del cobro de intereses, dividendos y cualesquiera operaciones financieras que afecten a las instituciones de inversión colectiva custodiadas; comunicar al cliente las operaciones financieras y demás eventos corporativos publicados por las gestoras de las instituciones a efectos de adopción de decisión por mismo y en ausencia de instrucciones intervenir con la finalidad de salvaguardar los derechos económicos del cliente".

En este sentido, señala que "las funciones descritas pueden considerarse incluidas dentro del concepto de administración y depósito". Hacienda, por lo tanto, incide en la información en su respuesta vinculante, lo que podría ser determinante para las obligaciones que deban asumir también otros bancos que cobran comisiones de custodia si sus clientes quieren deducirse el gasto.

Foto: Foto: Istock.

Aunque no estaba encima de la mesa, Hacienda cita el texto de la Ley 35/2006 sobre el IRPF para recordar que las cuantías cobradas por una gestión discrecional e individualizada de carteras de inversión no serán deducibles. Es decir, para no dejar dudas, la decisión sirve exclusivamente para comisiones de administración y depositaría (custodia) que se cobran a los clientes que operan de forma activa, sin la participación del banco en la gestión o el asesoramiento de sus inversiones.

CaixaBank, Santander, BBVA o Sabadell cobran comisiones de custodia para la inversión en fondos de terceros, en distintos servicios. BBVA lo hace con una plataforma de arquitectura abierta, mientras que el resto la tiene para clientes de banca privada que optan por comprar productos de otras gestoras a través de su operativa. A cambio, suelen acceder a clases limpias o más baratas de los fondos. Es decir, lo que pagan de custodia se lo ahorran en comisiones de gestión o retrocesiones. En función del tipo de fondo, compensa al reducir el coste total o lo aumenta.

Hacienda confirma que las comisiones de custodia en fondos son deducibles. La Dirección General de Tributos responde a una consulta vinculante de CaixaBank especificando que estas comisiones, que cobran cada vez más bancos por la inversión en fondos de terceros, podrá usarse para rebajar la base imponible en la declaración de la renta, tal y como avanzó este medio en agosto. La Agencia Tributaria perderá ingresos ya que estas comisiones oscilan entre el 0,3% y el 0,75% en función del servicio y cada vez son más populares. Pero, a su vez, llevan aparejadas IVA.

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