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La CNMV recuerda que sancionará "los fallos en la custodia de información privilegiada"
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La CNMV recuerda que sancionará "los fallos en la custodia de información privilegiada"

El regulador anuncia nuevos cambios y también recuerda algunos puntos sobre las implicaciones a la hora de retener, publicar y gestionar información privilegiada

Foto: El presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), Sebastián Albella. (Reuters)
El presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), Sebastián Albella. (Reuters)

Las autoridades continúan trasponiendo los reglamientos europeos al mercado de valores español. La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha comunicado el martes una serie de cambios y recordatorios en España que llega desde el nuevo marco normativo europeo sobre la información relevante y privilegiada, resaltando especialmente la gestión interna de la información privilegiada y el proceso de publicación.

La institución presidida por Sebastián Albella ya anunció el pasado diciembre, también en función con la forma de funcionar a nivel europeo, que iba a dejar de publicar la suma de las posiciones cortas sobre las empresas cotizadas, a la vez que en octubre anunciaba el requisito de incluír el índice de referencia en el Documento de Datos Fundamentales de los fondos para diferenciar mejor entre los productos de inversión activa y los que se hacen pasar por activa pero que, en realidad, son fondos indexados con comisiones altas.

Foto: Gestión de Fondos.

El marco normativo europeo en materia de abuso de mercado está en vigor desde 2016 y, sin embargo, solo se ha adaptado completamente a la regulación española este 23 de noviembre, a través del Real Decreto-ley 19/2018. Asimismo, "el legislador español ha optado por determinadas soluciones entre las permitdas por el marco normativo europeo en algunos casos concretos", además de introducir "diversas modificaciones en el régimen sancionador relativo al abuso de mercado" y derogar expresamente "algunas especialidades aplicables a las empresas cotizadas en este ámbito que no eran compatibles con dicho marco normativo europeo".

Dentro de los puntos expresados, el regulador hace hincapié en varios cambios y recordatorios. En primer lugar, se ha eliminado la regla anterior que establecía que los emisores debían publicar la información inmediatamente tras la adopción de una decisión, acuerdo o contrato. Sin embargo, solo se puede retrasar la publicación cuando la difusión inmediata pueda perjudicar los intereses legítimos del emisor, la demora no induzca al público a confusión o engaño y el emisor esté en condiciones de garantizar su confidencialidad.

Foto: Bolsa de Madrid (Efe)

El supervisor español ha incidido especialmente en el requisito de que el emisor esté en condiciones de garantizar la confidencialidad, que debe ser evaluado "de forma especialmente estricta por los emisores". Además, las informaciones privilegiadas cuya publicación se haya retrasado debe ser comunicada "tan pronto como sea posible" si aparecen noticias o rumores suficientemente precisos como para indicar que la confidencialidad ya no está asegurada.

Según detalla el regulador en el comunicado, el cumplimiento de este deber implica que los emisores que estén retrasando la difusión de una información deben seguir la evolución en el mercado de sus valores y las noticias y rumores que les afecten de modo que tengan capacidad de reacción inmediata ante rupturas de la confidencialidad. Es decir, que quieren sean las empresas las que tomen la iniciativa de aclarar informaciones y no que sea de forma sistemática la CNMV la que se la tenga que requerir en caso de que haya información privilegiada en el mercado.

No hay que desmentir rumores falsos

La CNMV ha puntualizado que los emisores de valores no están obligados, salvo requerimiento expreso del organismo, a desmentir rumores falsos o sin base real, y que el régimen sancionador vigente en materia de abuso de mercado —"que tras la reforma es especialmente exigente" dice— es también de aplicación a los incumplimientos relacionados con fallos en la custodia de la información privilegiada y a los retrasos en su publicación que no cumplan las condiciones legales establecidas

Por otro lado, se ha eliminado el deber de los emisores de contar con un reglamento interno de conducta, aunque la CNMV sigue considerando "una buena práctica" que las entidades mantengan las normas internas y adopten medidas y procedimientos orientados a propiciar un mejor cumplimiento de las obligaciones y prohibiciones legales en materia de abuso de mercado.

El organismo presidido por Sebastián Albella ha retirado de su página web el documento sobre criterios para la gestión de noticias y rumores difundidos sobre valores cotizados publicado en 2009, ya que se basaba en el anterior marco normativo. Además, tiene previsto habilitar una opción en la aplicación Cifradoc que permita al emisor indicar que una información privilegiada que se remite para su publicación fue objeto de demora.

Las autoridades continúan trasponiendo los reglamientos europeos al mercado de valores español. La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha comunicado el martes una serie de cambios y recordatorios en España que llega desde el nuevo marco normativo europeo sobre la información relevante y privilegiada, resaltando especialmente la gestión interna de la información privilegiada y el proceso de publicación.

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