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Los últimos trucos del año para pagar menos a Hacienda por sus inversiones financieras
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Los últimos trucos del año para pagar menos a Hacienda por sus inversiones financieras

Sólo quedan dos semanas para dejar atada, y bien atada, la próxima declaración. Un 'truco' a nuestro favor es la compensación de rentas financieras

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Sólo quedan dos semanas para que, con la ley en la mano, cuadremos nuestras inversiones para rebajar lo máximo posible las cuentas que saldaremos con Hacienda en primavera.La deducción por vivienda, para todos aquellos que adquirieron una vivienda antes de enero de 2013, y las aportaciones a planes de pensiones son dos clásicos a los que recurren muchos ahorradores en las últimas semanas del año, con la vista puesta en la próxima declaración de la renta.

Pero hay otras vías, menos populares por su mayor complejidad, pero que todo inversor puede utilizar en su propio beneficio. Se trata de la compensación de rendimientos del capital mobiliario y ganancias o pérdidas patrimoniales.Para simplificar estos complejos palabros, Abante Asesores ha elaborado un caso práctico donde se muestra cómo rebajar la factura fiscal.

En esencia, la compensación de rentas consiste en aprovechar las pérdidas que hayan podido tenerse conacciones, fondos de inversión, derivados, divisas o inmuebles; para rebajar las ganancias conseguidasen otras inversiones. Pero siempre respetando dos reglas máximas: sólo se puede restar entre pares y los número rojos de un año podemos utilizarlos durante los cuatro ejerciciossiguientes.

Esto significa que los rendimientos de capital mobiliario (cuentas corrientes, depósitos, intereses, dividendos, etc.)sólo se pueden compensar con rendimientos negativos; y que las ganancias derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales (los supuestos más frecuentes son acciones cotizadas y fondos de inversión) sólo se pueden compensar con pérdidas de desinversiones anteriores.

Caso práctico: cómo reducir la factura fiscal

Por ejemplo, imaginemos un inversor que en 2013 ha tenido un rendimiento del trabajo (fundamentalmente, su sueldo) de 50.000 euros y unas ganancias patrimoniales por la venta de acciones de 3.000 euros; más otros35.000 euros por la desinversión en un fondo; y 5.000 euros por dividendos (recordemos quelos 1.500 euros primeros están exentos).

Como se puede comprobar en el siguiente cuadro, la suma de todas estas ganancias obligaría a tener que pagar a Haciendala friolera de23.118 euros la próxima primavera.

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¿Qué podría hacer este inversor tipopara reducir el impacto fiscal?Por ejemplo, los 3.500 euros que harecibido por dividendos (la diferencia hasta los 5.000 citados antes son esos 1.500 primeros exentos) los podríacompensarcon la venta de un bono, un estructurado o un seguro que le genere una pérdida similar.

En el caso de los 35.000 euros del fondo de inversión, al tratarse de una ganancia patrimonial a más de un año, debe compensarse con una pérdida patrimonial procedente de la venta de una acciones, un inmueble y otro fondos de inversión que se hubiera comprado hacer más de un año.

Así, por ejemplo, nuestromodelo puede generar una pérdida patrimonal a más de un año por la venta de unas acciones de 20.000 euros, lo que reduce su factura con Hacienda por el fondo de inversión a 15.000 euros tributables. Si, además, presentase otros 500 euros en pérdidas por la venta de unas acciones, el impacto fiscal de los títulos que le habían reportado una ganancia de 3.000 euros quedaría reducido a 2.500 euros.

Desempolvar las pérdidas del pasado

El resumen de todos estos ajustes es que, como puede verse en el siguiente cuadro, con todas estas compensaciones, logramos reducir en 6.364 euros nuestra cuenta con Hacienda, ya que el impacto fiscal disminuirá a 16.754,63 euros.

Pero, como dice el refranero español, “hecha la ley, hecha la trampa”, y eran muchos los que vendían con pérdidas, con el único objetivo de mejorar su factura fiscal, e inmediatamente volvían a adquirir los mismos valores.

Para evitar esta trampa, se crearon las normas antiaplicación, que obliga a quienes venden con pérdidas valores cotizados –acciones, títulos de renta fija y fondos de inversión- a no poder "declarar dicha minusvalía siha comprado títulos homogéneos durante los dos meses anteriores o si va a comprarlos durante los dos meses posteriores al momento de la venta con la minusvalía”, explican desde Abante.

Perono poder declarar la minusvalía no significa que se pierda, sino que puede guardarse y utilizarse en el futuro, en concreto, durante los cuatro ejercicios siguientes, cuando se realice una nueva venta en la que no concurran las condiciones que lo impiden. Por eso, en estas últimas semanas del año, no sólo conviene desempolvar lo ganado/perdido durante el año, sino también los números rojos de años anteriores.

Para comprender esta casuística, Abante pone un ejemplo en el que un inversor presenta unos rendimientos negativos y unas pérdidas patrimoniales; ante lo que decide aprovechar el crédito fiscalpara rebajar la factura de este ejercicio.

Por ejemplo, el inversor tipo del que estamos hablando tiene unos rendimientos negativos del capital mobiliario pendientes de compensar de ejercicios anteriores de 3.000 euros por la venta de un bono que compró en 2010, se puede cruzarcon rendimientos positivos generados por la venta de un bono, un estructurado o un derivado; así como con un cupón o dividendo.

Así, si este declarante tuviera este año 2013 un rendimiento positivo de 3.000 euros por la venta de un bono o un estructurado, podría compensarlo totalmente con esta pérdida del pasado. Pero no sólo eso, sino que todavía contaría con un año más de prórroga para beneficiarse de estos números rojos, ya que al haberse generado en 2010, se puede aprovechar hasta 2014.

En el caso de las pérdidas patrimoniales a más de un año, se pueden compensar con ganancias patrimoniales derivadas de acciones, fondos, inmuebles o derivados. En el caso de nuestro ejemplo, si el inversor tuvieraunas pérdidas patrimoniales pendientes de compensar de ejercicios anteriores por la venta de unas acciones de 5.000 euros de2009, podría compensarlas por la ganancia patrimonial de 4.000 euros generada con la venta de unas acciones que fueron adquiridas hace dos años.

Pero, a diferencia de las pérdidas de3.000 euros anteriores, que todavía contaban con un año más para ser compensadas, en estos 5.000 euros de números rojos, losque no se compensen ya se pierden, porque se generaron en 2009 y, por tanto, 2013 es el último ejercicio para poder cruzarlos.

En cualquier caso, ya sea compensando todas o parte de las pérdidas pasadas, el hecho de que se tenga cuatro años para poder compensarlas es toda una oportunidad para jugar con nuestras inversiones teniendo en cuenta tanto nuestras finanzas, como nuestra fiscalidad. Eso sí, recordando siempre la máxima de los pares y los tiempos.

Como regla general, podría resumirse así: las ganancias patrimoniales a más de un año derivadas de la transmisión de elementos patrimonialespueden compensarse con pérdidas generadas por la venta de acciones, inmuebles, derivados o fondos que hubieran sido comprados hace más de un año; y cuando esas ganancias son a menos de un año, se tienen que compensar con pérdidas de productos adquiridos hace menos de un año.

Sólo quedan dos semanas para que, con la ley en la mano, cuadremos nuestras inversiones para rebajar lo máximo posible las cuentas que saldaremos con Hacienda en primavera.La deducción por vivienda, para todos aquellos que adquirieron una vivienda antes de enero de 2013, y las aportaciones a planes de pensiones son dos clásicos a los que recurren muchos ahorradores en las últimas semanas del año, con la vista puesta en la próxima declaración de la renta.

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