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Los 10 puntos clave de la última reforma de Buen Gobierno... y sus consecuencias
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Los 10 puntos clave de la última reforma de Buen Gobierno... y sus consecuencias

La propuesta que ha elaborado el grupo de expertos puede convertir en ley una serie de aspectos clave que limitarán, y mucho, la impunidad de los consejos

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El Gobierno ya lo tiene en su mesa. El pasado viernes, el consejo de ministros recibió oficialmente el documento de trabajo que un grupo de expertos, encabezado por la presidenta de la CNMV, Elvira Rodríguez, ha elaborado para convertir en ley algunas recomendaciones de Buen Gobierno. Se acabó el 'cumplir o explicar', eshora de 'obligar', de terminar con la impunidad de los consejos de administración y de dar más voz a las juntas de accionistas para ver si así ejercenmás su voto.

El resultado de esta reflexión ha sido un documento de casi 100 páginas, titulado "Estudio sobre propuestas de modificaciones normativas", que todavía está pendiente de ser convertido en ley. Tras la tramitación parlamentaria, todo o parte de este documento terminará incorporándose al cuerpo legislativo nacional, algo que se prevé que esté listo antes de terminar el año.

También para entonces, el mismo grupo de expertos que ha hecho este trabajo reformará el actual Código Unificado, más conocido como Código Conthe por el ex presidente de la CNMV que le dio forma, para incluir aspectos de los que actualmente carece y para actualizarlo, ya que todos esos puntos que se conviertan en ley dejarán de formar parte del Código, porque ya serán de obligado cumplimiento.

De ahí que sea interesante conocer cuáles son los puntos más importantesque, salvo sorpresa durante la tramitación parlamentaria, pasarán a engrosar la normativa española en los próximos meses. Aquí están diez de los más importantes:

1-. La obligatoriedad de contar con una comisión de nombramientos y retribuciones y evaluar anualmente el desempeño del consejo: como las deficiencias en los consejos de administración han sido puestas en evidencia durante esta crisis, esta medida busca, por una parte, obligar a las compañías a fichar a los mejores (no a los amigos), de ahí que se deba contar con una comisión de nombramientos y retribuciones, y por otra, corregir las deficiencias gracias a la evaluación anual.

2-. Reducirde 6 a 4 años del mandato de los consejeros y limitar por ley a 12 años el mandato de los independientes en las cotizadas: esta medida va en línea con la anterior y busca evitar que los consejos se conviertan en reuniones de amigos para ser órganos que periódicamente se sometan al juicio tanto de expertos independientes como de sus propios accionistas, que serán quienes juzguen si los administradores se han ganado seguir ahí, o no. Además, en el caso de los independientes, se entiende que después de tanto tiempo (12 años) se ha perdido esa condición de independencia, aunque se podrá continuar en el consejo bajo otra categoría -externo o dominical-.

3-. Existencia de un lead director que vigile al presidente cuando éste sea, además, el primer ejecutivo del grupo: hay una corriente de Buen Gobierno que defiende que el presidente y el primer ejecutivo deben ser dos figuras separadas para equilibrar poderes, sin embargo, al no haber evidencia empírica de que esta práctica garantice una mejor gestión de las compañías, el grupo de expertos ha optado por permitir que pueda aglutinarse todo el poder en una misma persona, pero a cambio de que haya un consejero independiente, conocido como lead director, que le haga de contrapeso.

4-. Votación de la retribución del consejo: es uno de los grandes cambios y de los puntos que más debate ha generado, ya que toca lo que más duele: el bolsillo. Después de que hace unos meses se introdujera, por ley, la obligación de publicar las remuneraciones del consejo de maneraindividualizada y no sólo las cobradas, sino las devengadas, ahora llega otra vuelca de tuerca, al someter al voto vinculante de la junta la política de retribuciones del consejo cada tres años. Además, anualmente se consultará sobre las remuneraciones pagadas y, si ésta sale en contra, deberá volver a presentarse una nueva política de retribuciones, aunque no hayan transcurrido los tres años citados.

5-. Transparencia en la información: se han introducido medidas en esta línea tanto en la documentación que seda a los consejeros, como en la información que debe facilitarse a la junta de accionistas, incluyendo las propuestas de acuerdo, que deberán estar disponibles desde el mismo momento de la convocatoria de la asamblea,sobre todo, cuando se vaya a votar el nombramiento de algún administrador.

6-. Se establecen facultades indelegables del consejo y se le obliga a mantener al menos cuatro reuniones al año:entre las facultades indelegables destaca la política de control y gestión de riesgos, dos de los aspectos que más han quedado en entredicho en la actual crisis económica.

7-. Reducir a 1.000 acciones la limitación al derecho de asistencia: éste es uno de los puntos más demandados por los expertos en Buen Gobierno desde hace tiempo, ya que es una de las prácticas de las que más han abusado los consejos de administración para blindarse en sus puestos y callar a los accionistas.

8-. Votación separada de los nombramientos y reelecciones de cada consejero: esta modificación enlaza con las dos primeras, ya que obliga a las compañías a retratarse antes sus accionistas con los candidatos que eligen para ser consejeros, ya que deberán hacer una propuesta fundamentada, que incluya un informe de la comisión de nombramientos y retribuciones, en el que sejustifique por qué la empresa cree quees la persona preparada para el puesto. Con toda esa información, los inversores serán quienes decidan, cada cuatro años, si se merece el puesto.

9-. Se detallan los deberes fiduciarios de los administradores: con esta medida se aclara un vacío o nebulosa legal que había hasta ahora y que ha permitido a algunos administradores escurrir sus responsabilidades alegando, casi, que ellos 'pasaban por ahí', que estaban de 'convidados de piedra', como tristemente se ha podido veren los escándalos de algunas cajas de ahorro.

10-. Se facilita la impugnación, pero se ponen contrapesos para evitar abusos: en las sociedades no cotizadas, se reduce del 5% al 3% el capital necesario para impugnar la junta, mientras que en las cotizadas se recorta del 1% al 0,1%,unos porcentajes lo suficientemente pequeños como para facilitar la participación de los accionistas, pero que al mismo tiempo suponen poner un listón mínimo que evite abusos.

El Gobierno ya lo tiene en su mesa. El pasado viernes, el consejo de ministros recibió oficialmente el documento de trabajo que un grupo de expertos, encabezado por la presidenta de la CNMV, Elvira Rodríguez, ha elaborado para convertir en ley algunas recomendaciones de Buen Gobierno. Se acabó el 'cumplir o explicar', eshora de 'obligar', de terminar con la impunidad de los consejos de administración y de dar más voz a las juntas de accionistas para ver si así ejercenmás su voto.

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