Rastreo de activos, comités de acreedores y empresarios en el foco: Europa da una vuelta a las quiebras
España tiene hasta comienzos de 2029 para trasponer la nueva Directiva de insolvencias con la que Europa quiere una armonización de mínimos de las leyes de insolvencia de los Estados miembro
El Consejo de la Unión Europea ha dado luz verde hace unos días a una nueva directiva europea que busca armonizar los aspectos clave de las normas de insolvencia en todos los países europeos. Se trata de la segunda directiva en materia de reestructuraciones e insolvencia con la que se quiere reducir la complejidad de las normas nacionales, maximizar el valor que los acreedores puedan recuperar de una empresa insolvente y aumentar la eficiencia en los procedimientos. La directiva entrará en vigor el próximo 21 de abril y los países europeos tienen de plazo hasta el 22 de enero de 2029 para trasponerla.
"Se trata de un avance muy relevante hacia la armonización del marco concursal en la Unión Europea. La directiva contribuye a reducir la fragmentación normativa y a reforzar la seguridad jurídica, lo que resulta clave para fomentar la inversión transfronteriza y avanzar en la integración de los mercados de capitales", explica Manuela Serrano, presidenta de la Asociación de Administradores Concursales y Expertos en Reestructuración e Insolvencia (Aspac). "Además, incorpora mejoras concretas en ámbitos como la localización de activos, los procedimientos pre-pack o las acciones rescisorias, que tendrán un impacto directo en la eficiencia de los procedimientos y en la maximización del valor recuperable".
Serrano considera que la nueva directiva "supone una evolución clara del papel del administrador concursal, especialmente en un entorno cada vez más internacionalizado", y explica que se le va a dotar de herramientas más eficaces para la localización de activos y la preparación y ejecución de operaciones de transmisión de unidades productivas. "Además, este nuevo marco impulsa una intervención más temprana en situaciones de insolvencia, lo que exigirá una mayor capacidad de anticipación y especialización por parte de los profesionales", añade.
La presidenta de Aspac cree que la directiva es una oportunidad para perfeccionar el sistema concursal español. "Será especialmente relevante avanzar hacia una mayor claridad y homogeneidad en la regulación de mecanismos como la transmisión de empresas en funcionamiento, así como reforzar los instrumentos de recuperación de activos en un contexto transfronterizo. También convendrá revisar determinados aspectos del régimen de impugnación de operaciones y el desarrollo del papel de los acreedores en el procedimiento. Todo ello deberá abordarse garantizando la coherencia con la actual Ley Concursal y evitando generar complejidad adicional. Desde Aspac ya hemos constituido un grupo de trabajo para aportar la experiencia práctica de nuestros asociados en este proceso".
Tal y como ha señalado el Consejo de la Unión Europea en un comunicado, la directiva busca armonizar la normativa europea de insolvencias en seis áreas concretas. En primer lugar, están las acciones rescisorias, que permitirán impugnar transacciones hechas por el deudor antes de la quiebra con el objetivo de proteger el patrimonio. La normativa española ya contempla la posibilidad de rescindir actuaciones sospechosas del deudor, pero la directiva va a obligar a España a introducir un plazo de prescripción de tres años, algo que no había hasta ahora.
En segundo lugar, la directiva regula el rastreo de activos, una de las novedades más relevantes. Los administradores concursales van a poder solicitar a las autoridades europeas los registros de cuentas bancarias y también buscar activos de empresas insolventes. España tiene la obligación de nombrar a una autoridad que canalice estas peticiones.
También es relevante la regulación de los procedimientos 'pre-pack', algo muy demandado hasta la fecha por los profesionales del sector. Un procedimiento 'pre-pack' es aquel en el que una empresa solicita el concurso con una oferta de venta conjunta, de manera que se dan más posibilidades de supervivencia a la compañía al tiempo que se mantiene, en la mayoría de casos, la totalidad del empleo. Hasta ahora, esto no estaba regulado de forma detallada. Los jueces mercantiles de Barcelona fueron pioneros en su momento al hacer pública una guía de 'best practices' sobre esta práctica.
Los procedimientos 'pre-pack' tendrán dos fases: una primera de preparación, que tendrá carácter confidencial, donde se identificará a un posible comprador antes de la declaración oficial de insolvencia. En la segunda fase, que se iniciará con la apertura del procedimiento de insolvencia, se autorizará y ejecutará la venta de la compañía. El proceso deberá contar con un supervisor independiente que esté totalmente desvinculado del deudor.
La cuarta materia que va a armonizar es la de las obligaciones de los administradores de las compañías, que deberán solicitar el concurso de la empresa en un plazo de tres meses desde que se constate la existencia de dificultades financieras. Esto ya está recogido en la ley española, que obliga a hacerlo en un plazo de dos meses, por lo que España ya cumple en este sentido. Lo que sí resulta más novedoso es que, de no hacerlo, los administradores asumirán una responsabilidad por el deterioro que causen a la empresa y a los acreedores. Ahora mismo, lo más parecido que hay es la calificación culpable del concurso de acreedores.
Por otro lado, la directiva impone la creación de los comités de acreedores con el fin de reforzar la participación de los acreedores individuales en los procedimientos. Esta es también, sin lugar a dudas, una de las grandes novedades, dado que no hay nada parecido en la ley española. Estos comités estarán compuestos por una representación de todos los acreedores, incluidos los transfronterizos y los trabajadores. Tendrán derecho a ser oídos por el administrador concursal (especialmente en asuntos sensibles, como la venta de la unidad productiva) y a acceder a la información del procedimiento que requieran.
Por último, la normativa europea aboga por la transparencia e impone a cada Estado miembro que publique fichas de información esencial en las que expliquen con detalle su régimen de insolvencias. El objetivo es que todos los interesados puedan consultar la normativa de cada país de manera rápida para ofrecer una mayor previsibilidad a deudores y acreedores, especialmente cuando sean transfronterizos.
El Consejo de la Unión Europea ha dado luz verde hace unos días a una nueva directiva europea que busca armonizar los aspectos clave de las normas de insolvencia en todos los países europeos. Se trata de la segunda directiva en materia de reestructuraciones e insolvencia con la que se quiere reducir la complejidad de las normas nacionales, maximizar el valor que los acreedores puedan recuperar de una empresa insolvente y aumentar la eficiencia en los procedimientos. La directiva entrará en vigor el próximo 21 de abril y los países europeos tienen de plazo hasta el 22 de enero de 2029 para trasponerla.