El informe de la CNMC contra la venta de Expal se incorpora a la causa en el Supremo
El Alto Tribunal admite como prueba la resolución de Competencia que declara como lesiva, es decir, contraria al interés público, la autorización que dio luz verde a la compra de Expal por 1.200 millones de euros
Tanques diseñados por Rheinmetall. (Reuters/Benoit Tessier)
El Tribunal Supremo recaba más artillería en el pleito que examina la autorización de Moncloa a la compra de Expal Systems por parte del gigante armamentístico alemán Rheinmetall. El Alto Tribunal ha acordado incorporar al procedimiento la resolución de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) que declaró lesiva —es decir, contraria al interés público— la autorización que el propio regulador concedió en 2023 para la operación.
En un auto fechado el 25 de febrero de 2026, consultado por El Confidencial, la Sala de lo Contencioso-Administrativo acepta incorporar a los autos esa decisión del organismo que preside Cani Fernández en el recurso presentado por el consorcio franco-alemán KNDS contra el acuerdo del Consejo de Ministros que autorizó la operación. La resolución de Competencia cuestiona el visto bueno inicial concedido a la compra de Expal por 1.200 millones de euros al considerar que se adoptó sobre información incompleta.
El tribunal considera procedente unir la resolución de lesividad al procedimiento para su valoración cuando se dicte sentencia, aunque descarta paralizar el proceso judicial a la espera de que la Audiencia Nacional resuelva el procedimiento derivado de esa decisión del regulador. En consecuencia, mantiene el calendario del litigio y fija para el 21 de abril de 2026 la votación y fallo del recurso contra la autorización del Gobierno en cuanto a control de concentraciones.
La resolución del Supremo añade un nuevo capítulo a la batalla judicial que rodea la mayor operación corporativa del sector de la munición en España en los últimos años. Como adelantó Vozpópuli, el consorcio KNDS —participado por el Estado francés y el fabricante alemán Krauss-Maffei Wegmann— recurrió ante el alto tribunal el aval del Ejecutivo a la operación, al considerar que podía perjudicar el suministro de insumos estratégicos a fabricantes europeos y de la OTAN.
El grupo franco-alemán sostiene que la adquisición de Expal por Rheinmetall altera el equilibrio industrial en la cadena de suministro de munición en Europa y podría limitar el acceso de otros fabricantes a materiales explosivos esenciales. Antes de la compra, Expal suministraba determinados insumos a distintos actores del sector, incluidos competidores de Rheinmetall.
La inédita declaración de lesividad
El litigio se entrecruza ahora con el propio movimiento de la CNMC para impugnar su autorización inicial de la concentración. En septiembre de 2025, el Consejo del regulador adoptó una decisión inédita en el derecho de la competencia español al declarar lesiva para el interés público la autorización que había otorgado en febrero de 2023 a la compra de Expal por Rheinmetall.
La figura de la declaración de lesividad permite a la Administración cuestionar sus propios actos cuando considera que se adoptaron en contra del interés general. En este caso, el regulador concluyó tras una revisión interna que la autorización de la operación se había dictado sobre una base de información incompleta que podía haber alterado el análisis de competencia.
La declaración de lesividad permite cuestionar sus propios actos cuando considera que se adoptaron en contra del interés general
El foco del expediente se centra en la actividad del grupo alemán en el mercado de precursores explosivos, en particular productos como la nitrocelulosa o la nitroglicerina, materias primas esenciales en la fabricación de munición. Según el regulador, esa actividad no quedó reflejada con precisión en la notificación inicial de la concentración.
La multa de 13 millones y el expediente de Competencia
La controversia tiene su origen en un expediente sancionador abierto por la CNMC tras revisar la información aportada durante el proceso de autorización. En abril de 2024 el regulador impuso a Rheinmetall una multa de 13 millones de euros por haber ocultado datos relevantes sobre su presencia en determinados mercados de insumos explosivos.
La autoridad de competencia concluyó que el grupo alemán había desarrollado una actividad comercial continuada en ese ámbito, lo que podría haber tenido relevancia para el análisis de la concentración desde el punto de vista de posibles efectos de cierre vertical en la cadena de suministro. Rheinmetall recurrió la sanción ante la Audiencia Nacional y logró su suspensión cautelar mientras se resuelve el procedimiento judicial.
Tres frentes judiciales abiertos
La batalla jurídica en torno a la operación se desarrolla ahora en varios frentes. Por un lado, el Tribunal Supremo analiza el recurso presentado por KNDS contra la autorización concedida por el Consejo de Ministros bajo el régimen de control de inversiones extranjeras.
En paralelo, la propia CNMC ha llevado a la jurisdicción contencioso-administrativa la declaración de lesividad de su autorización inicial, un procedimiento que deberá resolver la Audiencia Nacional. Si los tribunales confirmaran esa impugnación, Rheinmetall tendría que volver a notificar la concentración ante el regulador, lo que abriría la puerta a una revisión completa del expediente.
A ello se suma el recurso de la compañía alemana contra la multa de 13 millones impuesta por Competencia, también pendiente de resolución en la Audiencia Nacional.
El Tribunal Supremo recaba más artillería en el pleito que examina la autorización de Moncloa a la compra de Expal Systems por parte del gigante armamentístico alemán Rheinmetall. El Alto Tribunal ha acordado incorporar al procedimiento la resolución de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) que declaró lesiva —es decir, contraria al interés público— la autorización que el propio regulador concedió en 2023 para la operación.